bbva-pincha-en-la-opa-entre-los-accionistas-clientes-de-sabadell:-solo-un-1,1%-del-capital-acude

BBVA pincha en la OPA entre los accionistas clientes de Sabadell: solo un 1,1% del capital acude

Oferta pública de adquisición BBVA Sabadell

Ese dato complica el camino hacia el éxito de la oferta, cuyo listón de salida exige un apoyo del 50% de los derechos de voto. Aunque aún queda por computar la mayoría de títulos en otras entidades depositarias, el pobre respaldo del núcleo de clientes-accionistas introduce un punto de incertidumbre de cara al cierre oficial.

Qué ha comunicado Sabadell a la CNMV


Accionistas de Banco Sabadell y oferta de BBVA

Sabadell informó que el 30,8% del capital corresponde a acciones depositadas en la propia entidad. Dentro de ese bloque, solo el 2,8% de los titulares aceptó la OPA, lo que equivale al citado 1,1% del capital social. En otras palabras, el 97,2% de esos accionistas optó por no acudir.

El escrito, firmado por el secretario general Gonzalo Barettino, se difunde —subraya el banco— para fomentar la transparencia y evitar conjeturas en el mercado. La cúpula que encabezan Josep Oliu y César González-Bueno se adelanta así a los resultados oficiales que comunicará la CNMV.

Con ese reparto, la OPA habría quedado rechazada por el 29,7% del capital en manos de accionistas clientes (30,8% menos el 1,1% que sí acude). A esta cifra se suma la negativa de Zurich, que con casi el 5% del capital ya anunció que no apoyaría el canje.

Queda pendiente el recuento del grueso del accionariado depositado fuera del banco —alrededor del 70% de las acciones—, donde pesan sobre todo inversores institucionales. Entre ellos, el mexicano David Martínez (3,85%) ha confirmado que acudirá, convirtiéndose en uno de los apoyos relevantes a la propuesta de BBVA.

Umbrales de éxito y posibles escenarios

La oferta fija como condición de éxito lograr un mínimo del 50% de aceptación. No obstante, BBVA se reservó la opción de bajar el umbral si el apoyo queda entre el 30% y el 50%, siempre que alcance, como poco, el 30% de los derechos de voto.

Si se activa esa vía, el banco vasco tendría que lanzar una segunda OPA por el 100% restante en efectivo dentro del plazo legal, y a un precio equitativo a determinar por la CNMV. Este punto —el del “precio justo”— ha abierto un debate técnico entre las partes.

También existe la opción de que la operación descarrile: si BBVA no supera el 30% de aceptación en esta fase, la OPA decaería. O incluso podría superar ese listón y, aun así, fallar si la entidad decide no renunciar al objetivo inicial del 50%.

En el otro extremo, BBVA deslizó durante el proceso que esperaba superar el 50% “ampliamente”, situando sus cálculos en una horquilla del 60%-70%. El dato de los clientes-accionistas de Sabadell no lo hace imposible, pero sí más complicado.

Cómo se distribuye el capital y quién apoya

Más allá del bloque de clientes-accionistas y de Zurich, el resto del capital se reparte, de forma orientativa, del siguiente modo: un 10% en minoristas con títulos en otras entidades, un 20% en fondos pasivos y cerca de un 35% en fondos activos.

  • Fondos pasivos (20%): replican índices y suelen acudir en proporción al grado de éxito previsto.
  • Fondos activos (≈35%): BBVA sugirió que “todos o prácticamente todos” aceptarían.
  • Minoristas externos (≈10%): su decisión puede inclinar la balanza en escenarios ajustados.

En este mapa, el financiero mexicano David Martínez —consejero del banco y primer socio individual— ha comunicado que acudirá con su 3,85% (3,86% según otras fuentes), lo que aporta un apoyo significativo del lado de la oferta.

Las cuentas que hacen BBVA y Sabadell

Del lado de BBVA, el banco estimaba que los fondos activos acudirían de forma prácticamente generalizada y que los pasivos lo harían con el “50% o más” de su participación. Con esas hipótesis, el apoyo podría rondar el 45% o algo superior, al que sumaría parte de los minoristas no clientes y el 1,1% ya confirmado entre los clientes-accionistas.

Sabadell, por su parte, calculaba cifras más prudentes: minoritarios en el 2%-3% del capital; pasivos aportando cerca del 6% de su 20%; y activos en torno al 15% de su 30% (excluyendo a Martínez). Con ese esquema, la aceptación total rondaría el 25%, sin descartar un ligero rebase del 30%.

Mientras el supervisor fija los criterios para el “precio equitativo” de una eventual segunda OPA en efectivo, los comunicados de ambas entidades han ido marcando el pulso del mercado. La decisión de Sabadell de difundir los datos de sus clientes-accionistas busca evitar especulaciones y, a la vez, influir en las expectativas sobre el desenlace.

Con los clientes-accionistas virando mayoritariamente hacia el “no”, el listón del 50% se aleja y cobra fuerza un escenario intermedio: entre el 30% y el 50%, en el que BBVA deberá decidir si baja el umbral y asume los costes y condiciones de una segunda oferta en metálico bajo la tutela de la CNMV.


Leer más
transferencias-inmediatas:-nueva-verificacion-bancaria-en-espana

Transferencias inmediatas: nueva verificación bancaria en España

Verificación bancaria en transferencias inmediatas

Desde hoy cambian las reglas de juego de los pagos en euros: entra en funcionamiento en España la verificación del beneficiario para las transferencias, una comprobación previa que coteja el nombre del destinatario con el IBAN antes de autorizar el envío.

La actualización, enmarcada en el Reglamento (UE) 2024/886, persigue reforzar la seguridad, reducir errores y cortar fraudes sin sacrificar la rapidez de las operaciones ni imponer costes adicionales a los usuarios en la zona SEPA.

Qué cambia en las transferencias inmediatas y las estándar

Las transferencias instantáneas siguen funcionando en cuestión de segundos, 24/7 y 365 días al año, y la nueva normativa no afecta a su velocidad: el cambio está en la comprobación del destinatario antes de ejecutar el pago.

Además, las entidades deben ofrecer las inmediatas por los mismos canales que las ordinarias, es decir, en banca móvil y web, cajeros, oficinas y atención telefónica, sin limitar el acceso por el tipo de canal.

Otra obligación clave: no se puede cobrar más por una transferencia inmediata que por una ordinaria. Varios de los mejores bancos de España ya han equiparado o abaratado sus tarifas, y asociaciones como Asufin han constatado caídas relevantes de comisiones tras la entrada en vigor del marco europeo, impulsando la adopción de pagos al instante.

El usuario puede fijar límites por operación o por día y cambiarlos con efecto inmediato. La UE define un umbral de referencia de hasta 100.000 euros por transacción para las instantáneas, aunque cada banco puede aplicar topes inferiores según su política de riesgo.


Nueva verificación del beneficiario en Europa

Cómo operará la nueva comprobación del destinatario


Comprobación de nombre e IBAN en transferencias

El banco verificará el nombre que introduces frente al titular real del IBAN antes de que autorices la operación y con independencia del canal usado (app, web, cajero, oficina o teléfono).

  • Coincidencia total: los datos encajan y la transferencia se valida sin más avisos.
  • Coincidencia parcial: hay pequeñas diferencias (una tilde, abreviatura o letra). Se muestra una alerta para que revises la información o continúes bajo tu responsabilidad.
  • Sin coincidencia: el sistema alerta de que los datos no cuadran. Por privacidad, no se revela el nombre real del titular de la cuenta.

Importante: esta verificación es un aviso informativo, no un bloqueo del pago. Aunque el aviso sea de coincidencia parcial o nula, puedes seguir adelante si así lo decides.

Existen excepciones. Las transferencias periódicas programadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor no se someten a esta comprobación al ejecutarse; si quieres que se verifiquen, cancela y crea una nueva orden, que se cotejará al configurarla.

Puede darse que, por limitaciones técnicas puntuales, el sistema no logre cotejar nombre e IBAN. En ese caso, la entidad puede procesar la operación igualmente, por lo que conviene extremar la prudencia ante importes elevados o destinatarios poco habituales.

La obligación de verificación alcanza a consumidores y no consumidores, con salvedad para órdenes agrupadas de usuarios no consumidores. Si un proveedor no requiere IBAN o nombre para iniciar pagos, debe advertir al ordenante de realizar la verificación antes de autorizar.

Ámbito, calendario y control del cumplimiento

La medida rige para proveedores de servicios de pago establecidos en la UE que gestionan transferencias en euros dentro de SEPA. En los países del área del euro ya es exigible, mientras que las entidades de Estados miembros cuya moneda no es el euro disponen de plazo hasta el 9 de julio de 2027 para implementar la verificación.

Si tu banco cobra más por una inmediata que por una ordinaria o no ofrece este servicio por los mismos canales, puedes reclamar ante el Banco de España. El supervisor puede requerir a la entidad que se ajuste a la normativa europea.

La Comisión Europea ha abierto expedientes de infracción a varios países, entre ellos España, por aspectos de trasposición y aplicación relativos a pagos inmediatos y a la competencia de proveedores no bancarios. Son procesos habituales de vigilancia regulatoria que buscan garantizar la plena armonización del marco común.

Recomendaciones de seguridad para el usuario

Ante cualquier alerta de coincidencia parcial o ausencia de coincidencia, detente y verifica los datos por un canal alternativo (llamada directa o web oficial). En cuentas nuevas o cambios recientes, es preferible confirmar antes de enviar: unos segundos de comprobación evitan disgustos.

Los fraudes más habituales en la UE (vishing, smishing, estafas románticas y fraude del CEO) se apoyan en la prisa y la suplantación. La verificación del beneficiario actúa como una pausa que ayuda a detectar señales de riesgo, pero la última palabra es del cliente; mantén la guardia alta ante mensajes urgentes o solicitudes inusuales.

Con esta fase del Reglamento, las transferencias inmediatas ganan en accesibilidad y precio equiparado, mientras que la comprobación del destinatario añade una capa de transparencia que informa sin ralentizar ni encarecer los envíos en euros.


Leer más
hoy-es-el-ultimo-dia-para-acudir-a-la-opa-de-bbva-si-es-accionista-de-banco-sabadell

Hoy es el último día para acudir a la OPA de BBVA si es accionista de Banco Sabadell

OPA BBVA Sabadell

Hoy expira el plazo para que los accionistas de Banco Sabadell decidan si acuden a la oferta pública de adquisición lanzada por BBVA. Tras más de un mes de aceptación y diecisiete meses de pulso corporativo, la jornada se presenta como el capítulo decisivo de una operación que ha marcado la agenda financiera española.

Quien quiera sumarse al canje debe comunicarlo a la entidad donde tiene depositadas sus acciones. BBVA recuerda que la tramitación es gratuita y ha reforzado la operativa: mantiene habilitado el teléfono 34 800 080 032 hasta las 23:59 horas y abre de forma excepcional 68 oficinas —24 en Cataluña— hasta las 21:00 horas.

Cómo acudir a la oferta hoy


Último día OPA BBVA Sabadell

La propuesta en vigor consiste en un canje íntegramente en acciones: 1 título nuevo de BBVA por cada 4,8376 acciones de Sabadell. Para formalizar la aceptación, el accionista debe solicitar el canje donde tenga depositadas sus acciones. El banco oferente ha articulado el proceso por teléfono y en oficinas, sin comisiones aplicadas por BBVA para esta gestión.

El periodo de aceptación arrancó el 8 de septiembre y, salvo ampliación, concluye hoy. Aunque haya presiones de última hora, los accionistas conservan la posibilidad de cambiar de decisión hasta el cierre del plazo, de acuerdo con las reglas de este tipo de operaciones.

Durante estas semanas, ambas entidades han elevado el tono. BBVA ha denunciado trabas en oficinas de Sabadell a los accionistas que desean canjear, mientras que Sabadell reprocha a su rival falta de información suficiente a minoristas sobre la operación. Las quejas han sido presentadas ante la CNMV.

Cuándo se sabrá el resultado y qué puertas se abren


Resultados OPA BBVA Sabadell CNMV

La CNMV comunicará el resultado el próximo día 17. Si BBVA supera el 50% del capital, la oferta habrá prosperado, aunque por las condiciones impuestas por el Gobierno las dos entidades deberán operar como sociedades independientes durante tres años (ampliables a cinco). La CNMC, por su parte, ya aprobó la operación por unanimidad.

Si la aceptación se situara entre el 30% y el 49,99%, BBVA podría renunciar al mínimo del 50% y seguir adelante, lo que obligaría —según la normativa— a lanzar una segunda OPA en efectivo. El regulador ha advertido que cualquier comentario sobre el precio de esa hipotética oferta es mera especulación hasta que la CNMV fije los criterios de “precio equitativo”.

Por debajo del 30%, la oferta quedaría previsiblemente sin efecto. Inversores y analistas consultados en la City apuntan a un escenario base con aceptación entre el 30% y el 50%, sin alcanzar el umbral del control.

Qué dicen los bancos y el regulador

Posturas BBVA y Sabadell OPA

El supervisor ha marcado línea roja: ha reiterado que las afirmaciones sobre el precio de una segunda OPA deben tomarse como especulación hasta que publique los criterios de valoración. Además, la CNMV ha avisado de que ejercerá sus facultades sancionadoras si fuera necesario para proteger a los inversores.

Más allá de la batalla dialéctica, el proceso cuenta con las autorizaciones pertinentes del mercado de valores, y la CNMC dio su visto bueno a la operación. La incertidumbre real está en el porcentaje de adhesión y en la decisión de BBVA si quedara entre el 30% y el 50%.

Efectos fiscales a tener en cuenta


Fiscalidad OPA BBVA Sabadell

Desde el punto de vista tributario, para quien acuda al canje y la operación no supere el 50%, la permuta se considera una transmisión y, por tanto, se deben declarar las plusvalías si las hay. Solo se aplicaría el diferimiento fiscal si la OPA resultara exitosa por encima del 50%.

Este matiz fiscal pesa en la decisión del minorista. Varios participantes del mercado subrayan que, con la duda sobre el porcentaje final, muchos esperarán al cierre o a un eventual segundo tramo para optimizar su decisión financiera y fiscal.

Mercado, precio de canje y dividendos


Precio y dividendos OPA BBVA Sabadell

Con el canje fijado en 1 por 4,8376, la prima frente a cotizaciones recientes se ha movido en torno al 2%-3%, tras el ajuste en el mercado de las últimas semanas. Desde que comenzó el periodo de aceptación, la acción de BBVA acumula cerca de un 3,3%, mientras que Sabadell ha ampliado su revalorización del último año y medio.

La batalla de los dividendos también cuenta. BBVA repartirá 0,32 euros por acción el 7 de noviembre —retribución a la que accederán los accionistas de Sabadell que acudan—, y Sabadell ha reforzado su ruta de pagos: 0,07 euros el 29 de diciembre, un extraordinario de 0,50 euros a comienzos del próximo año ligado a la venta de TSB y un complementario por definir, con rentabilidades elevadas en el conjunto del periodo comprometido.

El debate entre analistas es intenso: algunos ven el canje suficientemente atractivo; otros consideran que, para serlo, habría hecho falta una mejora más amplia. En cualquier caso, la remuneración al accionista se ha convertido en pieza clave para seducir indecisos.

Quiénes pueden inclinar la balanza


Accionistas clave OPA BBVA Sabadell

El peso del accionariado minorista —algo más del 40%— es determinante, aunque diversos informes apuntan a una participación reducida a mitad de periodo. Entre los institucionales, BlackRock supera el 7% en ambos bancos; Zurich (casi el 5%) ha mostrado desacuerdo por su alianza en seguros; y firmas como Dimensional o los grandes bancos de inversión, con posiciones agregadas relevantes, podrían jugar un papel de arbitraje en el último momento.

El anuncio de David Martínez de acudir con su 3,86% añade presión al tramo final, si bien el impacto arrastre sobre el retail es discutido entre expertos. En Londres, varias voces estiman que BBVA se moverá entre el 35% y el 45%, sin descartar sorpresas de última hora.

En paralelo, se ha señalado que, de quedar entre el 30% y el 50%, BBVA podría requerir nueva financiación si optase por una segunda OPA en metálico, extremo que el mercado evaluará a la luz de los criterios que fije la CNMV y de la estrategia de capital del banco oferente.

Quedan apenas unas horas y las piezas están sobre el tablero: canales de tramitación reforzados, resultado el día 17, escenarios claros por umbrales (50%, 30%-50% o por debajo del 30%), factores fiscales a considerar y una pugna de dividendos e inversores clave que pueden decidir por pequeños márgenes. La cita, para quien quiera acudir, es hoy; y el veredicto formal, en siete días.


Leer más
ojk-tumba-la-licencia-de-bki-y-cfx-le-retira-la-membresia

OJK tumba la licencia de BKI y CFX le retira la membresía

Regulador financiero OJK

La autoridad financiera de Indonesia ha dado un paso firme en el mercado de activos digitales: la Otoritas Jasa Keuangan (OJK) ha rechazado la solicitud de licencia presentada por PT Bursa Kripto Indonesia (BKI) para operar como comerciante de activos financieros digitales.

La resolución llega en un contexto de vigilancia reforzada sobre el ecosistema cripto, con foco en integridad y usuarios. Según el supervisor, la compañía no cumplió los requisitos regulatorios exigidos, lo que acarrea la prohibición de operar con criptoactivos en territorio indonesio.

OJK deniega la licencia a PT Bursa Kripto Indonesia

La decisión figura en la carta de OJK S-35/D.07/2025, fechada el 1 de septiembre de 2025. En el mismo movimiento, el regulador declaró nulo el estatus de “candidato a comerciante físico de criptoactivos” otorgado antes por Bappebti mediante la Resolución 008/BAPPEBTI/CPFAK/10/2023 del 10 de octubre de 2023, que deja de tener validez.

Djoko Kurnijanto, responsable de la unidad de regulación y licencias para innovación tecnológica del sector financiero y activos digitales y cripto en OJK, subrayó que solo podrán operar quienes superen todos los filtros normativos. Este enfoque, destacó, busca un ecosistema “saludable y seguro” para los inversores y ajustado al marco legal vigente.

Además, la autoridad ordena a BKI cumplir íntegramente con sus derechos y responsabilidades frente a clientes y terceros. La empresa debe explicar con claridad el mecanismo de liquidación de obligaciones y poner a disposición un centro de información y un servicio de reclamaciones con responsables designados.

Como parte de estas medidas, los usuarios con intereses pendientes pueden dirigirse a PT Bursa Kripto Indonesia a través del teléfono (021) 50101858, por correo electrónico corporativo y en su sede de Axa Tower Kuningan City, planta 37, Jl. Prof. Dr. Satrio Kav. 18, Kuningan, Yakarta.

En paralelo, y a modo de contexto de mercado, OJK ha señalado anteriormente que el valor de las transacciones cripto en Indonesia registró una caída intermensual del 34% en junio de 2025, un entorno que refuerza la necesidad de controles y transparencia.

Supervisión de OJK sobre criptoactivos

CFX revoca la condición de miembro de BKI

En una comunicación separada, PT Central Finansial X (CFX), operador de la Bolsa de Activos Financieros Digitales, informó de la cancelación de la membresía de BKI como miembro de mercado. La pertenencia, concedida por la decisión SPAB-021/PFAK/CFX/10/2024 del 16 de octubre de 2024, queda sin efecto de forma inmediata.

El director de CFX, Lukas Lauw, precisó que todos los derechos asociados a la membresía —incluido el certificado correspondiente— quedan invalidados. BKI deberá saldar sus compromisos con clientes, con CFX y con cualquier parte relacionada, además de acatar las instrucciones de OJK, de la propia CFX y de la entidad de compensación competente.

Regulación de OJK en Indonesia

CFX aseguró asimismo que los fondos y criptoactivos de los usuarios continúan seguros y protegidos, mensaje dirigido a evitar incertidumbre entre los clientes activos en la plataforma.

Para los afectados, conviene mantener la calma y actuar de forma ordenada: revise las comunicaciones oficiales de BKI, emplee exclusivamente los canales de contacto indicados por la empresa y conserve justificantes de operaciones y saldos a fin de agilizar cualquier gestión.

Este contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento financiero o de inversión. Si operas con criptoactivos, utiliza plataformas autorizadas y verifica siempre la licencia y la supervisión aplicables.

Con la denegación de la licencia a BKI y la revocación de su membresía en CFX, OJK refuerza su línea de actuación centrada en el cumplimiento normativo, la transparencia operativa y la protección del cliente, claves para consolidar un mercado de activos digitales más seguro y predecible en Indonesia.


Leer más
dividendo-extraordinario-de-sabadell:-condiciones,-fechas-e-impacto

Dividendo extraordinario de Sabadell: condiciones, fechas e impacto

Dividendo extraordinario de Sabadell

El Banco Sabadell mantiene en la hoja de ruta el dividendo extraordinario de 2.500 millones vinculado a la venta de su filial británica TSB a Santander. BBVA, que ha reiterado que no alterará este compromiso, recuerda que la operación supone un hito relevante para los accionistas del Sabadell en un contexto de cambios accionariales.

Aunque el pago está previsto una vez se cierre la transacción —objetivo situado para el final del primer trimestre de 2026—, el folleto de la OPA introduce un matiz importante: el reparto sigue sujeto a la consumación de la venta de TSB. La decisión de impulsarlo se tomó en julio y fue ratificada por la junta extraordinaria de Sabadell a comienzos de agosto.

¿Qué se ha aprobado exactamente y a quién beneficia?

Lo acordado por el banco catalán contempla un pago extraordinario a sus accionistas por 2.500 millones de euros, que se ejecutará tras el cierre de la desinversión de TSB. Si en ese momento BBVA es accionista de referencia, también se verá beneficiado por este dividendo.

Este diseño responde a una lógica financiera clara: monetizar la venta de activos y trasladar ese excedente a los propietarios del capital. En ese escenario, BBVA como accionista recibiría su parte, contribuyendo de paso al refuerzo de sus métricas de solvencia.

Condiciones y calendario del reparto

El propio folleto de la oferta pública advierte que, no hay certeza absoluta de que el dividendo se distribuya si no se materializa la venta de TSB. El pago depende por completo del cierre efectivo de esa transacción.

La intención —salvo cambios regulatorios o de calendario— es ejecutar el reparto una vez culminada la operación, con un horizonte situado en el cierre del 1T de 2026. Es, por tanto, un plazo orientativo y condicionado a autorizaciones y trámites propios de una desinversión de este tamaño.

Efecto en la solvencia y el capital de BBVA

Según las estimaciones incluidas en la documentación de la oferta, si BBVA logra una aceptación total y recibe el dividendo, su ratio de capital CET1 mejoraría en aproximadamente 60 puntos básicos.

Ese impulso llevaría el CET1 de BBVA hasta el 13,60%, desde el 13,00% registrado a cierre de junio, ayudando a compensar los efectos de la operación y reforzando la capacidad de absorción de riesgos del grupo.

Política de remuneración: ¿qué hará BBVA con ese exceso?

Carlos Torres ha señalado que aún es prematuro decidir el uso específico del importe, aunque la política vigente del banco es clara: retornar a los accionistas cualquier exceso de capital por encima del 12% de CET1, además de distribuir entre el 40% y el 50% del beneficio anual.

En la práctica, el banco contempla dos vías principales para ese retorno: recompras de acciones y aprobaciones internas y externas. Cualquier decisión final quedará sujeta a las aprobaciones pertinentes, así como a las condiciones de mercado en el momento del cobro.

Con todo, la clave del proceso está en completar la venta de TSB y, en paralelo, en el grado de aceptación de la oferta sobre Sabadell, que condiciona el impacto agregado en el capital de BBVA. Por ahora, el dividendo extraordinario se mantiene en la agenda, con las cautelas habituales de una operación de esta envergadura.


Leer más
scotiabank-sancionado-por-negar-la-renovacion-de-tarjetas-a-mayores-de-75

Scotiabank sancionado por negar la renovación de tarjetas a mayores de 75

Renovación de tarjetas de crédito para mayores de 75 en Scotiabank

La justicia chilena impuso una sanción económica a Scotiabank tras constatar que negó la renovación de tarjetas de crédito a personas mayores de 75 años basándose únicamente en ese criterio etario. El caso, que puso el foco en la renovación de tarjetas para mayores de 75, ha abierto un debate sobre cómo deben aplicar los bancos sus políticas de riesgo sin incurrir en exclusiones indebidas.

De acuerdo con el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), el tribunal acogió su denuncia después de una fiscalización y de recabar antecedentes que respaldaban a los afectados. La sentencia concluye que establecer un umbral de edad como filtro para denegar el acceso o la renovación de productos financieros carece de una justificación razonable en el marco de la normativa vigente.

Qué decidió el tribunal y cómo empezó el caso

Fallo judicial por renovación de tarjetas a mayores de 75

El Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes aplicó a la entidad una multa de 100 UTM (alrededor de $7 millones) por vulnerar la Ley del Consumidor. La investigación se originó en los reclamos de dos clientes a quienes, pese a su vínculo previo con el banco, se les impidió continuar con sus tarjetas de crédito tras haber superado los 75 años.

El SERNAC ofició al banco y realizó una revisión en línea de los procedimientos, verificando que en estos casos no se valoraron parámetros objetivos como la capacidad de pago, el nivel de endeudamiento o el historial de cumplimiento. El tribunal estimó que fijar un límite etario en las políticas internas de crédito supone una exigencia arbitraria y sin sustento que restringe el acceso a bienes y servicios financieros.

Scotiabank, por su parte, emitió una declaración en la que lamentó lo sucedido y afirmó que se trata de situaciones puntuales ocurridas en 2022. La entidad señaló que, aun contando con políticas internas, optó por no apelar el fallo del juzgado de policía local.

En su comunicado, el banco también subrayó que mantiene más de 6.000 clientes mayores de 75 años con tarjetas de crédito activas y que participa en el protocolo de atención a personas mayores promovido por la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF), vigente en la industria.

Qué dice la ley y qué derechos tienen las personas consumidoras

Derechos del consumidor en renovación de tarjetas

Según el SERNAC, la Ley 19.496 (Ley del Consumidor) no establece una edad máxima para ser sujeto de crédito y prohíbe la discriminación arbitraria por parte de las empresas. Además, la Ley 20.609 (Ley Antidiscriminación) refuerza que la edad no puede ser el único fundamento para restringir un servicio.

Las entidades financieras están obligadas a realizar un análisis de solvencia económica antes de otorgar o negar un producto como la tarjeta de crédito. Este estudio debe contemplar variables objetivas: ingresos presentes y futuros, nivel de endeudamiento y historial de pagos, entre otras. La edad, por sí sola, no constituye un criterio suficiente para rechazar o no renovar.

Además, cuando un banco decide no conceder o renovar una tarjeta, el consumidor tiene derecho a solicitar un informe por escrito en un plazo de 10 días con las razones objetivas que justifican la decisión. Si la respuesta no llega o resulta insuficiente, se pueden activar canales de reclamación ante el SERNAC.

  • Solicita por escrito el informe de rechazo con los fundamentos objetivos y la documentación usada para la decisión.
  • Revisa tus antecedentes (ingresos, deudas, morosidades) y corrige errores en tu información financiera si los hubiera.
  • Presenta un reclamo en SERNAC si detectas que la negativa se basó únicamente en la edad o carece de sustentos objetivos.
  • Evalúa acciones ante el Juzgado de Policía Local si persiste la negativa y existen indicios de trato discriminatorio.

En cualquier caso, los proveedores financieros pueden adoptar medidas adicionales para asegurar el pago (por ejemplo, garantías o comisiones por riesgo), pero estas condiciones no deben traducirse en restricciones que discriminen de forma arbitraria a personas mayores.

El fallo deja claro que la política de “edad tope” para la renovación de tarjetas en mayores de 75 no se ajusta a la normativa. Mientras Scotiabank subraya que se trató de episodios aislados y mantiene clientes senior activos, el criterio que prevalece es que las decisiones deben basarse en solvencia y no en la edad, algo que previsiblemente marcará la pauta para el resto del sector.


Leer más
dni:-quien-puede-pedirlo,-fotocopias-y-el-criterio-de-la-aepd

DNI: quién puede pedirlo, fotocopias y el criterio de la AEPD

Documento Nacional de Identidad

El uso del Documento Nacional de Identidad está en el punto de mira: no todo vale a la hora de pedirlo o guardarlo. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha endurecido su postura frente a prácticas que considera excesivas al verificar identidades, especialmente cuando se solicitan copias del DNI sin amparo legal claro.

En paralelo, ciertos sectores alegan obligaciones normativas para identificar a clientes y visitantes, pero la premisa no cambia: la ley exige necesidad, proporcionalidad y una base jurídica para cualquier tratamiento. La tensión se nota con fuerza en el turismo y otros servicios donde se han disparado las sanciones por escanear o fotografiar el documento.

Quién puede pedirte el DNI y con qué base legal

Mostrar el DNI supone tratar datos personales; por eso, solo cabe cuando hay una base legal (art. 6 RGPD) y es proporcionado (art. 5.1.c RGPD). En ese marco, pueden identificarte la Policía y otras autoridades (controles e identificaciones), órganos administrativos o judiciales, mesas electorales, seguridad privada en accesos determinados, y sectores sujetos a normas específicas como prevención de blanqueo (banca, notariado, registros) o actividades sensibles.

También se admite en contratos de servicios si es estrictamente imprescindible y en ámbitos con regulación sectorial (hospitales, centros educativos o instalaciones críticas). Fuera de esos supuestos, pedir el documento “por costumbre” carece de respaldo: si no hay necesidad real, no procede.

Tarjeta de identificación nacional

Copiar o escanear el DNI: qué permite la AEPD

Otra cosa muy distinta es guardar una copia. Salvo que una norma lo exija de forma expresa (por ejemplo, la legislación antiblanqueo en determinados sujetos obligados o para compulsar el DNI), la AEPD considera que fotocopiar o escanear el DNI es, por regla general, excesivo. Se incumple el principio de minimización y se incrementan riesgos de fraude.

El regulador señala que existen fórmulas menos intrusivas para verificar identidades: comprobar datos ya registrados en el sistema, reforzar el acceso con autenticación adicional, o corroborar la cuenta de usuario sin necesidad de capturar la imagen completa del documento, lo que además reduce el riesgo de vishing.

Documento de identidad español

Multas y resoluciones recientes

En los últimos tiempos se han impuesto sanciones sonadas a empresas de selección de personal, mensajería para entregas de alta gama, entidades financieras y plataformas de alojamiento por exigir copias o fotos del DNI sin justificación suficiente. Las cuantías han llegado a ser altas: de 25.000 a 300.000 euros, según el caso analizado y la gravedad.

Los patrones que más han pesado son claros: pedir la imagen del documento cuando ya existía una vía de verificación menos intrusiva (por ejemplo, la propia cuenta del usuario), conservar fotografías del anverso y reverso durante largos periodos, o recabar más datos de los necesarios para cumplir la finalidad.

El mensaje del supervisor es inequívoco: el DNI no es un comodín. Si se reclama o se copia sin base legal y sin proporcionalidad, la práctica se califica de tratamiento excesivo y puede conllevar una sanción relevante, más aún si se vulneran principios básicos del RGPD.

Identificación oficial

Hospedaje: obligaciones, límites y alternativas prácticas

Donde más tensión hay es en el turismo. Los alojamientos deben identificar a viajeros y remitir determinados datos a las autoridades (según el RD 933/2021 y la normativa de seguridad), pero la AEPD remarca que no se pueden solicitar ni conservar copias del documento para ese fin ordinario.

La nota informativa del organismo publicada en junio reafirma esta posición: basta con anotar los campos obligatorios y verificar la identidad de forma visual o con medios electrónicos que no almacenen la imagen completa. La dificultad surge en check-ins remotos y alojamientos sin recepción, donde no siempre hay una alternativa técnica clara aceptada por el regulador.

Para reducir riesgos, la agencia sugiere optar por soluciones de verificación sin captura integral del documento, confirmar datos ya existentes o habilitar factores de autenticación adicionales. Y conviene extremar la cautela: si no es imprescindible para la finalidad, no se debe pedir la copia.

En el plano del usuario, varias recomendaciones ayudan a protegerse si te roban el DNI cuando no queda otra que remitir el documento. La Organización de Consumidores y Usuarios, en línea con Policía y AEPD, aconseja: usar una versión en blanco y negro cuando proceda, tapar datos no necesarios, añadir una marca visible con el motivo y fecha del envío, y remitir la imagen en formato JPG (mejor que documentos editables donde lo oculto podría recuperarse).

Tarjeta DNI y verificación

Quien tenga la aplicación oficial del documento puede compartir el “DNI simple” desde MiDNI: se genera un código Bidi y la otra parte visualiza solo los datos imprescindibles. Además, es clave asegurarse de que el envío se hace por canales cifrados, guardar un justificante y recordar que siempre puedes solicitar la supresión o retirar el consentimiento si procede.

El criterio que se consolida es que la identificación debe hacerse con la mínima intrusión posible: mostrar el DNI en los supuestos legales, anotar solo lo obligatorio y evitar copias salvo exigencia normativa expresa. Donde haya duda, conviene decantarse por métodos alternativos de verificación y por prácticas que reduzcan la exposición de datos, tanto para empresas como para usuarios.


Leer más
bizum-y-hacienda:-asi-cambian-los-avisos,-limites-y-sanciones

Bizum y Hacienda: así cambian los avisos, límites y sanciones

Pagos con Bizum

La popularidad de los pagos inmediatos ha llevado a Bizum a consolidarse como una de las herramientas más usadas en el día a día en España, con millones de operaciones cada mes y una implantación creciente en comercios y servicios públicos. En este contexto, Hacienda prepara un salto en la supervisión de los cobros digitales que afecta de lleno a la actividad de autónomos y empresas.

A partir del próximo año, se aplicará un nuevo marco de control con el que las entidades deberán remitir información periódica sobre cobros recibidos por canales como Bizum, tarjetas y terminales de punto de venta. El objetivo declarado por la Administración es reforzar la transparencia y prevenir el fraude fiscal, sin cambios para los usos estrictamente particulares.

Qué cambia en 2026 con Bizum y Hacienda

El cambio normativo pivota sobre el Real Decreto 253/2025 y su desarrollo posterior (Orden HAC/747/2025), que establecen que, desde el 1 de enero de 2026, bancos y plataformas deberán informar a la Agencia Tributaria de todos los cobros relacionados con actividad económica procesados vía Bizum y cobros con tarjeta, con periodicidad mensual.

La obligación de reporte afecta a empresarios y profesionales (incluidos los adscritos al RETA) y se realiza sin umbrales mínimos de importe. No se exige ninguna acción adicional al contribuyente: es la entidad financiera la que remite la información a la AEAT, que podrá cruzarla con IVA, IRPF o Sociedades para detectar discrepancias.

Para estructurar el suministro, se utilizarán varios formularios informativos. El Modelo 170 recogerá mensualmente los cobros procesados por Bizum y tarjeta, con detalle del canal y el TPV utilizado; por su parte, el Modelo 196 reunirá saldos y movimientos de cuentas, integrando obligaciones previas ya existentes.

Este nuevo esquema sustituye a un modelo más limitado –con reportes generalmente anuales y condicionados por umbrales– y refuerza la capacidad de la Administración para seguir la pista de cobros de naturaleza profesional independientemente del importe de cada operación.

Control fiscal de pagos Bizum

Límites y umbrales a tener en cuenta

Conviene diferenciar entre los topes del servicio y los umbrales de control fiscal. En el ámbito de uso personal, Bizum establece límites operativos: importe mínimo de 0,50€ por envío, máximo de 1.000€ por operación, hasta 2.000€ al día recibidos y 5.000€ al mes enviados por cliente.

En materia de prevención del blanqueo y control financiero, se mantienen referencias adicionales: los bancos deben comunicar movimientos de efectivo superiores a 3.000€ y transferencias que excedan los 10.000€. Estos umbrales conviven con el nuevo reporte mensual para actividad económica, que no aplica límites de cuantía.

Para los particulares, recibir o enviar Bizum por motivos no profesionales no altera el esquema. Ahora bien, si los ingresos proceden de alquileres, ventas o servicios, o alcanzan volúmenes anuales significativos, pueden desencadenar comprobaciones tributarias y la obligación de declarar esas rentas.

La AEAT recuerda que, si el uso de la herramienta se vincula de facto a una actividad, deben emitirse facturas y registrarse los cobros de manera adecuada, con la tributación correspondiente en IVA e IRPF cuando proceda.

Pagos con el móvil

Cuándo puede investigar Hacienda tus Bizum

La Administración puede abrir comprobaciones en tres escenarios frecuentes: cuando la suma anual de cobros vía Bizum sea elevada, cuando los ingresos tengan origen económico acreditable (venta de bienes, alquileres, servicios profesionales) y, específicamente, cuando autónomos y empresas lo utilicen como método habitual de cobro sin reflejarlo en sus obligaciones fiscales.

Además del nuevo envío mensual de información por parte de las entidades, cualquier incoherencia entre lo declarado y los datos recibidos por la AEAT puede originar requerimientos para justificar actividad, facturas y origen de fondos.

Sanciones por incumplir o no declarar

La falta de declaración de ingresos vinculados a actividad puede implicar distintas sanciones. Se contemplan infracciones leves (multas de hasta 3.000€ y recargos de hasta el 50% de lo no ingresado), graves (entre 3.001€ y 119.999€, con sanciones del 50% al 100%) y muy graves (a partir de 120.000€, con multas que pueden alcanzar el 150% e incluso responsabilidades penales en supuestos extremos).

Evitar penalizaciones pasa por contabilizar correctamente los cobros, conservar justificantes y mantener una facturación alineada con los ingresos comunicados por las entidades financieras.

Fechas clave y modelos informativos

El calendario de despliegue ya está fijado y conviene tenerlo presente para planificar la adaptación de procesos y sistemas contables, sobre todo en negocios con un volumen alto de cobros digitales.

  • 1 de enero de 2026: entra en vigor el nuevo régimen de información mensual para actividad económica.
  • Febrero de 2026: primeras remisiones de los Modelos 170 y 196 con datos de enero.
  • Enero de 2027: presentación de los modelos anuales 174 (operaciones con tarjeta que superen 25.000€) y 181 (préstamos, créditos y operaciones vinculadas a inmuebles) del ejercicio 2026.

Consejos prácticos para autónomos y negocios

Los profesionales recomiendan separar con claridad la esfera personal de la profesional: cuentas y números de teléfono exclusivos para la actividad, facturación rigurosa y registro de cada cobro recibido por Bizum, TPV o tarjeta.

También es prudente verificar que el alta de Bizum profesional y los datos de tu banco estén actualizados, activar avisos en la app de banca y revisar mensualmente los extractos para conciliar con tu contabilidad y declaraciones.

La fuerte adopción de pagos inmediatos refuerza estas buenas prácticas: Bizum supera los 29,5 millones de usuarios en España y más de 90.000 comercios online, y el pasado año se realizaron 58 millones de compras por un valor superior a 3.000 millones de euros. En entidades como CaixaBank, según datos compartidos por la propia entidad, el 92% de clientes activos ha usado Bizum en los últimos meses y casi 2 millones de usuarios de imagin lo emplean mensualmente; además, su red permite pagar en más de 32.000 comercios online.

Con el nuevo marco de información mensual y el auge de los pagos inmediatos, conviene asumir que los cobros digitales de la actividad quedan trazados casi en tiempo real: organización, separación de finanzas y facturación consistente serán claves para cumplir sin sobresaltos.


Leer más
ibercaja-resuelve-los-fallos-en-su-banca-digital-tras-varios-dias-de-incidencias

Ibercaja resuelve los fallos en su banca digital tras varios días de incidencias

Ibercaja ha comunicado que sus servicios digitales ya operan con normalidad tanto en la web como en la app, después de una serie de incidencias que afectaron a determinadas operaciones. La entidad reconoció un problema operativo que limitó la ejecución de gestiones habituales y que obligó a activar alternativas temporales para sus clientes.

Durante varios días, una parte de los usuarios reportó dificultades especialmente en las transferencias, lo que llevó al banco a aconsejar vías alternativas como Bizum (para importes inferiores a 500 euros), el uso de tarjetas, la banca telefónica, los cajeros automáticos y la red de oficinas. Paralelamente, la organización de consumidores Facua recordó el derecho a reclamar los perjuicios ocasionados por la falta de operatividad.

Qué ha pasado y a quién ha afectado

La entidad admitió un que impedía ejecutar determinadas operaciones en su banca digital, sin detallar el origen del fallo ni la lista completa de trámites afectados. La comunicación oficial se centró en las medidas de contingencia y en la posterior recuperación del servicio.

En redes como X, numerosos clientes describieron a lo largo de más de una semana. La afectación, no obstante, no fue uniforme: algunos usuarios recuperaron la normalidad antes, mientras que otros prolongaron los problemas durante más días.

Según datos de la propia entidad, Ibercaja suma más de 1,7 millones de clientes particulares y alrededor de 250.000 empresas y autónomos. Con un 62% de la operativa a través de canales digitales, el alcance potencial de la incidencia pudo rozar a más de 1,2 millones de usuarios en su actividad cotidiana, aunque su impacto varió por cliente y por tipo de operación.

Medidas provisionales y situación actual del servicio

Mientras duraron las incidencias, el banco recomendó varias alternativas: (para importes inferiores a 500 €), el uso de tarjetas, la banca telefónica, así como cajeros y oficinas para completar pagos urgentes. Estas vías permitieron mantener la operativa básica sin depender por completo de la app y la web.

En su última comunicación, Ibercaja trasladó que funcionan con normalidad y que los servicios están restablecidos. No se han ofrecido más detalles técnicos sobre la causa concreta de la avería, si bien la entidad asegura haber recuperado la operativa habitual.

Qué pueden hacer los clientes afectados

Facua ha recordado que los usuarios tienen derecho a reclamar los perjuicios que les haya ocasionado la caída de la banca digital, como recargos por retrasos, oportunidades perdidas o gastos derivados de buscar alternativas. La organización ha instado a Ibercaja a implementar medidas correctoras y a atender las reclamaciones de forma ágil.

Para documentar una reclamación de forma efectiva, es aconsejable reunir pruebas que acrediten tanto la incidencia como el daño económico sufrido:

  • Capturas de pantalla o mensajes de error con fecha y hora.
  • Justificantes de pagos rechazados, recibos o extractos que evidencien la imposibilidad de operar.
  • Comunicaciones del banco (avisos, correos o SMS) sobre la incidencia o sobre operaciones afectadas.
  • Detalle de costes, recargos o pérdidas vinculados a la caída del servicio.
  • Número de incidencia o referencia de la reclamación presentada ante la entidad.

Además, la asociación de consumidores ha pedido a la entidad que adopte las medidas necesarias para evitar que episodios similares se repitan y garantizar una experiencia digital estable para sus clientes.

Consejos prácticos si vuelven a surgir problemas

Si se detectan nuevas caídas, conviene tener preparado un para pagos urgentes: utilizar cajeros y oficinas en operaciones críticas y, cuando sea posible, escalonar los pagos no imprescindibles hasta que se confirme la normalidad.

También es útil mantener a mano los y la banca telefónica de la entidad, activar avisos de estado del servicio, y guardar resguardos o justificantes de cada intento de operación para facilitar una posible reclamación posterior.

Tras varios días de fallos, Ibercaja informa de que su banca digital está estabilizada y operativa. Aunque el banco no ha detallado el origen del problema, los clientes disponen de vías alternativas para eventuales incidencias y del amparo de Facua para reclamar si acreditan perjuicios; una combinación que permite retomar la actividad financiera diaria con mayores garantías.


Leer más
la-banca-espanola-roza-el-14,4%-de-rentabilidad-y-refuerza-su-solvencia

La banca española roza el 14,4% de rentabilidad y refuerza su solvencia

La banca española arrancó el año con una rentabilidad de la banca del 14,43% sobre recursos propios entre enero y marzo, un nivel que roza los máximos de la última década y que solo quedó por debajo del rebote puntual asociado a integraciones empresariales. Según el Banco de España, el avance se consolidó en un entorno exigente.

Además del impulso en beneficios, los indicadores prudenciales rentabilidad de los ahorros mantuvieron un tono firme: CET1 en 13,66%, Tier 1 en 15,15% y capital total en 17,73%; el apalancamiento se situó en 5,72% y la cobertura de liquidez (LCR) en 171,33%, todavía amplia pese al ajuste trimestral.

La rentabilidad cerca del 14,4%, cerca del máximo de la década

Rentabilidad de la banca española

El ROE anualizado alcanzó el 14,43%, frente al 13,72% del trimestre anterior y al 12,28% del mismo periodo del año previo, encadenando un nuevo escalón al alza. ROE anualizado también refleja la búsqueda de mejoras en la rentabilidad a través de estrategias de inversión.

Este nivel se sitúa muy cerca del techo observado desde 2015 y solo queda por debajo del 14,88% registrado tras la integración de Bankia en CaixaBank; en paralelo, los grandes bancos ganaron 8.489 millones (un 27% más interanual).

Pese a las rebajas de tipos del BCE desde junio de 2024 y a las tensiones geopolíticas, el sector mantuvo el pulso. En comparación europea, la media del área del euro rondó el 9,85%, significativamente por debajo del dato español.

Solvencia: capital y apalancamiento

Capital y solvencia bancaria

El capital de mayor calidad se afianzó: CET1 13,66%, Tier 1 15,15% y capital total 17,73%, reforzando el colchón frente a imprevistos.

Por tipo de entidad, el capital total en bancos significativos se situó en 17,33% y en 25,28% en las menos significativas, evidenciando holgura generalizada.

Aun con la mejora, España sigue por debajo de la media del área del euro en solvencia: CET1 16,05%, Tier 1 17,53% y capital total 20,28% en el conjunto de los bancos supervisados por el BCE.

La ratio de apalancamiento en 5,72% apenas varió frente al 5,73% previo y permanece por encima del 5,61% de hace un año, señal de estabilidad en la estructura de balance.

El perímetro supervisor incluye 149 entidades con actividad en España, cuyo agregado muestra disciplina en capital y control de riesgos.

La liquidez, evolución del LCR y del colchón

Liquidez y cobertura LCR

El coeficiente de cobertura de liquidez (LCR 171,33%) retrocedió desde el 178,68%, pero se mantiene muy por encima del 100% exigido, conservando un margen considerable.

Este ajuste se explica por una reducción del colchón de liquidez (-1,98%) y por un aumento de las salidas netas ( 2,22%), de acuerdo con el supervisor.

Este indicador estima la capacidad de atender tensiones de financiación durante 30 días; su holgura actúa como seguro frente a episodios de estrés de mercado.

Calidad de activos y financiación

La ratio de préstamos dudosos (NPL) bajó al 2,86%, desde el 2,91% del trimestre previo y el 3,15% de hace un año, encadenando mínimos postpandemia.

Por segmentos, los bancos significativos marcaron 3,01% y los menos significativos 2,39%, con diferencias acordes a su perfil de riesgo.

Los préstamos en vigilancia especial descendieron hasta el 6,05% (6,29% en el trimestre anterior), mientras que en la comparación interanual cayeron desde el 6,81%.

El coste del riesgo subió levemente al 0,91% (0,89% en el trimestre previo), aunque sigue por debajo del 1,05% de hace un año.

En financiación, la ratio crédito-depósitos alcanzó el 95,53% con un recuento trimestral, pero se sitúa por debajo del 96,94% del mismo periodo del ejercicio anterior.

En comparación europea, el NPL se mueve en torno al 2,25% y la vigilancia especial en el 9,76%, situando a España en mejor posición en este último indicador. La salud del sector bancario hace que sea rentable y más resiliente: ROE en 14,43%, capital reforzado, liquidez aún holgada y morosidad contenida, con LCR y coste del riesgo variables a seguir en los próximos trimestres.


Leer más

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies