En este post, te contamos cómo poder adherirse al Pacto Digital para la Protección de las Personas y cuáles son los principios fundamentales del mismo.
- Desde final de enero, las entidades que lo deseen pueden adherirse al pacto, aunque primero deberán firmar una carta de adhesión.
- Las instituciones que se adhieran se comprometen a ser transparentes y a promover la igualdad de género y la atención a la infancia.
Salvaguardar la privacidad de las personas en el ámbito digital. Y conseguir un compromiso firme por parte de las empresas. Ese es el objetivo del Pacto Digital para la Protección de las Personas que ha puesto en marcha la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Desde final de enero distintas entidades se han ido adhiriendo al pacto a través de un formulario incluido en la página web de la AEPD.
Documentos del Pacto Digital para la Protección de las Personas
El pacto, que se presentó el pasado 28 de enero, está formado por tres documentos. En concreto son la carta de adhesión, el compromiso por la responsabilidad en el ámbito digital y un decálogo de buenas prácticas.
Las entidades que deseen adherirse a este pacto deberán firmar primeramente una carta de adhesión. A través de esta, las compañías se comprometen a implantar en sus organizaciones las recomendaciones del pacto. Del mismo modo se les proveerá de herramientas para ayudar a sensibilizar sobre el valor de la privacidad.
Transparencia en los datos
La iniciativa busca reforzar el derecho a la protección de datos. Aparte pretende, según han explicado los responsables del mismo, promover la innovación y la sostenibilidad. Para desarrollar el proyecto se ha contado con la colaboración de organizaciones empresariales, fundaciones, asociaciones de medios de comunicación y grupos audiovisuales. Además, la participación está abierta a todas las organizaciones que asuman los compromisos del pacto.
El proyecto ha contado con la colaboración de empresas, fundaciones y asociaciones.
Entre los principios del pacto se encuentra el de impulsar la transparencia. ¿Esto qué significa? Que los ciudadanos podrán conocer mejor qué datos se están recabando y para qué. Pero no solo eso. La transparencia es el pilar fundamental del pacto, aunque no el único. También se pretende promover la igualdad de género y la protección de la infancia y las personas en situación de vulnerabilidad.
Para realizar todo eso se utilizarán las nuevas tecnologías. A través de estas se evitará la distribución de información sesgada o que contribuya a aumentar las desigualdades. Y es que a través de este pacto se quiere eludir cualquier tipo de discriminación, ya sea por razón de raza, procedencia, creencia, religión o sexo.
Importancia de la privacidad en el Pacto Digital para la Protección de las Personas
Por otro lado, la privacidad es importante en esta normativa. Y lo es tanto para las organizaciones públicas como para las privadas. Es por ello por lo que las empresas que se adhieran a él tienen que cumplir con una serie de obligaciones. Algunas de ellas tienen que ver con el ámbito de la información. Las instituciones deberán informar a los usuarios sobre el tratamiento de sus datos y el ejercicio de sus derechos.
Una vez les hayan informado, deberán aplicar los principios relativos al tratamiento de los datos de carácter personal, de acuerdo con la ley de Protección de Datos Personales. Del mismo modo deberán garantizar la licitud del tratamiento. Y en las empresas no obligadas por la norma, tendrá que existir la figura del Delegado de Protección de Datos cuando las circunstancias del tratamiento lo aconsejen y la empresa disponga de los recursos para ello.
Las instituciones deberán informar a los usuarios del tratamiento de sus datos de carácter personal.
Decálogo de buenas prácticas
Unirse al pacto significa comprometerse. En ese sentido, el pacto incluye un decálogo de buenas prácticas para los medios de comunicación y empresas que tengan canales de difusión.
El objetivo principal del decálogo es promover la lucha contra la violencia digital en los medios de comunicación. Pero no solo en los medios, sino que también se pretende hacer lo propio en otros canales de difusión como pueden ser webs corporativas.
Así, los medios se deberán abstener de identificar a las víctimas de difusión de contenidos sensibles. También deberán prestar especial atención a la hora de identificar a las víctimas en cualquiera de sus informaciones. En ese sentido, deberán prestar cuidado a la hora de referirse a la identidad de las personas que no tengan relevancia pública.
Por otro lado, si se difunde el contenido, se evitará la repetición de imágenes. Asimismo, las empresas tendrán que advertir sobre la responsabilidad disciplinaria, civil, penal y administrativa que podría acarrear la difusión de estos contenidos. En el caso de que se difundan contenidos de este tipo, se podrá denunciar a través de los canales de la AEPD.
Las instituciones deberán informar a los usuarios del tratamiento de sus datos de carácter personal.
Además, el documento enumera las responsabilidades, especialmente ante las conductas relacionadas con la llamada violencia digital, e incorpora algunos principios que, desde la perspectiva de la ética y la protección de datos, la llamada ética digital, deberían tenerse en cuenta a la hora de diseñar e implantar los nuevos desarrollos tecnológicos, que no pueden implementarse sin tener en cuenta los derechos fundamentales de los ciudadanos.
En definitiva, a través de este pacto se avanza en la protección de datos de carácter personal en la era digital.
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