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Dunas Capital asegura 40 millones para su gran proyecto logístico en Meco


Proyecto logístico en Meco

La plataforma inmobiliaria de Dunas Capital ha cerrado una financiación cercana a los 40 millones de euros para dar un impulso decisivo a su gran desarrollo logístico en Meco, conocido como Alma Meco. Con este movimiento, la gestora refuerza su posición de control sobre un ámbito que está llamado a convertirse en una de las piezas clave del mercado logístico de la Comunidad de Madrid.

La operación, articulada junto al financiador británico Maslow Capital, se enmarca en la estrategia de ambos grupos de apostar por activos logísticos de gran escala y alto potencial en España. Además de acelerar el calendario del proyecto, el acuerdo consolida a Alma Meco como uno de los desarrollos de suelo logístico más relevantes a nivel nacional, tanto por superficie como por capacidad de atracción de inversión y empleo.

Dunas Capital cierra una financiación a medida con Maslow Capital

El acuerdo de financiación, estructurado por la plataforma Dunas Capital Real Estate (DCRE), filial inmobiliaria del Grupo Dunas Capital, alcanza aproximadamente los 40 millones de euros y se ha diseñado específicamente para las necesidades de Alma Meco. Se trata de una solución financiera a medida que permite a la gestora avanzar con mayor certidumbre en las diferentes fases del desarrollo.

La operación ha contado con el apoyo de Dunas Capital Debt, la división especializada del grupo en soluciones de deuda, que ha intervenido como asesor financiero interno. En el plano jurídico, los trabajos legales han sido asumidos por los despachos Bufete Barrilero & Asociados y Allen & Overy, que han coordinado los aspectos contractuales y regulatorios de la transacción.

Desde la gestora destacan que esta financiación supone un auténtico punto de inflexión. El consejero delegado de Dunas Capital Real Estate, Miguel López Puche, ha subrayado que la consolidación de su posición en Alma Meco representa un hito estratégico para el mayor parque logístico de Madrid, ya que les permite avanzar con la escala necesaria y con mayor seguridad en los plazos.

Por su parte, el CEO de Dunas Capital Debt, José María Sagardoy, ha incidido en la complejidad técnica de la operación. A su juicio, se trata de una estructura de financiación diseñada para un proyecto de gran tamaño, en la que la presencia de un socio como Maslow Capital aporta solidez tanto al activo como al equipo promotor, algo especialmente relevante en un contexto de mercado exigente.

Desde el lado del financiador, Emilio Silvestre, Head of Origination de Maslow Capital en España, ha remarcado que el mercado español ocupa un lugar prioritario en la expansión europea de la firma. La participación en Alma Meco demuestra, según el directivo, la capacidad de Maslow Capital para financiar desarrollos logísticos complejos junto a socios de referencia y reforzar así su posición en este segmento en Europa.

Alma Meco: el mayor banco de suelo logístico de la Comunidad de Madrid

Alma Meco se perfila como uno de los proyectos más ambiciosos del sector logístico en España. El desarrollo, situado en el término municipal de Meco, cuenta con más de 1,6 millones de metros cuadrados de superficie, lo que le otorga la condición de mayor banco de suelo logístico disponible en la Comunidad de Madrid y uno de los más extensos del país.

La capacidad edificable del ámbito se aproxima al millón de metros cuadrados construibles, lo que permitirá levantar un auténtico macroparque logístico e industrial. Esta magnitud coloca a Alma Meco en una liga propia dentro del mercado, con capacidad para albergar desde plataformas de distribución de gran formato hasta instalaciones industriales avanzadas.

Un hito clave en la hoja de ruta del proyecto ha sido la constitución de la Junta de Compensación de Alma Meco, formalizada en febrero de 2026. Este paso administrativo resulta fundamental para ordenar el desarrollo urbanístico y avanzar hacia la reparcelación, la urbanización y, posteriormente, la construcción de las naves y equipamientos previstos.

El planeamiento contempla la ordenación del suelo en ocho grandes parcelas destinadas a usos logísticos e industriales, con superficies que oscilan entre los 120.000 y los 400.000 metros cuadrados. Esta estructura parcelaria da margen tanto a la implantación de operadores que necesitan activos de gran tamaño como a la posible configuración de polos industriales integrados.

Una de las características diferenciales del proyecto es su capacidad para acoger instalaciones logísticas XXL en una única parcela. Este tipo de activo es escaso en el mercado español y muy buscado por grandes operadores logísticos, compañías de comercio electrónico, retailers con elevada rotación de stock y, potencialmente, centros de datos que requieren amplias superficies y buena conectividad.

Ubicación estratégica en el eje de la A-2 y conexión con los grandes nodos logísticos

El enclave de Alma Meco se sitúa a unos 35 kilómetros al noreste de la ciudad de Madrid, en el eje de la autovía A-2, uno de los corredores de transporte más activos del país. El ámbito cuenta, además, con acceso directo a la autopista R-2, lo que refuerza su conexión tanto con la capital como con el resto de la red viaria nacional.

La proximidad al hub logístico de Coslada-San Fernando de Henares y al Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, a unos 25 kilómetros, convierte a Alma Meco en un nodo especialmente bien posicionado para la distribución nacional e internacional. Esta ubicación facilita tanto el transporte por carretera como la conexión con operaciones aéreas de carga.

Gracias a esta combinación de suelo disponible, escala y acceso a infraestructuras, el proyecto se perfila como una de las alternativas más sólidas para operadores que buscan consolidar su actividad en torno a la capital. Desde la gestora apuntan a que la demanda de espacios logísticos de gran formato en el corredor del Henares sigue en niveles elevados, impulsada por el auge del comercio electrónico y la presión por optimizar cadenas de suministro.

El interés del mercado se ha dejado notar incluso antes de contar con la aprobación urbanística definitiva. De acuerdo con la información facilitada, ya se han cerrado operaciones de venta de suelo sobre una parte significativa del ámbito, lo que evidencia la confianza de inversores y operadores en el potencial del desarrollo y en la capacidad de absorción futura del producto que saldrá al mercado.

En este contexto, Alma Meco se postula como un polo logístico de referencia no solo para dar servicio al área metropolitana de Madrid, sino también como plataforma de distribución hacia el resto de Europa, apoyándose en la red de autopistas, la cercanía al aeropuerto y la conectividad con otros nodos de transporte.

Impacto económico, empleo y calendario del desarrollo

Más allá de su dimensión física, el proyecto de Meco tendrá un impacto notable en términos económicos y laborales. Las previsiones manejadas por la promotora apuntan a que Alma Meco permitirá movilizar alrededor de 1.000 millones de euros de inversión a lo largo de sus distintas fases de desarrollo y consolidación.

En el plano del empleo, se estima la creación de más de 5.000 puestos de trabajo directos, asociados tanto a la fase de urbanización y construcción como a la posterior puesta en marcha de las actividades logísticas e industriales. A estos habría que sumar los empleos indirectos e inducidos en servicios auxiliares, transporte, mantenimiento y otras actividades relacionadas.

El calendario previsto sitúa el inicio de las obras de urbanización en torno a enero de 2027, una vez se completen los trámites urbanísticos pendientes y se cierre la ingeniería de detalle. A partir de ahí, el desarrollo se irá desplegando por fases, en función del ritmo de comercialización del suelo y de las necesidades de los distintos operadores que se vayan implantando.

La configuración en grandes parcelas ofrece flexibilidad para adaptar los plazos a la demanda, de modo que se puedan acometer proyectos llave en mano o desarrollos especulativos, en función de las condiciones del mercado. Esta combinación puede resultar especialmente interesante para operadores que requieran tiempos de ejecución ajustados o soluciones muy personalizadas.

La magnitud de la inversión y la creación de empleo prevista sitúan a Alma Meco como uno de los polos de dinamización económica más relevantes en el entorno de Madrid en los próximos años, con capacidad para generar un efecto tractor sobre otros sectores y municipios de la zona.

Crecimiento del negocio logístico de Dunas Capital en España

El impulso a Alma Meco se enmarca en la estrategia de Dunas Capital de afianzar su presencia en el segmento logístico e industrial en España. A día de hoy, la firma gestiona más de 4,5 millones de metros cuadrados de suelo industrial repartidos por distintos puntos del país, una cifra que pone de manifiesto su apuesta por este tipo de activos.

Además del suelo en desarrollo, la cartera de la gestora incluye más de 225.000 metros cuadrados de activos logísticos ya operativos, localizados en enclaves como Noblejas, Chiloeches, Loriguilla o Antequera. Estas ubicaciones se han consolidado como nodos relevantes dentro de la red logística española, especialmente en corredores de alta demanda.

Con el refuerzo de su posición en Alma Meco, Dunas Capital da un paso más en su objetivo de consolidarse como uno de los actores destacados en el mercado logístico europeo, en un momento marcado por el crecimiento del comercio electrónico, los procesos de relocalización industrial y la necesidad de disponer de infraestructuras de gran escala para optimizar las cadenas de suministro.

La compañía viene apostando por un modelo que combina la gestión activa de suelo, el desarrollo de nuevos proyectos y la captación de socios financieros especializados. La alianza con Maslow Capital para financiar el macroproyecto de Meco encaja en esta hoja de ruta, al aportar recursos y experiencia en estructuras de deuda adaptadas a proyectos complejos.

En este escenario, el desarrollo de Alma Meco se suma a otros proyectos logísticos e industriales que están redefiniendo el mapa de oferta en España, reforzando la posición del país como plataforma clave dentro de las rutas de distribución europeas y respondiendo a la creciente demanda de espacios modernos, eficientes y bien conectados.

Con la financiación cerrada, una gran bolsa de suelo disponible y una ubicación con claras ventajas competitivas, Alma Meco se consolida como uno de los desarrollos logísticos más relevantes en el entorno de Madrid, llamado a canalizar un volumen significativo de inversión, empleo y actividad en los próximos años.


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Tubos Reunidos se desploma en Bolsa ante el fantasma del concurso de acreedores


Tubos Reunidos desplome en Bolsa

La jornada bursátil ha sido especialmente dura para Tubos Reunidos, que ha visto cómo su cotización sufría un auténtico batacazo en el mercado continuo español. En apenas unas horas, el valor se ha llegado a hundir cerca de un 40%, reflejando la creciente inquietud de los inversores ante un posible concurso de acreedores y una situación financiera muy tensionada.

En un contexto marcado por rumores de insolvencia, negociaciones fallidas y un elevado endeudamiento, la compañía con sede en el País Vasco se encuentra en el punto de mira de los mercados, de los reguladores y de sus propios trabajadores. La posibilidad de que la histórica tubera termine acogida a un proceso concursal ya no es solo un comentario de pasillo: la propia empresa ha admitido públicamente que esa opción está sobre la mesa.

Desplome histórico en Bolsa y reacción del mercado


Acciones de Tubos Reunidos en Bolsa

El castigo en el parqué ha sido inmediato tras conocerse que Tubos Reunidos ultima los preparativos de un concurso de acreedores. Según distintas informaciones publicadas, entre ellas las de medios económicos como El Confidencial y Cinco Días, el despacho de abogados Uría Menéndez está asesorando a la compañía en la preparación de este proceso, cuyo calendario se situaría en torno a las próximas semanas.

En los primeros compases de la sesión, el valor llegó a desplomarse en torno al 40%, con cruces a apenas 0,133 euros por acción, antes de moderar ligeramente la caída. A media sesión, los títulos se movían en el entorno de los 0,14 euros, lo que suponía pérdidas cercanas al 35%. Finalmente, las acciones han acabado la jornada con un recorte que ronda el 36,5%-37,5%, consolidando una de las peores sesiones de su historia reciente.

Lo llamativo para muchos actores del mercado ha sido que, pese a la brusquedad del movimiento y a la avalancha de informaciones sobre un posible concurso inminente, la CNMV no llegó a interrumpir la cotización durante la sesión. El desplome se ha producido, por tanto, con el valor negociándose con normalidad, alimentado por órdenes de venta continuadas y un clima de enorme incertidumbre.

Este movimiento se suma a un deterioro más prolongado: en los últimos meses, la compañía acumula un retroceso que ronda el 70% de caída en Bolsa, reflejo de la desconfianza del mercado ante su capacidad para enderezar el rumbo. Para muchos inversores, la entrada en concurso se percibe ya como un escenario cada vez más probable.

Fuentes cercanas al consejo de administración señalan que los órganos de gobierno de la empresa siguen de cerca la evolución del precio y del flujo de noticias, sin descartar la convocatoria de reuniones urgentes para analizar la situación. Aunque desde la dirección se ha intentado, hasta ahora, mantener cierto margen de maniobra, la presión del mercado acorta los plazos para tomar decisiones.

Admisión de la posible solicitud de concurso voluntario

Tras el cierre del mercado, Tubos Reunidos remitió un hecho relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el que, por primera vez, reconoce abiertamente que no puede descartar la solicitud de una declaración de concurso voluntario de acreedores. Se trata de un paso significativo, ya que hasta ahora la compañía había evitado confirmar de forma tan explícita ese escenario.

En su comunicación al supervisor, el grupo admite que no ha logrado ni nueva financiación ni la entrada de socios estratégicos que permitan relanzar la actividad. Asimismo, reconoce que el deterioro del negocio ha colocado a la empresa en una coyuntura que “compromete su viabilidad” y que podría obligar a adoptar “medidas adicionales” si la situación no mejora.

El texto remitido a la CNMV subraya la existencia de una incertidumbre material sobre la continuidad de la empresa como negocio en funcionamiento, en línea con las advertencias que ya había formulado la firma de auditoría Ernst & Young (EY). Estos auditores han señalado en sus informes la presencia de “dudas significativas” acerca de la capacidad de Tubos Reunidos para seguir operando sin una reestructuración profunda.

Además, la propia Inspección de Trabajo, en el marco del expediente de regulación de empleo (ERE) de la compañía, ha señalado que los resultados del grupo reflejan una pérdida prolongada de rentabilidad operativa y que concurriría “causa legal de disolución”. Un diagnóstico especialmente duro que refuerza la idea de que la vía concursal podría acabar siendo la única salida para ordenar la situación.

La posible entrada en concurso de acreedores se plantea como un mecanismo para reorganizar el pasivo, ganar tiempo en la negociación con los acreedores y, eventualmente, facilitar la incorporación de un inversor industrial que aporte capital y estabilidad a largo plazo. Pero, como reconocen fuentes del entorno financiero, el éxito de esa estrategia dependerá de cómo se articule la reestructuración de la deuda, especialmente la vinculada a la SEPI.

Deuda desbocada y fracaso de las vías de rescate

Uno de los elementos centrales de la crisis de Tubos Reunidos es su elevado endeudamiento, que ronda los 263 millones de euros. Una parte sustancial de esa cifra corresponde a préstamos vinculados a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que se convirtió en el principal acreedor tras el rescate aprobado durante la pandemia de la Covid-19.

En 2021, el grupo siderúrgico recibió a través del fondo de apoyo a empresas estratégicas una inyección que, con distintas ampliaciones, se ha convertido en una deuda con la SEPI en el entorno de los 150 millones de euros. Pese a los intentos de la compañía por renegociar las condiciones —incluida la búsqueda de una refinanciación bancaria más amplia—, las conversaciones no han cristalizado en un acuerdo de calado.

Las propuestas planteadas por la parte pública se han orientado, sobre todo, a flexibilizar los plazos de devolución del préstamo, sin aceptar por ahora una quita significativa del principal. Esta resistencia a asumir pérdidas por parte del Estado ha dificultado la entrada de nuevos inversores privados, reacios a comprometer capital si no se alivia antes de manera sustancial la carga financiera.

Durante los últimos meses, la compañía ha explorado la opción de contar con un socio industrial —con el respaldo explícito del Gobierno vasco— que contribuya a sostener el negocio productivo y a mantener la actividad en las plantas. Sin embargo, la combinación de resultados negativos, deuda elevada y ausencia de un plan de viabilidad plenamente consensuado ha hecho que, por ahora, ningún candidato haya dado el paso definitivo.

El objetivo de la posible reestructuración es doble: por un lado, ordenar el calendario de pagos y evitar tensiones de liquidez inmediatas; por otro, generar un marco estable que permita seguir produciendo y conservar el máximo empleo posible. Pero las demoras y los desencuentros en la negociación con acreedores clave han ido reduciendo el margen de maniobra de la compañía hasta situarla al borde del abismo concursal.

Pérdidas millonarias y deterioro del negocio

La presión financiera se ve agravada por los malos resultados operativos de los últimos ejercicios. Tubos Reunidos cerró 2025 con unas pérdidas de alrededor de 118 millones de euros, un giro radical frente a los beneficios obtenidos en 2024 (cerca de 28,6 millones), lo que evidencia el brusco deterioro de su situación económica.

El empeoramiento del negocio se atribuye a varios factores. Entre ellos, el impacto de los aranceles a la importación de acero y aluminio en Estados Unidos, que alcanzan aproximadamente el 50% y afectan de lleno a uno de sus mercados exteriores más relevantes. Este contexto internacional ha reducido márgenes y volumen de ventas, intensificando las dificultades de una empresa ya de por sí apalancada.

A la adversidad del entorno comercial se suma la reducción de la actividad en algunas de sus plantas, especialmente tras el conflicto laboral en el centro de Amurrio (Álava). La huelga indefinida y la paralización de la producción en estas instalaciones han agravado el descenso de ingresos y han complicado la ejecución del plan de viabilidad diseñado por la dirección.

Los informes externos, tanto de auditores como de la Inspección de Trabajo, inciden en que la rentabilidad operativa se ha deteriorado de forma sostenida, hasta el punto de cuestionar que el negocio pueda mantenerse sin una intervención drástica. Estas advertencias, que en otros momentos podrían haber servido de llamada de atención para acelerar soluciones, han terminado siendo un reflejo más del estancamiento y la falta de acuerdos.

La suma de pérdidas recurrentes, carga financiera elevada y nulos avances en la captación de nuevos socios es lo que ha llevado a muchos analistas a considerar que la vía concursal se ha convertido, de facto, en la única alternativa viable para reconducir la situación. La cuestión que se abre ahora es cómo afectará ese proceso a los distintos acreedores y a la plantilla.

Plan de viabilidad, ERE y conflicto laboral

Para tratar de frenar la sangría, Tubos Reunidos puso en marcha un plan de viabilidad sustentado en tres ejes principales: reducción de plantilla mediante un expediente de regulación de empleo, reestructuración de la deuda y búsqueda de nuevos inversores. De estos tres pilares, el único que ha avanzado de forma efectiva ha sido el ajuste laboral.

El ERE planteado inicialmente afectaba a algo más de 300 trabajadores, aunque tras la negociación se rebajó la cifra hasta unas 240-242 salidas, fundamentalmente de carácter voluntario. El acuerdo contemplaba indemnizaciones de 45 días por año trabajado y salidas anticipadas, incluidas prejubilaciones a partir de los 57 años, con el objetivo de amortiguar el impacto social del recorte.

A pesar de esas condiciones, los principales sindicatos del País Vasco —ELA, LAB, UGT y ESK— han impugnado el ERE ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Las centrales cuestionan tanto el fondo del ajuste como el contexto en el que se ha producido, y mantienen movilizaciones y una huelga indefinida en la planta de Amurrio, que ha derivado en paradas prolongadas de la producción.

La Inspección de Trabajo, por su parte, avaló la corrección formal del proceso, al considerar que la negociación se había desarrollado sin fraude y con las garantías requeridas. Aunque el dictamen reconoce la gravedad de la situación económica de la compañía, también apunta a que existen causas objetivas que justifican el recorte de empleo, lo que ha añadido tensión en la relación entre la representación sindical y la dirección.

En paralelo, el Gobierno vasco ha intentado ejercer de mediador y catalizador de una solución industrial, presionando al Gobierno central para que flexibilice las condiciones del préstamo de la SEPI y permita así la llegada de un socio estratégico. Esa presión política, sin embargo, no se ha traducido todavía en un cambio sustancial de postura por parte de la administración central, que sigue sin abrir la puerta a una quita de la deuda pública.

Perspectivas y posibles escenarios para Tubos Reunidos

Con todos estos elementos sobre la mesa, el futuro inmediato de Tubos Reunidos se debate entre una reestructuración ordenada bajo tutela judicial o un deterioro aún mayor si se demoran las decisiones. El eventual concurso de acreedores se perfila como una herramienta para intentar preservar la actividad industrial y maximizar la recuperación para los acreedores, pero también genera dudas sobre su impacto en el empleo y en las plantas del grupo.

En el plano financiero, la prioridad pasaría por redefinir los plazos y condiciones de la deuda de 263 millones, con especial atención a la posición de la SEPI. Cualquier solución que no cuente con el visto bueno del principal acreedor público tiene pocas probabilidades de prosperar, por lo que las próximas semanas serán clave para ver si se logra un punto de encuentro o si la negociación se complica aún más en el marco concursal.

Para el tejido productivo vasco y para el sector siderúrgico español, el desenlace de este caso se observa como un termómetro de la gestión de crisis empresariales con fuerte implicación pública. Tubos Reunidos no es una compañía cualquiera: su trayectoria histórica, su peso en el empleo industrial y la presencia del Estado en su capital vía préstamos convierten su situación en un asunto de relevancia económica y política.

Mientras tanto, los inversores parecen tenerlo claro: la falta de avances visibles en la búsqueda de socios y en la refinanciación ha minado la confianza en la capacidad de recuperación del grupo. El desplome de la cotización y la volatilidad de las últimas sesiones muestran que el mercado descuenta un escenario muy complejo, con una parte importante de los actuales accionistas asumiendo ya la posibilidad de fuertes pérdidas.

A la espera de que se confirme la presentación formal del concurso y de que se concreten las condiciones de una eventual reestructuración, la compañía afronta un momento decisivo. Lo que ocurra a partir de ahora marcará no solo el futuro de Tubos Reunidos, sino también el modo en que se abordan, en España, los rescates públicos y las reorganizaciones de empresas industriales estratégicas sometidas a una tormenta perfecta de deuda, falta de rentabilidad y desconfianza en los mercados.


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Juan Roig impulsa la economía española con 220 millones de euros de su patrimonio

Inversión de Juan Roig en la economía española

El presidente de Mercadona, Juan Roig, ha destinado 220 millones de euros procedentes de su patrimonio personal y de los dividendos recibidos de la cadena de supermercados a dinamizar la economía española, con especial foco en la Comunitat Valenciana. Esta decisión se enmarca en su apuesta por apoyar el emprendimiento, la formación, el arte, la cultura y el deporte como motores de crecimiento y cohesión social.

Este volumen de recursos, correspondiente al ejercicio 2025, procede tanto de su sueldo bruto anual de 12 millones de euros como del dividendo abonado por Mercadona. Tras el pago del 54% de IRPF, el salario neto de Roig queda en 5,5 millones de euros, cifra que, al igual que en los dos años previos, se destina íntegramente a iniciativas de interés general junto con los 187 millones de euros percibidos en dividendos.

220 millones de euros dirigidos a la economía española

El grueso de los 220 millones de euros que Juan Roig ha comprometido en 2025 se orienta a la reactivación de la economía valenciana y nacional, a través de proyectos empresariales, educativos, culturales y deportivos. Estas iniciativas se plantean como palancas para generar empleo, por ejemplo para quienes buscan cómo trabajar en Mercadona, atraer talento y consolidar un ecosistema empresarial competitivo en España.

Según fuentes de la compañía, la retribución bruta del presidente de Mercadona asciende a 12 millones de euros anuales. Una vez soportado el 54% en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el importe neto se sitúa en torno a 5,5 millones, cantidad que Roig dirige íntegramente a proyectos con impacto social, replicando así el esquema utilizado en los dos ejercicios anteriores.

Junto al salario, el otro gran bloque de recursos proviene del dividendo recibido de Mercadona. En el último ejercicio, Roig percibió 187 millones de euros en dividendos, cuantía que también ha decidido reinvertir en España a través de distintas iniciativas agrupadas, en su mayoría, bajo el paraguas del denominado Proyecto Legado.

En paralelo, Mercadona distribuyó a todos sus accionistas un dividendo total de 346 millones de euros, lo que supone un incremento del 25,8% respecto a los 275,38 millones de euros repartidos el año anterior. La compañía subraya en la documentación remitida al Registro Mercantil que la retribución de Juan Roig es «acorde con su liderazgo y experiencia profesional» y que se sitúa «en línea con la que se satisface en el mercado para compañías comparables».

Tanto Juan Roig como su esposa, Hortensia Herrero, vicepresidenta de Mercadona y copropietaria de la empresa, poseen conjuntamente el 80% del capital de la cadena. Parte relevante de los recursos que obtienen como principales accionistas se canaliza hacia iniciativas que persiguen impulsar el emprendimiento, mejorar la formación y fortalecer el tejido social y deportivo dentro de España.

Proyecto Legado: reinversión del patrimonio en la sociedad

Buena parte de los fondos que Roig y Herrero obtienen vía dividendos y salario se vehiculan a través del Proyecto Legado, una iniciativa creada en 2012 con la finalidad de compartir conocimiento y patrimonio personal para contribuir al desarrollo de la sociedad. Este proyecto engloba diferentes líneas de actuación ligadas al emprendimiento, la formación, el deporte, la cultura y el entretenimiento.

El Proyecto Legado nace, según explican sus impulsores, de la convicción de que «lo bonito es dar», una idea que refleja la voluntad de destinar recursos privados a causas de interés general. A lo largo de los últimos años, esta iniciativa se ha consolidado como uno de los principales canales a través de los cuales el patrimonio de la familia Roig-Herrero se reinvierte en proyectos ubicados mayoritariamente en la Comunitat Valenciana y el conjunto de España.

Dentro del ámbito del emprendimiento y la innovación empresarial, el pilar central del Proyecto Legado es Marina de Empresas. Este ecosistema de talento y emprendimiento se ha posicionado como uno de los más relevantes del Mediterráneo, combinando formación, aceleración de startups e inversión en proyectos empresariales con potencial de crecimiento.

En el último ejercicio analizado, Juan Roig destinó 11 millones de euros a Marina de Empresas, reforzando así su apuesta por el emprendimiento como vía para generar nuevas oportunidades laborales y diversificar el tejido productivo. Esta inversión se suma a los recursos inyectados en años anteriores, que han permitido que el proyecto vaya ganando tamaño e influencia dentro del ecosistema emprendedor español.

Más allá del ámbito estrictamente económico, el Proyecto Legado tiene también una vertiente muy marcada de mecenazgo cultural, deportivo y de apoyo al entretenimiento. A través de distintos vehículos y fundaciones, los recursos se orientan a consolidar una oferta deportiva y cultural estable en Valencia, con capacidad para atraer eventos y visitantes y, al mismo tiempo, servir de palanca de orgullo e identidad local.

Marina de Empresas: formación, aceleración e inversión

Dentro del engranaje del Proyecto Legado, Marina de Empresas se estructura en torno a tres ejes principales: EDEM, Lanzadera y Angels. Cada uno desempeña un papel complementario en la cadena de valor del emprendimiento, desde la formación inicial hasta la inversión en proyectos ya en fase de crecimiento.

EDEM actúa como universidad y escuela de negocios especializada en formación empresarial, ofreciendo programas orientados a directivos, emprendedores y jóvenes que quieren desarrollar su carrera en el mundo de la empresa. Su propósito es dotar de conocimientos prácticos y una mentalidad orientada a crear proyectos sólidos y sostenibles.

Lanzadera, por su parte, es la aceleradora de startups impulsada por Juan Roig. A través de este programa, emprendedores de toda España y de otros países europeos reciben apoyo en forma de mentoring, acompañamiento estratégico, espacios de trabajo y, en muchos casos, financiación. El objetivo es que puedan validar sus modelos de negocio, crecer y avanzar hacia la rentabilidad de manera más rápida y ordenada.

El tercer pilar, Angels, funciona como sociedad de inversión centrada en líderes emprendedores. Esta entidad entra en el capital de empresas con potencial, aportando no solo recursos financieros sino también experiencia en gestión y visión estratégica. La combinación de EDEM, Lanzadera y Angels configura un circuito completo que facilita que proyectos en fases muy tempranas puedan madurar hasta convertirse en compañías consolidadas.

Gracias a esta estructura integrada, Marina de Empresas se ha consolidado como un punto de referencia para el emprendimiento en el arco mediterráneo y, por extensión, en toda España. La inversión recurrente de Juan Roig en este entorno contribuye a retener talento local, atraer proyectos de otras comunidades autónomas e incluso captar iniciativas de fuera de España que encuentran en Valencia un entorno favorable para crecer.

Compromiso con el deporte, la cultura y el entretenimiento

El Proyecto Legado no se limita al emprendimiento empresarial. Una parte significativa de los recursos que Juan Roig destina a la sociedad se dirige a iniciativas deportivas, culturales y de entretenimiento, entendidas como herramientas esenciales para mejorar la calidad de vida, fomentar hábitos saludables y reforzar el tejido social.

En este ámbito, la Fundación Trinidad Alfonso se ha convertido en uno de los vehículos más visibles del mecenazgo deportivo de Roig. A través de esta fundación, en el último año se canalizaron alrededor de seis millones de euros a proyectos vinculados al deporte popular y de élite, con especial atención a eventos que posicionan a Valencia como sede de grandes competiciones.

Otra de las grandes apuestas es el Valencia Basket Club, entidad que ha contado con el apoyo económico continuado de la familia Roig-Herrero. En la temporada 2024-2025, el club recibió una aportación de 19 millones de euros, lo que ha permitido apuntalar su proyecto deportivo, mantener estructuras competitivas y potenciar el baloncesto de base en la ciudad.

El Roig Arena, recinto multiusos de nueva generación, constituye uno de los proyectos más emblemáticos en el área del entretenimiento y el deporte profesional. En este espacio se han invertido ya más de 400 millones de euros en total, de los cuales 179 millones corresponden al último ejercicio. La instalación acoge eventos deportivos, conciertos y espectáculos, contribuyendo a dinamizar la oferta cultural de Valencia y a generar impacto económico en sectores como la hostelería y el turismo.

Este conjunto de iniciativas se complementa con otros proyectos culturales y de ocio que, sin acaparar tantos titulares, se benefician de la estrategia de mecenazgo de Juan Roig y Hortensia Herrero. El objetivo es consolidar un ecosistema en el que deporte, cultura y entretenimiento se refuercen mutuamente, proyectando la imagen de Valencia y la Comunitat Valenciana tanto a nivel nacional como internacional.

Otras iniciativas para dinamizar la economía valenciana

Más allá del Proyecto Legado, Juan Roig y Hortensia Herrero participan de forma activa en otras iniciativas que buscan reactivar la economía y apoyar a sectores afectados por crisis puntuales. Un ejemplo representativo es la plataforma Alcem-se, surgida como respuesta a la DANA que golpeó la provincia de Valencia en octubre de 2024.

Alcem-se se puso en marcha en 2024 con la finalidad de impulsar la recuperación económica tras los daños provocados por el temporal, que dejó importantes consecuencias en infraestructuras, comercios y empresas locales. A través de esta plataforma se canalizan recursos económicos y apoyo a proyectos que ayudan a reconstruir la actividad productiva y a restablecer el pulso económico de las zonas afectadas.

Este tipo de actuaciones ilustra la voluntad de la familia Roig-Herrero de intervenir de manera directa en contextos en los que la economía local se ve especialmente tensionada. Las inversiones no se limitan a proyectos de largo plazo, sino que también se activan mecanismos de apoyo rápido cuando la coyuntura lo exige.

De forma global, la estrategia de Juan Roig combina el refuerzo del tejido empresarial —a través del emprendimiento y la formación— con el apoyo a iniciativas sociales, deportivas y culturales. El objetivo declarado es contribuir a una economía española más dinámica y con mayores oportunidades, especialmente en territorios como la Comunitat Valenciana, donde se concentran buena parte de los proyectos impulsados.

Con la decisión de destinar 220 millones de euros de su sueldo y dividendos a la economía española en 2025, Juan Roig vuelve a colocar el foco en la reinversión de beneficios privados en proyectos de impacto colectivo. Entre Marina de Empresas, el impulso al deporte a través de la Fundación Trinidad Alfonso, el Valencia Basket y el Roig Arena, y actuaciones específicas como Alcem-se, se dibuja un mapa de iniciativas que buscan generar valor añadido más allá del negocio puramente empresarial. El alcance de estas inversiones, centradas en España y con un peso muy notable en la Comunitat Valenciana, refuerza el papel de la figura de Roig como uno de los principales actores privados en la promoción del emprendimiento, la cultura y el deporte en el entorno europeo.


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Dunas Capital supera los 5.300 millones y encara una nueva etapa de crecimiento


Gestora de activos en España

Dunas Capital ha celebrado su décimo aniversario consolidada como una de las gestoras independientes de referencia en España. La firma ha superado la barrera de los 5.300 millones de euros en activos bajo gestión, apoyada en un modelo diversificado que combina productos líquidos, inversiones alternativas y proyectos inmobiliarios.

Este hito llega tras un 2025 especialmente dinámico, en el que la entidad registró un fuerte avance en captación y resultados. Con una estrategia centrada en la preservación del capital y la creación de valor a largo plazo, la gestora afronta ahora una nueva fase de expansión con más capacidades, mayor alcance y una imagen corporativa renovada.

Crecimiento de activos y papel de la gestión líquida

Durante 2025, Dunas Capital Asset Management (DCAM) registró un incremento de 1.314 millones de euros en sus activos, lo que supone un crecimiento interanual cercano al 37% en su plataforma de gestión. Este avance permitió que los productos líquidos superasen los 4.884 millones de euros de patrimonio, reforzando el peso de esta línea de negocio dentro del grupo.

Al incorporar las inversiones alternativas a la ecuación, el patrimonio agregado de Dunas Capital se situó por encima de los 5.000 millones de euros a cierre del ejercicio, una cifra que ha seguido aumentando hasta alcanzar en la actualidad más de 5.300 millones de euros bajo gestión. De este modo, la firma consolida una trayectoria ascendente en un entorno de mercado exigente para la industria de la inversión.

En el ámbito comercial, la gestora se situó en el top 10 del ranking de captaciones netas entre las gestoras españolas durante 2025, en un universo de más de un centenar de firmas. Además, se colocó en el primer decil del ranking global de entradas de dinero y mantuvo el liderazgo entre las gestoras independientes en términos de suscripciones netas.

Por volumen de activos administrados, DCAM continúa posicionada en el top 20 nacional, ocupando el puesto 16, y se mantiene en el pódium de las gestoras independientes. Este lugar en la clasificación refleja el peso creciente de la firma en el mercado español de gestión de activos y la confianza que mantiene entre clientes institucionales y particulares.

La gama de fondos Dunas Valor ha tenido un papel relevante en este proceso. La familia se amplió con el lanzamiento de Dunas Valor Audaz, un producto concebido para perfiles que buscan más riesgo dentro de una gestión prudente. Tanto este vehículo como el resto de la gama cerraron 2025 con rentabilidades positivas y volúmenes que superan los 500 millones de euros por fondo, consolidando su atractivo dentro de la oferta de la casa.


Activos bajo gestión en Europa

Impulso a los activos alternativos con Dunas Capital Alternatives

Con el objetivo de seguir diversificando su propuesta, el grupo reforzó a finales de 2025 su plataforma con la creación de Dunas Capital Alternatives (DCA), la gestora especializada en activos alternativos. Esta unidad complementa la actividad de DCAM, centrada en estrategias líquidas, manteniendo la misma filosofía de prudencia y protección del patrimonio invertido.

DCA trabaja ya en el lanzamiento de dos nuevos vehículos que verán la luz en la nueva etapa de la firma: Dunas Aviation II, ligado al sector aeronáutico, y un fondo de infraestructuras estratégicas. Ambas iniciativas persiguen ofrecer a los inversores rentabilidades menos correlacionadas con los mercados tradicionales y una mayor protección frente a la inflación.

La apuesta por los activos alternativos encaja con el objetivo de la gestora de diversificar fuentes de rentabilidad y ampliar el abanico de soluciones para distintos tipos de inversores. Bajo este enfoque, las inversiones en sectores como la aviación o las infraestructuras clave se plantean como un complemento a las carteras tradicionales de renta fija y variable, con un horizonte de largo plazo.

Expansión ibérica y refuerzo en deuda y real estate

La internacionalización ha sido otro de los vectores relevantes en la estrategia reciente del grupo. Dunas Capital ha registrado sus fondos en Portugal, un paso con el que refuerza su presencia en el mercado ibérico y amplía su capacidad de distribución en Europa. Esta decisión permite ofrecer tanto sus estrategias líquidas como sus productos de activos alternativos a un mayor número de inversores de la región.

En paralelo, el grupo ha impulsado nuevas líneas de negocio complementarias. En el ámbito financiero, se ha puesto en marcha Dunas Capital Debt, una unidad especializada en asesoramiento en financiación y gestión de deuda, liderada por José María Sagardoy. Esta división busca dar respuesta a la creciente demanda de soluciones a medida en materia de estructura de capital y operaciones de endeudamiento.

En el segmento inmobiliario, la gestora actúa a través de Dunas Capital Real Estate, que ha protagonizado un avance significativo en el desarrollo de proyectos logísticos. Entre ellos destaca la constitución de la Junta de Compensación del proyecto «Alma Meco», considerado uno de los mayores bancos de suelo logístico de la Comunidad de Madrid. Este paso se interpreta como un hito decisivo para consolidar la posición de la firma en el mercado inmologístico español.

La combinación de gestión de activos líquidos, inversiones alternativas y proyectos de real estate permite a Dunas Capital presentar una plataforma de inversión diversificada, con presencia en distintos segmentos del mercado. Esta estructura facilita a la entidad adaptarse mejor a distintos ciclos económicos y ofrecer soluciones más completas a sus clientes.

Nueva identidad corporativa y visión de largo plazo

Cumpliendo diez años de trayectoria, la firma ha aprovechado la ocasión para actualizar su imagen corporativa y sus canales digitales. Dunas Capital ha estrenado una nueva identidad visual y una página web renovada, con una estética más contemporánea y una navegación pensada para que inversores y clientes encuentren la información de forma sencilla e intuitiva.

La nueva imagen se alinea con los valores que la entidad quiere seguir proyectando en esta etapa: solidez, experiencia, flexibilidad e innovación. El rediseño de la web, además, pretende mejorar la transparencia y el acceso a datos clave de sus productos y servicios, en un contexto en el que la digitalización es cada vez más determinante en la relación con los inversores.

Desde la presidencia del grupo se insiste en que este aniversario no es solo un punto de llegada, sino el inicio de un nuevo ciclo. Tal y como ha señalado David Ángulo, presidente de Dunas Capital, la firma ha construido en esta década una plataforma de inversión independiente con un equipo de más de 70 profesionales, centrada en proteger y hacer crecer el patrimonio de quienes confían en la gestora.

La hoja de ruta para los próximos años pasa por seguir creciendo de forma sostenida, ampliando capacidades y extendiendo su alcance geográfico, pero manteniendo la misma filosofía de prudencia con la que arrancó el proyecto. El peso de los activos alternativos, la consolidación en el mercado ibérico y el desarrollo de soluciones de deuda e inmologística serán algunos de los ejes que marcarán su evolución.

Con más de 5.300 millones de euros bajo gestión, una sólida posición en los rankings nacionales, un abanico cada vez más amplio de estrategias líquidas y alternativas, y una presencia creciente en España y Portugal, Dunas Capital encara esta nueva etapa con una estructura diversificada y una visión de largo plazo, buscando afianzar su papel como una de las principales gestoras independientes del panorama europeo.


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Indemnización por despido por acuerdo: guía legal y práctica

indemnización por despido por acuerdo

Cuando llega el momento de salir de una empresa, no siempre se produce un despido «clásico» en el que la compañía toma la decisión de forma unilateral. Cada vez es más frecuente que empresa y trabajador negocien una salida pactada con indemnización, buscando una solución que minimice conflictos y se ajuste a la legalidad. Ahora bien, no todos los acuerdos son válidos ni todos convienen al trabajador.

En este artículo vas a encontrar una explicación muy completa sobre la indemnización por despido por acuerdo, el llamado despido pactado o por mutuo acuerdo, cómo se relaciona con los distintos tipos de despido que recoge la ley española, qué cuantías de indemnización existen, cuándo se puede mejorar lo que marca el Estatuto de los Trabajadores y qué están haciendo últimamente los tribunales con las indemnizaciones adicionales. También verás cuestiones prácticas sobre cálculo, riesgos de fraude ante el SEPE y aspectos psicológicos y organizativos que afectan tanto al trabajador como a la empresa.

Qué es un despido pactado o despido por acuerdo

En la práctica laboral se conoce como despido pactado a la situación en la que empresa y trabajador negocian voluntariamente la extinción del contrato de trabajo, fijando unas condiciones económicas y de salida que ambas partes aceptan. No se trata de un despido disciplinario o objetivo decidido de forma unilateral, sino de una negociación previa que desemboca en un acuerdo formalizado por escrito.

Un caso típico es el de un trabajador protegido (por ejemplo, con cargo en el comité de empresa) con el que la empresa tiene una relación tensa, pero al que no puede despedir fácilmente por riesgo de nulidad o fuertes indemnizaciones. El trabajador, por su parte, sabe que no va a progresar en esa compañía, que el ambiente es malo y que tiene buenas opciones de recolocarse fuera. En esa situación, puede negociarse un despido improcedente reconocido, con una indemnización cerrada, que permita a ambas partes separarse sin pleito.

En un escenario bien planteado, la persona trabajadora puede asegurar primero otro empleo y después pactar la salida, de forma que consigue una indemnización neta relevante y evita periodos largos de desempleo. La empresa, a cambio, se quita de encima un foco de tensión y un potencial conflicto judicial, asumiendo el coste pactado de la indemnización.

La gran diferencia respecto a un despido convencional es que, en el despido pactado, no hay imposición unilateral. Se habla, se negocia, se redacta un acuerdo y se firma libremente (al menos sobre el papel). Esto suele reducir la conflictividad y permite introducir elementos que en un despido estricto quizá no se contemplarían, como formación de recolocación, mantenimiento temporal de ciertos beneficios o pactos de referencia.

Implicaciones legales del despido pactado

El despido pactado, como tal, no aparece con ese nombre en el Estatuto de los Trabajadores, pero se construye jurídicamente sobre figuras conocidas: la extinción por mutuo acuerdo, el reconocimiento de la improcedencia del despido por parte de la empresa o el despido objetivo/colectivo acompañado de mejoras indemnizatorias consensuadas. La clave es que el acuerdo debe respetar siempre los derechos mínimos de carácter imperativo que fija la ley.

Para que un despido por acuerdo sea legal, es esencial que la voluntad del trabajador sea realmente libre y consciente, que conozca sus derechos, que no exista coacción ni engaño y que las condiciones queden por escrito de forma clara. Es muy recomendable que cuente con asesoramiento profesional (abogado laboralista, graduado social) antes de firmar, especialmente cuando el acuerdo implica renuncias importantes.

En muchos acuerdos de este tipo se incluye una cláusula donde el trabajador renuncia a impugnar el despido o a reclamar cantidades adicionales más adelante. Aunque esas renuncias tienen límites (no pueden suprimir derechos indisponibles), en la práctica suponen que, una vez cobrada la indemnización pactada, será muy difícil volver atrás salvo que se demuestre fraude, engaño o vulneración de derechos fundamentales.

Un punto especialmente delicado es el acceso a la prestación por desempleo. Pactar un despido con el único fin de simular una causa y cobrar el paro es un fraude a la Seguridad Social. Si el SEPE detecta que existe connivencia entre empresa y trabajador para generar artificialmente la situación legal de desempleo, puede sancionar a ambos, exigir la devolución de las cantidades cobradas e imponer multas importantes.

Cómo puede beneficiar el despido pactado al trabajador

Desde la óptica del asalariado, un despido por acuerdo bien negociado puede convertirse en una salida digna y ventajosa de la empresa. Frente a un despido disciplinario, que deja un estigma y puede complicar futuras referencias, un pacto con reconocimiento de improcedencia o un mutuo acuerdo con buenas condiciones transmite una imagen de cierre profesional de la relación laboral.

En el plano económico, el trabajador puede lograr indemnizaciones superiores a las mínimas legales, sobre todo cuando la empresa quiere evitar riesgos en juicio o preservar su reputación. En ocasiones se incluyen también otros beneficios: ampliación de seguro médico durante unos meses, outplacement o servicios de recolocación, cursos de formación o mantenimiento temporal de ciertos beneficios sociales.

Además, el hecho de encauzar la salida por acuerdo reduce la carga emocional. El trabajador no se encuentra con un despido fulminante e inesperado, sino con un proceso más previsible y controlado, en el que puede negociar plazos, preaviso y condiciones. Esto ayuda a gestionar mejor la transición profesional y personal.

Eso sí, aceptar un despido pactado significa generalmente renunciar a pelear en juzgado por posibles vulneraciones de derechos o por una calificación de nulidad más beneficiosa. Por eso es tan importante valorar con calma si lo que se ofrece realmente compensa, especialmente cuando se está protegido por alguna causa (embarazo, reducción de jornada por cuidado de hijos, situaciones de discriminación, etc.).

Ventajas y riesgos del despido pactado para la empresa

Para la compañía, recurrir a un despido por acuerdo puede ser una herramienta estratégica para evitar pleitos largos y costosos. Un procedimiento judicial de despido consume tiempo, recursos, genera incertidumbre sobre el resultado y, en algunos casos, daña la imagen pública de la entidad, sobre todo si se ventilan conflictos de discriminación, acoso o vulneración de derechos fundamentales.

Mediante un pacto, la empresa puede fijar de antemano el coste total de la salida, diseñar un calendario de extinciones más ordenado y preservar mejor el clima interno, evitando escenas traumáticas o rumores continuos. También puede introducir cláusulas que le interesen, como acuerdos de confidencialidad, no competencia o no captación de clientes y empleados.

Sin embargo, si la organización abusa de estos acuerdos o los gestiona con poca prudencia, puede dar la impresión de que es fácil negociar salidas ventajosas. Esto puede incentivar a otros trabajadores insatisfechos a pedir pactos similares, elevando de forma significativa el coste laboral de las reestructuraciones o rotaciones.

Además, cualquier pacto debe respetar las normas de derecho necesario. Un despido por mutuo acuerdo mal documentado, sin causas reales, que se perciba como una maniobra para eludir un despido colectivo o para sortear protecciones especiales, puede ser calificado como fraudulento o nulo por los tribunales. Es fundamental que el contenido del acuerdo se ajuste a la legislación sobre despidos objetivos, colectivos, disciplinarios e improcedentes, y que la empresa documente correctamente su decisión.

¿Es legal el despido pactado? Requisitos básicos

La extinción de un contrato por acuerdo de las partes es legal siempre que se cumplan una serie de requisitos. El primero, y más importante, es la voluntariedad real del trabajador. No basta con una firma en un papel si detrás hay amenazas, engaños o una presión desproporcionada que anula la libertad de decisión.

En segundo lugar, el trabajador debe tener conocimiento suficiente de sus derechos. Esto implica que la empresa le facilite el texto por escrito con tiempo razonable para estudiarlo, y que se le permita acudir asesorado a la firma si lo desea. En colectivos especialmente protegidos (por ejemplo, mayores de cierta edad, embarazadas, representantes legales) la prudencia debe ser máxima.

El acuerdo tiene que formalizarse siempre por escrito, indicando con claridad la fecha de extinción, el salario de referencia, el tipo de despido que se reconoce (objetivo, disciplinario con improcedencia reconocida, mutuo acuerdo) y el detalle de la indemnización y del resto de beneficios o compromisos de ambas partes.

Por último, el pacto no puede utilizarse para blanquear situaciones de fraude de ley, como rehuir un despido colectivo haciendo una sucesión de despidos objetivos o pactados por debajo de los umbrales numéricos que obligan a tramitar un ERE. En esos casos, si los trabajadores impugnan, los tribunales pueden declarar los despidos nulos de pleno derecho.

Tipos de despido en España y su relación con la indemnización

Para entender bien cómo funciona la indemnización por despido por acuerdo es imprescindible conocer los tipos de despido previstos en el ordenamiento laboral español y las consecuencias económicas que conlleva cada uno. A grandes rasgos, la empresa puede extinguir el contrato mediante despido objetivo, disciplinario o colectivo, y estos pueden ser calificados después como procedentes, improcedentes o nulos.

El despido por mutuo acuerdo, como figura específica, no tiene una indemnización tasada en la ley, pero en la práctica se utiliza muchas veces una referencia a los días por año de las distintas modalidades: 20 días por año en el objetivo, 33 (y en su día 45) en el improcedente. Veremos a continuación cada clase con más detalle y cómo encajan en una estrategia de despido pactado.

También hay que recordar que existen otras formas de extinción que llevan aparejada indemnización: finalización de contrato temporal, resolución por modificación sustancial de condiciones, extinción por muerte, incapacidad o jubilación del empresario, fuerza mayor, etc. Todas ellas pueden coincidir temporalmente con acuerdos entre empresa y trabajador sobre cuantías superiores a las legales.

Despido objetivo: causas, procedimiento e indemnización

El despido objetivo se utiliza cuando concurren causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o cuando se dan determinadas circunstancias vinculadas al propio trabajador (ineptitud, falta de adaptación, ausencias justificadas pero intermitentes dentro de ciertos límites). Está regulado en los artículos 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores.

Las causas imputables a la empresa incluyen, entre otras, la existencia de pérdidas actuales o previstas, la caída de ingresos o ventas durante dos trimestres consecutivos en comparación con el año anterior, cambios en los medios de producción, en los sistemas de trabajo o en la organización de la producción, así como variaciones relevantes en la demanda de los productos o servicios que se ofrecen.

Las causas imputables al trabajador (aunque no sean culpa suya en sentido moral) abarcan la ineptitud conocida o sobrevenida para el puesto, la falta de adaptación a cambios técnicos tras haber recibido la formación adecuada y haber transcurrido un plazo mínimo de dos meses, o el absentismo justificado pero reiterado que supere determinados porcentajes sobre las jornadas hábiles en periodos concretos.

En este tipo de despido, la indemnización legal mínima es de 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. La empresa debe entregar carta de despido detallando las causas, respetar un preaviso de 15 días (o pagar esos días si no se cumple) y poner a disposición del trabajador la indemnización simultáneamente a la comunicación, salvo contadas excepciones justificadas.

En un despido por acuerdo, muchas empresas optan por encauzar la salida formalmente como despido objetivo, pero pactando mejoras sobre esta indemnización mínima o incluso reconociendo la improcedencia desde el inicio para elevar el coste por encima de esos 20 días por año, a cambio de paz social y renuncia a impugnaciones.

Despido disciplinario: cuándo procede y qué indemnización tiene

El despido disciplinario se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. El artículo 54 del Estatuto, completado por los convenios colectivos, enumera las causas más habituales: faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, desobediencia, transgresión de la buena fe contractual, ofensas verbales o físicas, disminución voluntaria y continuada del rendimiento, embriaguez o drogadicción que afecten al trabajo y conductas de acoso.

En términos económicos, este despido no da derecho a indemnización. El trabajador sí tiene derecho al finiquito (salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, pagas extra proporcionales y cualquier otra cantidad debida), además de poder acceder a la prestación por desempleo si cumple los requisitos de cotización, pero no existe un pago adicional por la mera extinción.

Precisamente por esa ausencia de indemnización, y por no exigir preaviso, algunas empresas utilizan el despido disciplinario como vía de salida rápida para romper la relación. El problema llega cuando el trabajador impugna y logra que el juez lo declare improcedente por considerar que no se ha acreditado la causa o que ha habido defectos formales.

En un despido por acuerdo, es frecuente que la empresa plantee un disciplinario pero reconozca por escrito de entrada su improcedencia, ofreciendo al trabajador la indemnización que le correspondería (33/45 días por año) y, a cambio, la renuncia a seguir litigando. Otra variante es reconocer la improcedencia en el acto de conciliación, lo que históricamente ha tenido ventajas fiscales para la indemnización.

Despido colectivo (ERE de extinción) y salidas negociadas

Cuando la empresa necesita extinguir un número elevado de contratos, entra en juego el despido colectivo o ERE de extinción, regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. Se habla de ERE cuando, en un periodo de 90 días, los ceses por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción afectan al menos a 10 trabajadores en empresas de menos de 100 empleados, al 10 % de la plantilla en empresas de 100 a 300 o a 30 trabajadores en compañías de más de 300.

También se considera despido colectivo cuando se extinguen todos los contratos de la plantilla, siempre que haya más de cinco personas afectadas. En este contexto, la empresa tiene que abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, aportar documentación económica, técnica y organizativa, negociar un plan para minimizar despidos y comunicar el proceso a la autoridad laboral.

Durante ese periodo de consultas, es muy habitual que se negocien indemnizaciones superiores a las legales de 20 días por año (máximo 12 mensualidades), así como medidas de acompañamiento: recolocaciones, excedencias especiales, prejubilaciones, etc. Cada caso se concreta mediante acuerdos colectivos, que luego se aplican individualmente a los afectados.

Cuando una empresa intenta trocear despidos objetivos o pactados en distintos periodos de tiempo para esquivar los umbrales que obligan a tramitar un ERE, los tribunales pueden entender que hay fraude de ley. Si se acredita que las causas son las mismas y que la fragmentación busca evitar el procedimiento colectivo, los despidos pueden ser declarados nulos, con la obligación de readmitir y pagar salarios de tramitación.

Calificación judicial del despido: procedente, improcedente o nulo

Cuando un trabajador impugna su despido, el juez puede calificarlo como procedente, improcedente o nulo. La calificación tiene repercusiones directas en la indemnización y en las opciones que se abren para cada parte.

El despido procedente es aquel en el que se demuestra que existían causas legales suficientes y que el empresario respetó los requisitos formales. Si el despido era disciplinario, no hay indemnización, solo finiquito. Si era objetivo, procede la indemnización de 20 días por año con el límite de 12 mensualidades, siempre que se hubiera reconocido y abonado correctamente.

El despido improcedente aparece cuando no se acredita la causa o se vulneran los requisitos de forma sustancial (por ejemplo, una carta demasiado genérica, ausencia de entrega de indemnización en despido objetivo, etc.). En esos casos, el empresario debe optar entre readmitir al trabajador con pago de salarios de tramitación o extinguir definitivamente el contrato abonando la indemnización correspondiente.

La nulidad se reserva para supuestos de discriminación o vulneración de derechos fundamentales, así como para algunos colectivos especialmente protegidos (por ejemplo, despidos por embarazo sin causa objetiva, represalias por ejercer la representación legal, vulneración de garantías sindicales, etc.). El efecto principal es la readmisión inmediata del trabajador con abono de todos los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la reincorporación.

En el marco de un despido por acuerdo, empresa y trabajador suelen buscar fórmulas para evitar el juicio y los riesgos de una calificación de nulidad, que puede salir mucho más cara a la empresa. De ahí que se ofrezcan indemnizaciones más altas a cambio de cerrar el conflicto de forma extrajudicial.

Cuantías legales de indemnización por despido

El Estatuto de los Trabajadores fija de forma tasada las indemnizaciones mínimas en diversos supuestos de extinción. Para el despido objetivo y el colectivo, como hemos visto, la regla general es de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año y considerando cada fracción de mes como un mes completo.

Cuando el despido es declarado improcedente, la indemnización estándar para contratos firmados desde el 12 de febrero de 2012 en adelante es de 33 días de salario por año, con un tope de 24 mensualidades (720 días). Para la antigüedad generada antes de esa fecha, se aplican 45 días por año con el límite de 42 mensualidades, respetando la coexistencia de ambos tramos en contratos previos a la reforma de 2012.

Estas indemnizaciones son, en principio, exhaustivas y cerradas: el legislador presume que la pérdida del empleo causa un daño que queda compensado por esos días por año, sin necesidad de probar perjuicios concretos ni lucro cesante. Incluso si el trabajador acredita daños superiores, en teoría no procede una indemnización adicional salvo en casos muy específicos (despidos nulos por vulneración de derechos fundamentales, indemnización por no readmisión, etc.).

No obstante, es perfectamente posible que convenio colectivo o contrato de trabajo fijen mejoras indemnizatorias, ya sea de forma general para una categoría de trabajadores o mediante cláusulas de blindaje individual. Lo mismo sucede en muchos despidos colectivos, donde empresa y sindicatos pactan importes por encima de los 20 días legales, con escalados en función de la antigüedad, la edad o la situación personal.

Indemnización adicional en caso de despido nulo y por no readmisión

En el caso de despidos nulos por vulneración de derechos fundamentales o discriminación, además de la readmisión y los salarios de tramitación, el trabajador puede reclamar una indemnización complementaria por daños morales y perjuicios adicionales. Los tribunales suelen utilizar como referencia las sanciones de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), graduando el importe en función de la gravedad del daño, la duración de la conducta, la antigüedad del empleado y el contexto concreto.

Por otro lado, cuando una sentencia firme declara un despido improcedente y el empresario no materializa la readmisión a la que había optado, o la realiza de forma irregular, el trabajador puede promover un incidente de no readmisión. En ese auto, el juez puede extinguir la relación laboral y fijar una indemnización adicional de hasta 15 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, computando el tiempo transcurrido hasta la fecha del auto.

Esta indemnización por no readmisión no se aplica de forma automática: es necesario acreditar un perjuicio mayor al que ya compensa la indemnización ordinaria, y el trabajador debe solicitarla expresamente en el incidente de ejecución de sentencia.

Aunque estas figuras no se confunden con el despido por acuerdo, sí muestran que el sistema español contempla, en ciertos casos, indemnizaciones más allá del baremo general. Esto resulta relevante cuando se negocian pactos de salida, ya que la empresa puede ofrecer un importe equiparable a lo que previsiblemente podría fijar un juez en caso de que se apreciara una vulneración de derechos.

Indemnización adicional en despidos improcedentes: la doctrina en disputa

En los últimos años, algunos Tribunales Superiores de Justicia han empezado a admitir, con carácter excepcional, la posibilidad de fijar una indemnización complementaria en casos de despido improcedente, más allá de los 33/45 días por año, cuando la cantidad legal sea manifiestamente insuficiente y no tenga efecto disuasorio para la empresa.

Esta línea sostiene que, cuando la indemnización tasada resulta exigua (por ejemplo, menos de una mensualidad), y el despido se produce sin causa real o mediante abuso de derecho que genera perjuicios muy intensos al trabajador (por ejemplo, renuncia a un empleo estable para aceptar un contrato temporal que se frustra al mes), la aplicación estricta del baremo español vulneraría la Carta Social Europea Revisada y el Convenio 158 de la OIT, que exigen una reparación adecuada y una sanción con efecto disuasorio para el empleador.

En estos casos, los tribunales que admiten la compensación adicional exigen que el trabajador detalle en su demanda la base de la reclamación: daños económicos concretos (alquileres, gastos de traslado, pérdida de otra oportunidad laboral, falta de cotización para prestaciones) y daño moral acreditado. No se reconoce la indemnización extra de oficio, ni se permite reclamarla posteriormente en un procedimiento separado de cantidad.

Sin embargo, otros Tribunales Superiores rechazan frontalmente esta posibilidad, defendiendo que el sistema español de indemnización tasada ya ha sido declarado constitucional y compatible con el Convenio 158 por el Tribunal Constitucional, y que la Carta Social Europea no tiene efecto directo pleno en nuestro ordenamiento. Para esta corriente, introducir de forma generalizada indemnizaciones complementarias equivaldría a reescribir la ley desde los tribunales.

Este choque de criterios se ha visto reforzado tras una decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), que ha considerado que los topes de la indemnización por despido improcedente en España no garantizan en todos los casos una compensación adecuada ni suficientemente disuasoria, y que el recurso a la indemnización adicional se limita a supuestos muy excepcionales. Aunque esta decisión no es jurídicamente vinculante en sentido estricto, está influyendo en la discusión doctrinal y podría motivar cambios legislativos en el futuro.

Indemnización por finalización de contratos temporales y otras extinciones

Más allá de los despidos, la ley también prevé indemnización cuando se extinguen contratos temporales. Con la reforma laboral, la finalización de contratos por circunstancias de la producción da derecho a una compensación de 12 días de salario por año de servicio, o la que marque una normativa específica si mejora esa cifra.

Este importe se suma a otras indemnizaciones por extinción no disciplinaria, como las que se generan por resolución del contrato a instancia del trabajador ante incumplimientos graves del empresario, la extinción por modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que el empleado no acepta, o la desaparición de la personalidad jurídica del empleador.

En el marco de un despido por acuerdo, es frecuente que las partes utilicen estas cuantías legales como punto de partida, pero que finalmente cierren cifras superiores a través de la negociación, en función de la antigüedad, el salario, la posición del trabajador y el riesgo de litigios.

Aspectos prácticos del cálculo de indemnizaciones

Calcular correctamente una indemnización por despido —sea por acuerdo, objetivo, disciplinario improcedente o colectivo— exige tener claro el salario regulador, la antigüedad exacta y el tipo de despido. El Consejo General del Poder Judicial ofrece una herramienta de cálculo oficial en la que, introduciendo fecha de inicio, fecha de fin y salario (diario, mensual o anual) se obtiene una estimación orientativa de la indemnización según las distintas causas de extinción. Sus resultados no son vinculantes, pero aportan seguridad jurídica.

Además, existen numerosas calculadoras privadas y profesionales en línea que permiten estimar: indemnización por despido improcedente, despido objetivo, despido colectivo, extinción por modificación sustancial, fuerza mayor, fin de obra o servicio, muerte del trabajador o del empresario, contratos de fomento de empleo, contratos de emprendedores, etc. Aunque son útiles como primera aproximación, lo prudente es revisar después el cálculo con un profesional si la cuantía es elevada o el caso complejo.

En el terreno fiscal, la regla general es que las indemnizaciones por despido que no superen los límites legales establecidos para el despido improcedente están exentas de IRPF, siempre que la improcedencia no se haya pactado en fraude de ley. Por eso, el reconocimiento de la improcedencia en el acto de conciliación ante el servicio de mediación y arbitraje ha tenido importancia: refuerza la apariencia de conflicto real y de decisión no prediseñada.

En cualquier caso, si en un despido por acuerdo se pactan cuantías muy superiores a las legales, o se estructura la salida con apariencia de conflicto ficticio, Hacienda puede entender que parte de la cantidad es salario encubierto o renta sujeta a gravamen. Por ello, el diseño de la operación debe hacerse con asesoramiento fiscal además de laboral.

Acuerdos de indemnización por despido y renuncia a acciones

En muchas ocasiones, el despido por acuerdo se formaliza a través de un acuerdo de finiquito e indemnización en el que el trabajador declara haber recibido las cantidades adeudadas por cualquier concepto y renuncia a entablar reclamaciones futuras contra la empresa en relación con la relación laboral extinguida.

En el ámbito español, estas renuncias tienen límites: no pueden suprimir derechos que el trabajador aún no ha generado o que son indisponibles, ni pueden encubrir vulneraciones de derechos fundamentales. Sin embargo, a efectos prácticos, reducen mucho el margen para pleitos posteriores, siempre que no se acredite vicio del consentimiento o fraude.

En otros ordenamientos, como se ve en ejemplos de Estados Unidos, estos acuerdos de indemnización por despido suelen ser mucho más amplios, incluyendo cláusulas exhaustivas de renuncia a demandas por despido improcedente, discriminación, acoso, reclamaciones salariales, etc., a cambio de paquetes de compensación que pueden ser significativos. Aunque no es trasladable directamente a España, sirve para entender por qué las empresas valoran tanto estos instrumentos.

Para el trabajador, firmar un acuerdo de este tipo sin entender bien a qué derechos está renunciando puede ser un error grave, especialmente si hay indicios sólidos de despido represalia, discriminación o acoso. En esos casos, la estrategia adecuada puede ser rechazar el acuerdo y optar por la vía judicial, o negociar un paquete muy superior que compense verdaderamente la renuncia.

Aspectos emocionales, organizativos y de gestión de despidos

Desde el punto de vista de recursos humanos, los despidos —pactados o no— son siempre una situación delicada y desagradable. Quien comunica la decisión tiene que saber gestionar emociones, explicar las razones con claridad, evitar humillaciones y respetar la dignidad del trabajador hasta el último día.

Un procedimiento de despido mal llevado puede causar un daño enorme en el clima laboral y la reputación interna de la empresa, favoreciendo la desconfianza y el miedo. Por el contrario, una política transparente, que conozca bien los tipos de despido, los requisitos legales, las indemnizaciones adecuadas y las alternativas de recolocación, transmite seriedad y respeto incluso cuando hay que tomar decisiones duras.

Para el trabajador, afrontar un despido pactado implica también gestionar sus propias expectativas y emociones. Aunque recibir una indemnización pueda parecer un alivio económico, es fundamental no precipitarse al firmar, valorar las consecuencias profesionales (por ejemplo, saltar al paro sin tener otra oferta en firme) y considerar el impacto en la trayectoria a medio y largo plazo.

En definitiva, la indemnización por despido por acuerdo se sitúa en un punto intermedio entre la frialdad de los baremos legales y la flexibilidad de la negociación individual. Utilizada con cabeza, permite a empresa y trabajador separar sus caminos con menos daño, siempre que se respeten los mínimos legales, se evite el fraude y se preste atención tanto a los números como a las personas implicadas.


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La marca de distribuidor ya pesa la mitad de la cesta en Europa

Cuota marca de distribuidor en Europa

La marca de distribuidor se ha consolidado como protagonista de la cesta de la compra europea. Por primera vez, los productos de retailer concentran la mitad de las unidades vendidas de gran consumo en los seis mayores mercados de Europa, un hito que confirma el cambio de hábitos de los hogares ante el encarecimiento del coste de la vida.

Este avance, detallado en el último análisis de Circana sobre el mercado FMCG europeo, se explica por una combinación de factores: presión inflacionista, consumidores más sensibles al precio, mejora de la calidad de las marcas de distribuidor, auge del comercio online y un uso cada vez más intensivo de la inteligencia artificial en los procesos de compra.

La marca de distribuidor alcanza el 50% de las unidades en Europa

Según los datos de Circana, la marca de distribuidor ya supone el 50% de las unidades vendidas en Francia, Alemania, Italia, Países Bajos, España y Reino Unido. Es decir, uno de cada dos productos de gran consumo que salen del lineal en estos mercados corresponde a la marca propia de un retailer.

El estudio, basado en las ventas de millones de SKUs en más de 230 categorías de productos de gran consumo, muestra que la cuota en unidades de la marca de distribuidor ha crecido cada año desde 2021, acumulando un aumento superior a tres puntos porcentuales y con previsión de seguir al alza durante este año.

Este crecimiento no es puntual ni coyuntural. Circana subraya que la marca de distribuidor lleva al menos una década consolidándose como alternativa reconocida y fiable, perdiendo el estigma de opción de menor calidad para situarse en el centro de la decisión de compra de millones de hogares europeos.

La consultora destaca que el salto al 50% de cuota en unidades se produce en un entorno en el que llenar una cesta de la compra estándar cuesta hoy prácticamente lo mismo que una cesta considerada premium hace un año, obligando a muchos consumidores a ajustar al máximo sus elecciones.

España y Países Bajos, a la cabeza en cuota de marca de distribuidor

Dentro de los seis grandes mercados analizados, España lidera la penetración de la marca de distribuidor. En el mercado español, estos productos ya representan el 59% de las unidades de gran consumo vendidas, el nivel más alto de Europa.

Justo por detrás se sitúan Países Bajos, con un 56% de las unidades, un país donde el modelo de supermercado de surtido corto está muy asentado y ha favorecido la rápida expansión de las marcas propias.

En el caso de Reino Unido y Alemania, la marca de distribuidor alcanza el 52% de las unidades, mostrando también una fuerte penetración en dos mercados muy competitivos y maduros. Francia se sitúa en el 46% e Italia en el 36%, lo que confirma que, aunque con ritmos distintos, el fenómeno está extendido por todo el continente.

En términos de valor, la marca de distribuidor supone ya el 42% del total de las ventas en estos seis mercados, con un volumen estimado de 324.000 millones de euros. Por países, la cuota en valor se sitúa en torno al 31% en Italia, el 36% en Francia, el 44% en Alemania y Reino Unido, el 52% en España y el 55% en Países Bajos.

Por qué los consumidores se pasan a la marca de distribuidor

El informe de Circana apunta a varios motivos que explican este cambio. El más evidente es la presión del coste de la vida en Europa, que empuja a los hogares a buscar opciones más asequibles sin renunciar a cubrir las mismas necesidades básicas.

En este contexto, los retailers han logrado un equilibrio clave: precios bajos y calidad elevada. Las marcas de distribuidor han dejado de ser sinónimo de producto básico y han ampliado su oferta hacia gamas premium, opciones saludables, propuestas ricas en proteína y referencias alineadas con nuevas tendencias de estilo de vida.

El surtido de marca propia en muchos supermercados abarca desde productos esenciales muy económicos hasta caprichos gourmet, artículos funcionales y lanzamientos innovadores, lo que permite al consumidor configurar su cesta combinando ahorro y aspiración sin salir de la misma enseña.

Además, las cadenas de distribución han intensificado su actividad en redes sociales, orientando contenidos específicos a públicos más jóvenes y menos fieles a las grandes marcas de fabricante. Plataformas como TikTok Shop y otras fórmulas de venta digital están ayudando a visibilizar las marcas propias y a normalizar su consumo entre nuevas generaciones.

El papel del comercio online y la inteligencia artificial

El auge de la compra online y de los entornos de compra impulsados por IA añade una capa adicional a esta transformación. Los sistemas de recomendación y los comparadores automáticos tienden a priorizar productos que resuelven la misma necesidad a un precio más bajo, lo que favorece a la marca de distribuidor frente a muchos fabricantes.

Según Circana, los algoritmos que ordenan los resultados en las plataformas de ecommerce y las aplicaciones de los retailers ponen el foco en la relación calidad-precio y en la funcionalidad, reduciendo el peso del reconocimiento de marca tradicional en la decisión de compra.

Esta dinámica se ve reforzada por el crecimiento del volumen de pedidos digitales en toda Europa. A medida que aumenta el peso del canal online, se incrementa la exposición del consumidor a las marcas de distribuidor en entornos donde es más fácil comparar precios, ingredientes y prestaciones de forma rápida y objetiva.

En este escenario, la consultora advierte de que las marcas de fabricante tendrán que apoyarse en algo más que su nombre histórico o grandes descuentos para mantener su cuota, desarrollando propuestas de valor diferenciadas que vayan más allá del simple precio.

Inflación, tensiones geopolíticas y perspectivas a corto plazo

El contexto macroeconómico también juega un papel relevante. El informe señala que, aunque las marcas de fabricante han recuperado parte de sus compradores en algunos segmentos y han logrado contener en cierta medida el avance de la marca de distribuidor, el escenario sigue siendo muy frágil.

Las tensiones en Oriente Medio y el conflicto en Irán están elevando los costes de fertilizantes, transporte, distribución e ingredientes, lo que podría trasladarse a los precios finales y reavivar la presión sobre el bolsillo de los consumidores en la segunda mitad del año.

Circana anticipa que esta nueva vuelta de tuerca en la crisis del coste de la vida podría impulsar de nuevo el peso de la marca de distribuidor en la cesta de la compra, a medida que los hogares busquen margen de ahorro en cada visita al supermercado.

En palabras de sus analistas, los consumidores más sensibles al precio se ven forzados a tomar decisiones complicadas sobre qué productos priorizar, y en ese proceso la marca de distribuidor se posiciona como una opción “lógica” para mantener el nivel de consumo habitual reduciendo la factura final.

Guerra de precios, promociones y presión sobre los márgenes

El avance de la marca de distribuidor se produce en plena guerra de precios en el gran consumo europeo. El estudio de Circana muestra que se han intensificado las promociones en el lineal, los descuentos para clientes fidelizados y las estrategias de price-match entre enseñas.

Sin embargo, esta batalla no afecta a todos por igual. En los seis principales mercados analizados, alrededor del 34% de las unidades de marcas de fabricante se vendieron bajo algún tipo de promoción, frente a solo un 14% de las unidades de marca de distribuidor.

Esta diferencia ilustra cómo las grandes marcas están recurriendo de forma masiva a las ofertas para defender cuota de mercado, mientras que las enseñas de distribución apoyan su competitividad sobre todo en el precio base y en una propuesta de valor más estable a lo largo del tiempo.

Circana advierte de que “saturar el mercado de promociones” no es una estrategia sostenible a largo plazo para los fabricantes, cuyos márgenes ya están muy presionados por el incremento de costes. La consultora recomienda profundizar en el análisis de datos de shopper, programas de fidelización y políticas de precios más afinadas para competir de forma eficaz.

Alimentación y bebidas, el motor del crecimiento

Por categorías, el gran impulso de la marca de distribuidor procede del segmento de alimentación y bebidas. El informe identifica un desempeño especialmente fuerte en platos preparados, productos de snacking, bebidas y lácteos, donde las marcas propias han sabido cubrir desde las necesidades básicas hasta nichos más especializados.

El agua envasada destaca como una de las categorías donde la marca de distribuidor ha experimentado un crecimiento más notable, apoyándose en precios competitivos, campañas promocionales intensivas, lanzamientos en edición limitada y una segmentación del consumidor cada vez más precisa.

En paralelo, las referencias de marca propia se han reforzado en gamas asociadas a salud y bienestar, con productos bajos en azúcar, ricos en proteína, ecológicos o con formulaciones adaptadas a diferentes estilos de vida, lo que les permite competir directamente con fabricantes especializados.

Por el contrario, las categorías non-food de gran consumo siguen siendo el terreno donde las marcas de fabricante mantienen mayor ventaja. En muchos de estos segmentos, las marcas de distribuidor avanzan de forma más lenta y se enfrentan a una fuerte lealtad de los consumidores hacia enseñas históricas y percibidas como más técnicas.

El panorama que dibuja Circana es el de un mercado europeo en plena transformación, en el que la marca de distribuidor ha pasado de ser una alternativa secundaria a convertirse en la opción mayoritaria en volumen y en una parte muy significativa del valor total de las ventas. Con España y Países Bajos marcando el ritmo, la combinación de precios ajustados, mejora de la calidad, innovación, digitalización de la compra y presión económica apunta a que el protagonismo de las marcas propias seguirá ampliándose en los próximos años, obligando a las marcas de fabricante a replantearse a fondo su manera de competir.


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Centinel capta 1,2 millones para revolucionar la contabilidad de grandes empresas con IA

Plataforma de IA para contabilidad de grandes empresas

La startup hispano-argentina Centinel ha cerrado una ronda de financiación pre-seed de 1,2 millones de euros con el objetivo de avanzar en la automatización contable de grandes compañías mediante inteligencia artificial. La operación llega apenas unos meses después de su lanzamiento, en enero de 2026, y confirma el interés inversor por las soluciones de IA aplicadas al backoffice financiero.

Impulsada desde Madrid por un equipo fundador con trayectoria en consultoría estratégica, grandes tecnológicas y ecosistema de desarrolladores, la compañía se ha propuesto atacar un problema clásico de las corporaciones: cierres contables largos, procesos manuales dispersos y un riesgo elevado de errores cuando el volumen de operaciones se dispara.

Una ronda pre-seed de 1,2 millones para acelerar el crecimiento

Ronda de financiación para startup de inteligencia artificial

Centinel ha levantado 1,2 millones de euros en una ronda presemilla en la que han participado los fondos Boost Capital Partners, Lanai VC y Abac Capital, junto con varios business angels vinculados al ecosistema tecnológico europeo. Se trata de una fase temprana de financiación que llega tan solo dos meses después de que la plataforma se hiciera pública.

La operación sitúa a la compañía en la estela de otras startups de IA contable que están captando grandes volúmenes de inversión en Estados Unidos, como Rillet, Campfire o Maxima. Según la dirección de Centinel, el movimiento anticipa un proceso de consolidación similar en el mercado europeo en los próximos años, donde aspiran a jugar un papel relevante.

Los inversores ponen el foco en que la solución no solo reduce costes operativos, sino que permite a los equipos financieros reorientar parte de su trabajo hacia tareas analíticas y de mayor valor añadido. Desde Boost Capital Partners resumen su tesis explicando que la IA ya ha demostrado su eficacia en tareas repetitivas y que ahora toca llevarla al núcleo del backoffice financiero.

Además del capital, la entrada de fondos y business angels especializados aporta a Centinel una red de contactos y experiencia sectorial que puede acelerar su despliegue en grandes corporaciones europeas y en multinacionales con operaciones en distintos países.

Quién está detrás de Centinel y qué problema quiere resolver

Equipo fundador de startup de IA contable

Centinel es un proyecto nacido en Madrid e impulsado por un equipo fundador con perfiles complementarios: Tomás Clark, ex consultor de McKinsey; Alan Donaldson, con experiencia previa en Amazon; y Tomás Piaggio, integrante de la red Google Developer Experts. La combinación de know-how en consultoría, tecnología a gran escala y desarrollo avanzado de software ha dado lugar a una propuesta que apunta de forma específica a las grandes empresas.

La compañía se define como la primera plataforma española de IA para contabilidad creada con foco exclusivo en organizaciones de gran tamaño y con vocación de operar en el mercado global. No está pensada para la pyme estándar, sino para grupos empresariales con un elevado volumen de transacciones, estructuras complejas y múltiples filiales.

El problema que buscan atajar es bien conocido por cualquier departamento financiero grande: el ERP refleja el asiento contable final, pero gran parte de la información previa se dispersa en hojas de cálculo, correos y herramientas aisladas. Detalles de facturas, contratos, aprobaciones internas o decisiones de clasificación contable suelen quedar fuera de un sistema centralizado.

A juicio de Clark, ahí reside una parte importante del cuello de botella. La plataforma de Centinel no pretende reemplazar el ERP, sino añadir una capa de inteligencia que capture y estructure todo ese contexto financiero, permitiendo que muchos procesos de cierre puedan ejecutarse de forma automatizada y trazable.

Cómo funciona la plataforma: colaboración humano-IA en el cierre contable

Automatización del cierre contable con inteligencia artificial

El planteamiento técnico de Centinel se basa en un modelo de colaboración estrecha entre equipos humanos y agentes de inteligencia artificial. La solución se conecta con los sistemas críticos de cada compañía —ERP, bancos, herramientas de compras y otros aplicativos internos— y aprende a partir de cómo trabaja el equipo contable en su día a día.

Con esa información, la plataforma construye una base de conocimiento financiero específica para cada cliente, lo que los fundadores describen como una especie de “constitución financiera” de la empresa. Sobre ese repositorio estructurado se diseñan agentes de IA a medida que se encargan de procesos concretos.

Entre las tareas que estos agentes automatizan destacan la contabilización de facturas, la gestión de órdenes de compra, la generación de provisiones, la conciliación bancaria y buena parte de la auditoría contable recurrente. El flujo de trabajo sigue un esquema en el que la plataforma ejecuta las operaciones y el equipo de finanzas se centra en revisar, validar y ajustar cuando es necesario.

La compañía insiste en que no compite con los grandes sistemas de planificación de recursos empresariales, sino que opera como una capa adicional que se apoya en los datos que ya existen en esos entornos. La clave, explican, es capturar también la lógica de negocio, las decisiones históricas y las casuísticas particulares de cada organización, algo que los ERP tradicionales no recogen de forma completa.

Desde el punto de vista tecnológico, la eficacia de los agentes de IA depende directamente de la calidad y estructura de los datos financieros que se alimentan en la plataforma. La visión a medio plazo de la startup pasa por exponer esa capa de datos —estructurada, auditable y preparada para cumplir requisitos de cumplimiento normativo— a través de API, de forma que otros sistemas y agentes puedan consultarla.

Impacto en tiempos, errores y forma de trabajar de los equipos financieros

Uno de los argumentos centrales de Centinel es la mejora en eficiencia. Según cifras internas compartidas por la compañía, el uso de la plataforma permite reducir entre un 80% y un 90% el esfuerzo dedicado al ciclo de cierre contable, un proceso que en muchas grandes empresas consume cientos de horas al mes.

Más allá del ahorro de tiempo, la solución introduce una capa de auditoría continua que revisa de forma automática las operaciones y alerta sobre posibles errores o incoherencias antes de cerrar los libros. En contextos con mucho volumen de transacciones y plazos ajustados, los fundadores subrayan que la automatización ayuda a minimizar fallos que, de otro modo, serían casi inevitables.

Los inversores que han entrado en la ronda destacan también el cambio en el tipo de trabajo que pueden realizar los equipos de contabilidad. Al delegar en la IA las tareas más repetitivas e intensivas en tiempo, los profesionales pueden dedicar más recursos a análisis, planificación y apoyo al negocio, en lugar de concentrarse casi en exclusiva en registrar y reconciliar datos.

La compañía insiste en que el objetivo no es sustituir a los departamentos financieros, sino dotarlos de herramientas para ganar velocidad, precisión y capacidad de respuesta. De hecho, el modelo de colaboración humano-IA se apoya en la validación constante por parte de las personas responsables de las cuentas, que mantienen la última palabra sobre las decisiones contables.

A largo plazo, la estructura de datos financieros que construye Centinel aspira a ir más allá de finanzas y contabilidad. La empresa prevé que cualquier área de la organización pueda consultar y utilizar esa información estructurada para alimentar otros sistemas y agentes inteligentes que necesiten contexto económico para tomar decisiones.

Enfoque en grandes empresas y expansión internacional temprana

Desde el inicio, Centinel ha optado por dirigirse de forma exclusiva a grandes corporaciones y grupos empresariales. Según Tomás Clark, son estas organizaciones las que concentran el volumen, la complejidad y la variedad de casos de uso que justifican una plataforma a medida, capaz de adaptarse a distintos modelos operativos y marcos regulatorios.

A pesar de su corta trayectoria, la compañía ya trabaja con clientes en España y Francia, entre los que se encuentran unicornios y empresas participadas por fondos de private equity. La plataforma también da servicio a las filiales de estas organizaciones en Estados Unidos y América Latina, lo que le permite probar su tecnología en entornos internacionales desde una fase temprana.

Este despliegue inicial sugiere que la solución puede adaptarse a contextos regulatorios y contables diversos, un aspecto clave para cualquier herramienta dirigida a grupos multinacionales. La capacidad de integrar datos procedentes de distintos países y sistemas resulta determinante para que la automatización tenga sentido a escala global.

De cara al futuro inmediato, la compañía se marca como prioridad consolidar su presencia en Europa y posicionarse en la ola de inversión en IA aplicada a finanzas que ya se está viendo en otros mercados. El contexto europeo, donde todavía no se ha producido una consolidación tan clara como en Estados Unidos, ofrece un margen de crecimiento que los fundadores quieren aprovechar.

Con la ronda pre-seed recién cerrada, una cartera inicial de grandes clientes y un enfoque claro en la combinación de IA y conocimiento contable específico de cada organización, Centinel se sitúa como uno de los proyectos a seguir dentro del universo de soluciones de automatización financiera para grandes empresas en España y Europa.


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Redeia propone un dividendo complementario de 0,60 euros y perfila su hoja de ruta corporativa

Dividendo complementario de Redeia

Redeia ha puesto sobre la mesa de su próxima junta general de accionistas el pago de un dividendo complementario de 0,60 euros brutos por acción, que, salvo sorpresa, quedará aprobado en la reunión convocada en segunda convocatoria para el 13 de mayo. El cobro está fijado para el 1 de julio y se enmarca dentro de la política de retribución al accionista ligada a los resultados de 2025.

Este dividendo complementario se unirá al pago a cuenta ya realizado en enero, también por 0,60 euros brutos por título, de forma que la remuneración total prevista con cargo al ejercicio 2025 se situará en 0,80 euros por acción, una vez descontados los 0,20 euros anticipados el pasado 7 de enero. En términos globales, la compañía prevé distribuir 432,8 millones de euros entre sus accionistas.

Un dividendo complementario de 0,60 euros y una retribución total de 0,80 euros por acción

Según la documentación remitida por Redeia a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la junta deberá ratificar el pago de ese dividendo complementario de 0,60 euros brutos por acción con cargo a los resultados de 2025, a abonar el 1 de julio. Este movimiento confirma la línea de estabilidad en la remuneración y refuerza la visibilidad del flujo de caja para los inversores.

De cara al conjunto del ejercicio, la cifra relevante para los accionistas es que, una vez contabilizado el anticipo de 0,20 euros por título abonado el 7 de enero, la retribución final quedará en 0,80 euros por acción. Esta cuantía refleja la suma de los pagos efectuados durante el año y sitúa a Redeia como uno de los valores de referencia en materia de dividendo.

En total, la política de remuneración aprobada para este ejercicio supone un desembolso de 432,8 millones de euros en dividendos. Esta cantidad incluye tanto el dividendo a cuenta ya satisfecho como el complemento sometido ahora a aprobación de la junta, y se alinea con el objetivo de ofrecer una rentabilidad atractiva manteniendo al mismo tiempo un perfil financiero prudente.

La decisión de mantener un dividendo significativo se produce en un contexto en el que la compañía sigue ejerciendo su papel como gestor del sistema eléctrico español y matriz de Red Eléctrica, al tiempo que avanza en proyectos de redes y de transición energética que requieren un volumen relevante de inversión regulada.

Formato telemático de la junta y principales puntos del orden del día

La junta general está convocada para el 13 de mayo en segunda convocatoria y se celebrará íntegramente en formato telemático. Los accionistas podrán seguir el encuentro y ejercer sus derechos de voto a través de la plataforma habilitada en la página web corporativa de Redeia, una fórmula que la compañía ya ha consolidado en los últimos años.

Además del dividendo complementario, el orden del día incluye la revisión y aprobación de las cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2025. Junto a ellas, se someterá también a votación el informe de gestión de la sociedad, que recopila la evolución del negocio durante el año.

Otro de los apartados relevantes será la propuesta de reelección de Ernst & Young (EY) como auditor de cuentas para el ejercicio 2027. La continuidad de la firma auditora forma parte de la agenda habitual de las grandes cotizadas y requiere refrendo periódico de la junta de accionistas.

Asimismo, los accionistas deberán pronunciarse sobre la remuneración del consejo de administración para 2026. La compañía someterá a aprobación su política retributiva para los consejeros, en línea con las exigencias de transparencia y buen gobierno que rigen en el mercado bursátil europeo.

Más allá de los acuerdos que requieren votación, la empresa tiene previsto informar a los accionistas sobre el Informe Anual de Gobierno Corporativo de 2025 y sobre el Plan de Sostenibilidad 2026-2029, que marcará las prioridades de Redeia en materia ambiental, social y de gobernanza para los próximos años.

Renovación del consejo: nuevos nombres y salida de consejeros históricos

Junto al bloque puramente financiero, Redeia aprovechará la junta para remodelar parte de su consejo de administración. La compañía propondrá el nombramiento de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y de José Luis Navarro Ribera como consejeros dominicales, reforzando así la representación del accionista público en el órgano de gobierno.

En el apartado de independientes, la empresa elevará a la junta la designación de Santiago Hurtado Iglesias y Marta María de la Cuesta González como nuevos consejeros. Ambos se incorporarán en calidad de independientes, y su perfil se percibe como técnico y alineado con las necesidades de gestión de una compañía de infraestructuras críticas.

Estas incorporaciones se acompañan de la salida de varios miembros históricos del consejo. Abandonan su puesto Esther María Rituerto, representante dominical de la SEPI, así como Socorro Fernández Larrea y Antonio Gómez Ciria, que habían entrado en 2014 durante el Gobierno de Mariano Rajoy. En el caso de estos últimos, concluían su tercer mandato y, por normativa, dejaban de poder ser considerados independientes.

Fuentes próximas al Ejecutivo apuntan a que los nuevos consejeros presentan un perfil más cercano al actual Gobierno, aunque no se trata de nombramientos de carácter político al uso, sino de profesionales con trayectoria en ámbitos relacionados con la energía, la economía o la regulación. A diferencia de lo ocurrido en otras compañías reguladas, como Enagás, en esta renovación no se han incorporado consejeros propuestos por los socios catalanes del Gobierno en el Congreso.

Con estos cambios, Redeia busca actualizar la composición de su consejo, ajustar la categoría de cada consejero a las exigencias de independencia marcadas por la CNMV y asegurar una combinación de perfiles técnicos, regulatorios y financieros que permita afrontar con solvencia los retos de la red eléctrica y la transición energética.

Estrategia corporativa, sostenibilidad y retos regulatorios

El Plan de Sostenibilidad 2026-2029 será otro de los documentos clave que se pondrán sobre la mesa, ya que fijará la hoja de ruta de Redeia en materia de transición ecológica y responsabilidad social. Entre las prioridades previsibles se incluyen la integración de renovables en la red, el refuerzo de las interconexiones y el impulso de la digitalización de las infraestructuras.

Este marco se complementará con la información detallada del Informe Anual de Gobierno Corporativo de 2025, en el que se recogen las prácticas de transparencia, control y supervisión del consejo, así como la política de riesgos y el cumplimiento normativo. Ambos documentos constituyen la base con la que la compañía pretende reforzar la confianza de los inversores y del regulador.

En paralelo, el sector está pendiente de los movimientos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que podría incoar en las próximas semanas expedientes relacionados con incidentes relevantes en el sistema eléctrico, como el apagón del 28 de abril de 2025. Aunque estos aspectos no forman parte directa de la política de dividendos, sí condicionan el entorno regulatorio en el que opera Redeia.

En conjunto, la compañía combina una política de retribución estable al accionista con un calendario de inversiones y compromisos regulatorios exigente. La clave para los próximos años será mantener el equilibrio entre un dividendo atractivo, la solidez financiera y la capacidad de financiar los proyectos necesarios para garantizar la seguridad de suministro y la integración masiva de energías renovables.

Con la junta del 13 de mayo, Redeia perfila un escenario en el que la aprobación del dividendo complementario de 0,60 euros, la retribución total de 0,80 euros por acción, la renovación parcial del consejo y la puesta en marcha de su plan de sostenibilidad 2026-2029 se convierten en los pilares de una etapa marcada por la estabilidad del pago al accionista y por la adaptación a un sistema eléctrico en plena transformación en España y en el conjunto de Europa.


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El Gobierno eleva un 42% la base mínima de autónomos societarios

cambios en la base minima de cotizacion de autonomos societarios

La nueva orden de cotización de la Seguridad Social ha supuesto un giro importante para más de un millón de autónomos societarios y familiares colaboradores en España. A partir de 2026, la base mínima por la que cotizan estos colectivos pasa a ser sensiblemente más alta que en 2025, lo que se traducirá en un incremento notable de sus cuotas, incluso aunque de manera provisional puedan seguir pagando lo mismo durante este año.

Mientras que las cuotas del resto de autónomos personas físicas se han mantenido congeladas, el Gobierno ha activado para societarios, colaboradores y autónomos sin rendimientos las reglas de la reforma de 2022 del sistema de cotización por ingresos reales. Esta decisión ha generado un fuerte malestar en las principales asociaciones de autónomos y en organizaciones empresariales, que hablan de subida “desproporcionada” y de ruptura del trato igualitario dentro del colectivo.

Subida del 42% en la base mínima: de 1.000 a 1.424,4 euros

La principal novedad es que la base mínima de cotización para los autónomos societarios y familiares colaboradores se incrementa algo más de un 42%, desde los 1.000 euros mensuales fijados en 2025 hasta los 1.424,4 euros en 2026. Esta nueva cuantía se ha incluido en la orden de cotización para este ejercicio, publicada recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este aumento supone que muchos de estos trabajadores por cuenta propia, que hasta ahora estaban cotizando por la base mínima, verán cómo la cuota a la Seguridad Social asociada a esa base se encarece en torno a 135 euros al mes, lo que equivale a unos 1.620 euros adicionales al año. En la práctica, la cuota mínima pasará de rondar los 300-315 euros mensuales hasta situarse cerca de los 435 euros al mes para quienes sigan en la mínima que ahora se fija en 1.424,4 euros.

La medida tiene carácter general para más de un millón de personas, entre las que se incluyen más de 800.000 autónomos societarios y entre 400.000 y 700.000 familiares colaboradores, según las distintas estimaciones manejadas por las asociaciones del sector. Sin embargo, el impacto real se concentrará en quienes efectivamente cotizan por la base mínima, que se calcula en varios cientos de miles de afectados.

Para quienes ya venían cotizando por una base superior a 1.000 euros, el ajuste será menor. Por ejemplo, un autónomo societario o un colaborador con una base actual de 1.212 euros tendrá que asumir una diferencia de algo menos de 70 euros adicionales al mes, es decir, en torno a 840 euros más al año cuando se practique la regularización definitiva.

La nueva base de 1.424,4 euros se ha fijado alineándola con la del grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social, lo que responde directamente a las previsiones de la reforma del sistema de cotización por ingresos reales de 2022, que ya contemplaba este encaje a partir de 2026.

Cobro provisional en 2026 y regularización posterior

A pesar del cambio normativo, la Seguridad Social permite que, con carácter transitorio, durante 2026 los autónomos societarios y familiares colaboradores puedan seguir cotizando por una base de 1.000 euros y abonando la misma cuota que tenían en 2025. Esta opción temporal se ha planteado como una especie de colchón para dar margen de adaptación, pero no elimina el efecto del incremento.

La clave está en la regularización posterior de las cuotas. En el caso del ejercicio 2026, este proceso de ajuste se llevará a cabo entre finales de 2027 y principios de 2028, de acuerdo con las previsiones manejadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. En ese momento, quienes no hayan adaptado su base a los 1.424,4 euros deberán pagar la diferencia acumulada entre lo cotizado realmente (1.000 euros al mes) y la base mínima que les correspondía durante todo el año.

Este mecanismo significa, en la práctica, que muchos de los afectados pueden percibir este año una cuota “congelada”, pero terminarán afrontando más adelante un desembolso adicional. De ahí que distintas asociaciones hayan calificado la medida como “pan para hoy y hambre para mañana”, al considerar que solo difiere la carga económica en el tiempo.

Fuentes de la Seguridad Social recuerdan, no obstante, que existe cierto margen para la adaptación, ya que los autónomos pueden modificar su base de cotización durante el año si lo consideran oportuno. Aun así, quienes opten por mantener la base inferior deberán asumir el ajuste en la regularización, que se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

El diseño de esta regularización se enmarca dentro del nuevo sistema de ingresos reales, que ya contempla un proceso anual de revisión para ajustar las cotizaciones a los rendimientos declarados. En el caso de societarios y colaboradores, se añade ahora la obligación de respetar esta base mínima equiparada al Régimen General, independientemente de su situación individual concreta.

Cómo encaja esta subida en la reforma de 2022

Desde el Ministerio que dirige Elma Saiz se insiste en que el incremento de la base mínima de los autónomos societarios y familiares colaboradores no es una decisión improvisada, sino la aplicación directa de lo pactado en la reforma del régimen de autónomos de 2022. Aquella reforma fue acordada con las asociaciones de autónomos mayoritarias, la patronal y los sindicatos, y salió adelante en el Parlamento con amplia mayoría.

En concreto, tanto el Real Decreto-ley que dio forma al nuevo sistema de cotización por ingresos reales como la propia Ley General de la Seguridad Social establecían que, a partir de 2026, la base de cotización de autónomos societarios, colaboradores y de quienes no declaran rendimientos no podría ser inferior a la base mínima del Régimen General. El grupo de referencia para esta equiparación es el grupo 7, al que ahora se ha ajustado la nueva cifra de 1.424,4 euros.

Desde la Seguridad Social se subraya que nadie había cuestionado hasta ahora esa previsión legal y que la medida es “congruente con la evolución del sistema”. La intención de fondo, argumentan, es reforzar la contribución de estos colectivos al sistema de protección social, extendiendo la lógica de los ingresos reales también a quienes cotizan como societarios o colaboradores familiares.

Además, el Ministerio defiende que este incremento de la base mínima se traducirá en el futuro en prestaciones más altas para los afectados, tanto en pensiones como en otras coberturas ligadas a la Seguridad Social. Al elevarse las bases sobre las que se calculan esas prestaciones, el resultado final debería ser un nivel de protección más elevado, algo que el Gobierno presenta como un refuerzo de derechos.

No obstante, las mismas normas que fijaron esta equiparación también preveían una senda gradual de ajuste de las tablas de cotización para el resto de autónomos persona física, que debía desarrollarse entre 2026 y 2031 en varias fases. Ante la falta de acuerdo con las organizaciones de autónomos y la ausencia de nuevos Presupuestos Generales del Estado, el Ejecutivo ha decidido pausar ese despliegue para la mayoría del colectivo, pero ha seguido adelante con la parte que afecta a societarios y colaboradores, lo que ha alimentado la sensación de trato desigual.

Congelación de cuotas para la mayoría de autónomos y excepción para societarios

Uno de los elementos que más polémica ha generado es que, mientras se ha optado por prorrogar las cuotas de 2025 para la mayoría de los autónomos, la misma protección no se ha extendido a los societarios y a los familiares colaboradores. El Gobierno había anunciado que mantenía sin cambios las cuotas para 2026 tras fracasar los intentos de pactar una nueva senda de cotización, pero la letra pequeña de la orden de cotización ha dejado fuera de esa congelación a un tercio del colectivo.

Según explican las asociaciones, el Ministerio de Seguridad Social trató sin éxito de acordar con las organizaciones representativas una subida de las cuotas para el periodo 2026-2028, que en un primer borrador llegaba a prever incrementos de entre el 4% y el 35% según tramos de ingresos. La falta de consenso, en algunos casos incluso con resistencia dentro de los propios partidos de la coalición de Gobierno, llevó finalmente a prorrogar la tabla de bases de 2025 para los autónomos persona física.

Sin embargo, al desarrollar técnicamente la orden de cotización, se ha optado por activar para los societarios y colaboradores la regla de que su base no puede ser inferior a la del Régimen General, aplicando así la disposición ligada a la reforma de 2022. Esto explica que la subida del 42% se haya producido ahora, en un contexto en el que el resto del colectivo no ha sufrido cambios en sus bases mínimas.

La situación tiene un componente adicional: la disposición transitoria séptima del Real Decreto-ley 13/2022 fijaba que en 2023 la base mínima para estos colectivos sería de 1.000 euros, y que las bases de 2024 y 2025 debían determinarse en los Presupuestos Generales del Estado. Al no haberse aprobado nuevas cuentas públicas ni en 2024, ni en 2025 ni en 2026, la subida se ha acabado aplicando “de golpe” a través de la orden de cotización, sin una transición gradual.

Este salto brusco en la base mínima, combinado con la congelación de cuotas para el resto de autónomos, es lo que las organizaciones representativas califican como una desigualdad interna dentro del colectivo, especialmente en un contexto de incertidumbre económica para muchos pequeños negocios.

Críticas de ATA, UPTA y otras organizaciones empresariales

La reacción de las asociaciones de autónomos no se ha hecho esperar. Desde la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), su presidente, Lorenzo Amor, ha acusado al Gobierno de “volver a mentir” a los autónomos, al entender que la congelación de las cuotas no se ha aplicado realmente a todos. Según sus cálculos, alrededor de un tercio del colectivo verá cómo sus cotizaciones mínimas suben en 2026 en esos 135 euros mensuales adicionales.

Amor considera que esta subida supone un “sablazo” a más de 400.000 familiares colaboradores y a más de 800.000 autónomos societarios con rendimientos cercanos a 1.000 euros al mes, lo que, en su opinión, se traduce en una carga difícil de asumir para multitud de pequeños negocios. El dirigente de ATA denuncia que se rompe la transitoriedad prevista en la disposición del Real Decreto-ley que regulaba la implantación progresiva del nuevo sistema, aplicando de forma directa la base mínima del grupo 7 del Régimen General.

Además, ATA sostiene que se rompe el principio de equidad y proporcionalidad del sistema de Seguridad Social, al prorrogar las cuotas de 2025 para 2026 a la mayoría de autónomos pero dejar fuera precisamente a los societarios y colaboradores. Esta diferencia de trato, recalcan, genera una brecha interna en función del carácter fiscal del trabajador por cuenta propia.

En respuesta a este escenario, ATA ha iniciado contactos con distintos grupos parlamentarios para tratar de frenar lo que califica de “salvajada” y buscar una solución legislativa con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026. La asociación reclama que el Gobierno impulse una norma con rango de ley que prorrogue la base mínima anterior para estos colectivos, del mismo modo que se ha hecho con el resto de autónomos.

Por su parte, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), presidida por Eduardo Abad, también ha mostrado su inquietud. Abad recuerda que ya advirtió a la Seguridad Social de que esta situación podía darse y propone como salida una prórroga explícita de la base de cotización de autónomos societarios y colaboradores mediante un Real Decreto-ley. A su juicio, si se ha actuado para mantener congeladas las bases del resto del colectivo, es razonable aplicar una fórmula similar a estos grupos.

Impacto en el territorio y colectivos más vulnerables

Más allá de las cifras generales, distintas patronales territoriales han puesto el foco en cómo esta subida impacta en la España rural y en los negocios familiares. La Federación Asturiana de Empresarios (FADE), por ejemplo, ha cifrado en 25.155 los autónomos afectados en Asturias, lo que equivale a aproximadamente el 35,9% del total de autónomos de la comunidad.

FADE considera que la medida supone una “carga desproporcionada” que muchos no podrán asumir, especialmente aquellos que trabajan en el pequeño comercio, la hostelería y otras actividades tradicionales con márgenes ajustados. La organización alerta de que la mayor parte del colectivo afectado en la región está formado por mujeres mayores de 50 años que colaboran de forma habitual en negocios familiares ubicados en el entorno rural.

Desde la patronal asturiana se denuncia, además, que la ausencia de Presupuestos Generales del Estado en 2024, 2025 y 2026 ha provocado que la subida se aplique “de golpe, sin margen de adaptación”, rompiendo el acuerdo de transitoriedad que preveía una implantación progresiva de estas bases de cotización. A su juicio, no tiene sentido congelar la cuota para la mayoría de los autónomos y dejar fuera a quienes consideran más vulnerables.

En otras comunidades, responsables políticos también han criticado el cambio. En Extremadura, por ejemplo, se ha señalado que el incremento afecta a más de 24.000 autónomos, en muchos casos mujeres del mundo rural que sostienen negocios familiares. Desde el ámbito autonómico se insiste en que este tipo de decisiones puede agravar las dificultades de los territorios con menor densidad de población y menor diversificación económica.

Las asociaciones de autónomos advierten de que, en la práctica, pueden darse situaciones en las que un autónomo persona física que ingresa en torno a 12.000 euros anuales siga cotizando sobre una base de 1.000 euros, mientras que su familiar colaborador, con ingresos similares, esté obligado a hacerlo sobre una base de 1.424,4 euros. En esos casos, la cuota del colaborador sería aproximadamente un 40% superior a la del titular, algo que organizaciones como ATA o FADE consideran difícil de justificar.

En el trasfondo de este debate, el Ejecutivo mantiene que el despliegue del sistema de cotización por ingresos reales debe continuar su curso y que la equiparación al Régimen General es coherente con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del sistema y una mayor protección social. Las organizaciones empresariales y de autónomos, en cambio, piden más gradualidad y homogeneidad en el trato dentro del propio colectivo de trabajadores por cuenta propia.

El panorama que se abre para 2026 deja, por tanto, un escenario en el que más de un millón de autónomos societarios y familiares colaboradores verán condicionadas sus cuotas por una base mínima de 1.424,4 euros al mes, mientras el resto de autónomos mantiene la congelación de sus cotizaciones. Aunque la medida se apoya en la reforma pactada en 2022 y en la normativa vigente, su aplicación concentrada en estos colectivos ha desatado un fuerte debate político y social, y ha colocado en el centro de la agenda la necesidad de ajustar el calendario y el alcance de la reforma del RETA para evitar desequilibrios y tensiones adicionales en el tejido productivo más pequeño.


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Perfil del contratante: qué es, qué publica y cómo aprovecharlo

perfil del contratante administracion publica

El perfil del contratante se ha convertido en uno de los puntos clave para entender cómo contrata la Administración Pública en España. Si eres empresa, profesional independiente o simplemente quieres saber en qué se gasta el dinero una institución, este espacio digital es donde se publica prácticamente todo lo relacionado con su contratación: licitaciones, adjudicaciones, contratos menores, encargos a medios propios y mucha más información jurídica y económica.

Aunque pueda sonar muy técnico, el perfil del contratante no deja de ser un tablón de anuncios electrónico, regulado por la Ley de Contratos del Sector Público, que busca garantizar transparencia, acceso a la información y una competencia real entre empresas. Eso sí, cada Administración y cada órgano de contratación lo organiza a su manera, siempre dentro del marco común marcado por la LCSP y por la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).

Qué es exactamente el perfil del contratante y para qué sirve

El perfil del contratante es el espacio web oficial donde un órgano de contratación (ministerio, comunidad autónoma, ayuntamiento, organismo autónomo, ente público, etc.) publica de forma centralizada toda la información relevante sobre su actividad contractual. Está regulado principalmente en el artículo 63 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), que lo define como la herramienta accesible a través de Internet destinada a facilitar y difundir esa información.

Su misión principal es asegurar la transparencia y el acceso público a la contratación: desde los anuncios previos de información hasta la formalización del contrato, pasando por las actas de las mesas de contratación, las valoraciones de ofertas o las modificaciones posteriores. La norma deja claro, además, que la publicidad en el perfil del contratante no impide que, cuando proceda, se sigan utilizando otros medios oficiales como el BOE o el DOUE.

Otro elemento esencial es que el acceso a la información del perfil del contratante debe ser libre, en formatos abiertos y reutilizables, y mantenerse a disposición del público durante un plazo mínimo de cinco años (art. 63.1 LCSP). Es decir, no basta con publicar; hay que hacerlo de forma que los datos se puedan consultar, descargar, tratar y analizar con cierta facilidad.

El perfil del contratante se integra, por regla general, en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), que aloja los perfiles de todos los órganos del Sector Público estatal y de muchos autonómicos y locales. Las comunidades autónomas pueden contar con sus propias plataformas, pero la ley les obliga a que toda convocatoria de licitación y sus resultados acaben igualmente publicada en la PLACSP, ya sea de manera directa o por interconexión (art. 347.3 LCSP).

informacion del perfil del contratante

Responsabilidad sobre los datos personales en el perfil del contratante

En el perfil del contratante se publican con frecuencia datos de carácter personal, tanto de empresas como de personas físicas (representantes, autónomos, miembros de mesas de contratación, etc.). La propia Ley de Contratos y la normativa de protección de datos obligan a definir claramente quién responde por este tratamiento.

La responsabilidad de la información personal que se incluye en el perfil del contratante recae sobre el poder adjudicador que realiza la publicación. Es decir, el órgano de contratación o el órgano de asistencia a la contratación que sube a la plataforma los anuncios de licitación, las resoluciones, las actas y cualquier documento de los previstos en el artículo 63 LCSP.

Si una persona quiere ejercer sus derechos de protección de datos (acceso, rectificación, supresión, limitación, etc.) respecto de los datos que aparezcan en un perfil del contratante, no debe dirigirse a la plataforma genérica, sino al poder adjudicador concreto que ha realizado la publicación. Los datos de contacto de ese órgano normalmente constan dentro de su propio perfil, de forma que es sencillo localizar a quién hay que enviar la solicitud.

Cómo funciona el perfil del contratante en las Comunidades Autónomas

Muchas comunidades autónomas han creado sus propios portales de contratación, que se interconectan con la PLACSP para cumplir la obligación de publicación estatal. Un buen ejemplo es el portal de contratación pública de la Comunidad de Madrid.

En el caso madrileño, el perfil del contratante de los órganos de contratación autonómicos se compone de toda la información sobre su actividad contractual: anuncios de información previa, convocatorias de contratos públicos, documentación de las licitaciones, adjudicaciones, formalizaciones y datos de contacto y medios de comunicación con los órganos de contratación.

Desde el 2 de junio de 2017, la información sobre las convocatorias de contratos y sus resultados se publica también, de manera automática en la Plataforma de Contratación del Sector Público, gracias a la conexión entre el portal madrileño y la PLACSP. Además, a través de esa misma interconexión se difunden los contratos adjudicados por procedimientos sin publicidad (sin anuncio de licitación), de forma que la trazabilidad de la contratación sea lo más completa posible.

Estos portales autonómicos suelen ofrecer apartados de “Más información” donde se explica cómo participar en los procedimientos de contratación, qué herramientas electrónicas se utilizan, qué requisitos técnicos hay para licitar en línea y qué normativa específica aplica en cada caso.

portal del perfil del contratante

Ejemplo práctico: perfil del contratante de un ayuntamiento

Un caso muy ilustrativo es el perfil del contratante del Ayuntamiento y sus organismos autónomos. En estos perfiles se agrupa, en un único espacio, toda la información relacionada con la contratación municipal, con el objetivo de asegurar la transparencia y facilitar el acceso ciudadano a los datos.

En este tipo de perfiles, la información suele permanecer disponible al público durante un mínimo de cinco años, cumpliendo lo que marca la LCSP. Esto significa que durante ese periodo es posible consultar licitaciones ya cerradas, adjudicaciones pasadas, contratos formalizados o modificaciones contractuales que sigan vigentes.

En cuanto a contenidos, el perfil de un ayuntamiento incluye, entre otros, los anuncios de las licitaciones en curso, los pliegos de cláusulas administrativas particulares (PCA), los pliegos de prescripciones técnicas (PPT), proyectos de obras y documentación complementaria, así como la información de adjudicación y formalización de los contratos.

También se publican las modificaciones, prórrogas y cualquier incidencia relevante que afecte a la ejecución de los contratos. Además, a través de este espacio se suele enlazar con la normativa aplicable, modelos de documentos, formularios y con la información del portal de transparencia municipal relacionada con la contratación, en cumplimiento de la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

En el caso del Ayuntamiento de Alicante, por ejemplo, se diferencian claramente los perfiles de contratante de varias entidades municipales: el propio Ayuntamiento, el Patronato Municipal de la Vivienda, la Agencia Local de Desarrollo, el Patronato Municipal de Turismo y Playas y el Patronato Municipal de Educación Infantil. Cada uno tiene su perfil en la Plataforma de Contratación del Sector Público, y además se suele ofrecer acceso al portal de licitación electrónica para presentar proposiciones.

Perfiles del contratante y licitación electrónica

Hoy en día, el perfil del contratante no se limita a colgar documentos. Cada vez más, se integra con portales de licitación electrónica que permiten presentar ofertas, enviar documentación y seguir el procedimiento de forma íntegramente digital. En muchos ayuntamientos y organismos se advierte de forma destacada que la presentación de proposiciones debe hacerse exclusivamente a través de estos portales.

En estos entornos electrónicos se publica información específica para licitadores: guías de uso, requisitos técnicos, instrucciones para presentar ofertas, recomendaciones para evitar errores en la firma electrónica, etc. Este tipo de contenidos es especialmente importante en los momentos de transición desde sistemas en papel a sistemas completamente digitalizados.

Además, el perfil del contratante acostumbra a ofrecer datos sobre la composición de las Mesas de Contratación permanentes del ayuntamiento o de los organismos autónomos, incluyendo acuerdos de Junta de Gobierno que modifican la composición, convocatorias de las mesas y actas de sus sesiones.

Otro contenido añadido que suele incorporarse como “más información sobre contratación” incluye datos sobre el servicio de contratación, modelos de instancia general para tramitar expedientes, listados de contratos formalizados y otros recursos que ayudan a empresas y ciudadanos a entender mejor cómo se gestiona la contratación pública en cada entidad.

Qué información debe publicar el perfil del contratante (según la LCSP)

La LCSP detalla qué debe contener, como mínimo, el perfil del contratante. La información se agrupa en dos bloques: la información general del órgano de contratación y la relativa a su actividad contractual concreta.

En el plano general, el perfil debe recoger datos como los datos de contacto y localización (teléfono, correo electrónico, dirección postal, etc.), las normas particulares de contratación del órgano, la composición de las mesas de contratación permanentes, las previsiones de compras (el Plan Anual de Contratación), los pliegos y documentos tipo y cualquier otra información que el órgano considere de interés.

En cuanto a la actividad contractual concreta, el perfil ha de publicar, entre otros aspectos, las consultas preliminares al mercado, los anuncios de información previa y los anuncios de licitación (incluyendo los concursos de proyectos cuando proceda). En estos anuncios se debe indicar, como mínimo, el objeto detallado del contrato, su duración, el presupuesto base de licitación, el importe de adjudicación (IVA incluido) y los medios a través de los que se ha publicitado el contrato con enlace a esas publicaciones.

Además, se debe poner a disposición el expediente de contratación o la documentación esencial del expediente administrativo, que incluye, como mínimo: la memoria justificativa o de necesidad, el informe de insuficiencia de medios, la justificación del procedimiento utilizado, el documento de aprobación del expediente, los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas (o el documento descriptivo en el diálogo competitivo), el número e identidad de los licitadores, los informes de valoración de ofertas (en especial los referidos a criterios evaluables mediante juicio de valor y los informes sobre ofertas anormalmente bajas), las actas de las mesas de contratación y la resolución de adjudicación.

Junto a ello, el perfil debe contener la composición de la mesa de contratación específica de cada procedimiento, las actas relativas a sus sesiones, la designación de comités de expertos, los anuncios de adjudicación y de licitaciones desiertas, las formalizaciones, las renuncias y desistimientos, las modificaciones de contrato y la información sobre la interposición de recursos y posibles suspensiones del procedimiento.

Publicación de contratos menores, acuerdos marco y encargos a medios propios

Una parte muy sensible desde el punto de vista de la transparencia es la relativa a contratos menores y contratos derivados de acuerdos marco o sistemas dinámicos de adquisición. La LCSP obliga a que el perfil del contratante publique esta información con ciertas condiciones y periodicidad.

En particular, deben hacerse públicos los contratos menores con valor estimado inferior a 5.000 euros siempre que el medio de pago sea anticipos de caja fija o sistemas análogos. La información mínima a publicar incluye el objeto del contrato, su duración, el importe de adjudicación (con IVA) y la identidad del adjudicatario. Estos datos deben difundirse con una periodicidad, al menos, trimestral.

También es obligatorio publicar los contratos basados en acuerdos marco o en sistemas dinámicos de adquisición que se hayan adjudicado, indicando la información principal y, nuevamente, con una actualización al menos trimestral. Este punto es esencial para poder controlar el uso de instrumentos de racionalización de la contratación.

En materia de encargos a medios propios personificados (las antiguas encomiendas de gestión a medios propios), la ley exige que se difundan en el perfil del contratante aquellos encargos cuyo importe supere los 50.000 euros sin IVA. Debe constar el objeto del encargo, la duración, las tarifas aplicables y la identidad del medio propio destinatario, también con una frecuencia mínima trimestral.

Además, siempre que un órgano de contratación decida excluir alguna información de publicación amparándose en causas legales (por ejemplo, protección de datos, seguridad, secretos comerciales), debe dejar constancia de esa decisión y su motivación en el expediente de contratación, de forma que quede rastro del porqué de esa limitación a la transparencia.

Perfiles del contratante en la Agencia Tributaria y otros órganos estatales

En el ámbito estatal, muchos órganos optan por centralizar la información de sus perfiles del contratante directamente en la Plataforma de Contratación del Sector Público, sin desarrollar portales paralelos. Es lo que ocurre con la Agencia Tributaria.

Los distintos órganos de contratación de la Agencia Tributaria tienen alojados sus perfiles del contratante en la Plataforma de Contratación del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 347 de la LCSP. Esto facilita que cualquier licitador pueda encontrar, en un único entorno, las licitaciones de la AEAT y del resto de ministerios, organismos y entidades estatales.

El funcionamiento de estos perfiles no difiere en lo esencial: se publican anuncios de licitación, pliegos, adjudicaciones, formalizaciones, modificaciones y la información exigida por el artículo 63 LCSP, junto con los datos de contacto y otros recursos de interés para los participantes en los procedimientos.

Cómo buscar perfiles del contratante en la PLACSP y otras herramientas

Para localizar un perfil del contratante concreto dentro de la Plataforma de Contratación del Sector Público, basta con acceder al menú principal y seleccionar el apartado específicamente dedicado al “Perfil de contratante”. Desde ahí se ofrece un formulario que permite filtrar por distintos criterios: organización contratante, tipo de órgano, ámbito territorial, etc.

Si se realizan búsquedas frecuentes del perfil de un mismo órgano de contratación, puede resultar práctico guardar la URL directa a la pestaña de búsqueda avanzada con el identificador de esa organización ya preestablecido. Esa dirección aparece normalmente en la parte inferior de la pantalla una vez que se ha seleccionado una entidad concreta, lo que permite ir directamente a sus licitaciones y anuncios en futuras visitas.

Además de la PLACSP, existen herramientas privadas de inteligencia de mercado de contratación pública, como Gobierto Contratación, que permiten analizar de forma agregada licitaciones, adjudicaciones, adjudicadores, adjudicatarios, importes, sectores, etc. A través de estas plataformas se puede buscar fácilmente por órgano de contratación y explorar su historial de contratos, así como navegar por árboles de entidades que reflejan la jerarquía administrativa.

Estas soluciones suelen incorporar recursos de apoyo como guías, glosarios y artículos divulgativos sobre términos clave (por ejemplo, licitación electrónica, acuerdos marco, sistemas dinámicos) y recopilaciones de enlaces útiles: la propia PLACSP, guías de ayuda, vídeos formativos de diputaciones y materiales de referencia de editoriales jurídicas y blogs especializados.

En definitiva, el perfil del contratante se ha consolidado como el núcleo de la publicidad contractual de cada órgano del Sector Público y como la puerta de entrada para quienes quieren licitar, auditar, investigar o simplemente conocer cómo se gestiona el dinero público a través de los contratos administrativos.


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