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Perfil del contratante: qué es, qué publica y cómo aprovecharlo

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El perfil del contratante se ha convertido en uno de los puntos clave para entender cómo contrata la Administración Pública en España. Si eres empresa, profesional independiente o simplemente quieres saber en qué se gasta el dinero una institución, este espacio digital es donde se publica prácticamente todo lo relacionado con su contratación: licitaciones, adjudicaciones, contratos menores, encargos a medios propios y mucha más información jurídica y económica.

Aunque pueda sonar muy técnico, el perfil del contratante no deja de ser un tablón de anuncios electrónico, regulado por la Ley de Contratos del Sector Público, que busca garantizar transparencia, acceso a la información y una competencia real entre empresas. Eso sí, cada Administración y cada órgano de contratación lo organiza a su manera, siempre dentro del marco común marcado por la LCSP y por la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).

Qué es exactamente el perfil del contratante y para qué sirve

El perfil del contratante es el espacio web oficial donde un órgano de contratación (ministerio, comunidad autónoma, ayuntamiento, organismo autónomo, ente público, etc.) publica de forma centralizada toda la información relevante sobre su actividad contractual. Está regulado principalmente en el artículo 63 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), que lo define como la herramienta accesible a través de Internet destinada a facilitar y difundir esa información.

Su misión principal es asegurar la transparencia y el acceso público a la contratación: desde los anuncios previos de información hasta la formalización del contrato, pasando por las actas de las mesas de contratación, las valoraciones de ofertas o las modificaciones posteriores. La norma deja claro, además, que la publicidad en el perfil del contratante no impide que, cuando proceda, se sigan utilizando otros medios oficiales como el BOE o el DOUE.

Otro elemento esencial es que el acceso a la información del perfil del contratante debe ser libre, en formatos abiertos y reutilizables, y mantenerse a disposición del público durante un plazo mínimo de cinco años (art. 63.1 LCSP). Es decir, no basta con publicar; hay que hacerlo de forma que los datos se puedan consultar, descargar, tratar y analizar con cierta facilidad.

El perfil del contratante se integra, por regla general, en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), que aloja los perfiles de todos los órganos del Sector Público estatal y de muchos autonómicos y locales. Las comunidades autónomas pueden contar con sus propias plataformas, pero la ley les obliga a que toda convocatoria de licitación y sus resultados acaben igualmente publicada en la PLACSP, ya sea de manera directa o por interconexión (art. 347.3 LCSP).

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