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Verifactu: claves, plazos y cómo adaptar tu facturación electrónica

Facturación electrónica Verifactu

La administración digital ya no es terreno de futuro: es el día a día de miles de negocios que emiten facturas en España y, en ese contexto, Verifactu se ha convertido en el gran protagonista por su impacto directo en la forma de registrar y controlar la facturación.

Más que una aplicación concreta, Verifactu es el estándar que redefine la facturación electrónica desde la óptica del control tributario: registros inalterables, trazabilidad reforzada y, si se elige, envío de los datos a Hacienda en tiempo casi real.

Qué es Verifactu y qué regula exactamente


Facturación electrónica Verifactu

Verifactu nace del Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) que desarrolla la Ley Antifraude. Su objetivo es que los programas de facturación garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de cada registro de facturación, incorporando además un código QR para su verificación.

El marco contempla dos modalidades: Verifactu (el sistema remite automáticamente los registros a la AEAT y esta asume su custodia) y no Verifactu (el software conserva los registros con todas las garantías técnicas: integridad, trazabilidad y controles adicionales). En ambos casos, la clave es que no se pueda borrar ni alterar un registro sin dejar rastro.

Importante: el envío de registros a la AEAT está asociado a la modalidad Verifactu. No se trata del antiguo esquema de libros en tiempo real, y conviene no confundirlo con otras obligaciones informativas preexistentes.

Fechas clave y a quién afecta

El calendario ya está fijado y obliga a moverse con previsión. Por un lado, los fabricantes de software tenían como límite el 29 de julio de 2025 para ofrecer programas conformes al reglamento. Por otro, la obligación para los sujetos pasivos se desplegará en dos tramos: sociedades (Impuesto sobre Sociedades) desde el 1 de enero de 2026 y autónomos desde el 1 de julio de 2026.

¿Quién entra y quién no? La norma alcanza a empresas y profesionales que utilicen software de facturación. Quedan fuera quienes facturan manualmente y quienes ya se rigen por otros marcos específicos, como los sujetos forales (País Vasco y Navarra) o determinados obligados al SII, que ya tienen un régimen propio de suministro de información.

Código QR, verificaciones y cómo operará el día a día

Cada factura deberá incorporar un código QR que facilite su comprobación. A través de ese código se accede a la información del registro y se puede verificar si el asiento está remitido a la AEAT (estado verde), si pertenece a la modalidad no Verifactu (estado amarillo) o si no es un registro de facturación (estado gris).

En la práctica, la emisión no cambia en exceso: al generar una factura con un programa adaptado, se crea automáticamente un registro inalterable. Si se opera en modalidad Verifactu, ese registro se enviará en tiempo real o casi real a la AEAT; si no, quedará custodiado por el sistema con los controles exigidos.

Modalidades, almacenamiento y seguridad técnica

En la opción Verifactu, la AEAT guarda y custodia los registros; la empresa se beneficia de mayor asistencia y de menos requisitos de seguridad locales. En la opción no Verifactu, el proveedor de software y el usuario deben implantar medidas reforzadas de seguridad (por ejemplo, registro de eventos y controles de firma cuando proceda) para garantizar integridad y trazabilidad.

En ambos escenarios, el software debe asegurar numeración correlativa, sellado, inalterabilidad y la imposibilidad de eliminar datos sin evidencias. Esa es la piedra angular que destierra el viejo software de doble uso.

Relación con la factura electrónica B2B y con Facturae (B2G)

Conviene distinguir entre regulaciones para evitar confusiones. Verifactu regula el software y los registros de facturación (Ley Antifraude). La factura electrónica B2B, vinculada a la Ley Crea y Crece, regula el formato del documento entre empresas y está pendiente de desarrollo reglamentario específico.

Además, las relaciones con la Administración pública se rigen por Facturae (B2G), un estándar XML ya consolidado y que nada tiene que ver con los plazos de Verifactu. En resumen, qué documento envío (B2B/B2G) y con qué software lo genero y registro (Verifactu) son planos distintos que convivirán.

Herramientas disponibles: opciones de software y app gratuita

Desde octubre, la AEAT pone a disposición de autónomos con necesidades sencillas una herramienta gratuita para emitir facturas compatibles con la modalidad Verifactu. Es útil como punto de partida, si bien puede tener limitaciones de volumen o funcionalidad frente a soluciones profesionales.

Para pymes y organizaciones con mayor complejidad, la recomendación es optar por un software de facturación o un ERP que ya esté adaptado al reglamento, integre el QR, gestione rectificativas y simplificadas sin romper la secuencia y permita, si se desea, el envío automático de registros a la AEAT.

Consecuencias del incumplimiento y régimen sancionador

El régimen sancionador es contundente. Los proveedores que fabriquen o comercialicen software no conforme se exponen a multas de hasta 150.000 euros por ejercicio. La mera tenencia o uso por parte del contribuyente de programas que no garanticen la inalterabilidad puede acarrear 50.000 euros por ejercicio.

De cara al usuario, cumplir a tiempo no solo evita sanciones: aporta seguridad jurídica y confianza ante clientes, proveedores y la propia Administración.

Cómo preparar la transición: pasos prácticos

Con los plazos encima, conviene trazar un plan sencillo y realista. Lo fundamental es elegir un software adaptado y probarlo antes de que la obligación te alcance en 2026.

  • Pilotos internos con facturas normales, rectificativas y simplificadas para verificar numeraciones y QR.
  • Procedimientos documentados de emisión, anulación, abonos y conservación de registros.
  • Formación a las personas que emiten y revisan facturas; designar responsables.
  • Evidencias y manuales archivados para superar auditorías o requerimientos.

Si vas a aprovechar ayudas como el Kit Digital, busca soluciones que cubran a la vez la factura electrónica (cuando aplique) y Verifactu, de modo que no tengas que hacer dos migraciones ni pagar por duplicado.

Impacto en el territorio: jornadas y dudas frecuentes

La expectación se nota en iniciativas regionales que llenan auditorios. En ciudades como Zamora o Palencia se han celebrado jornadas con centenares de asistentes donde se explicó, paso a paso, el funcionamiento del sistema, las fechas y las opciones gratuitas y profesionales disponibles.

Los mensajes que más tranquilidad aportan son claros: las sociedades deben estar listas el 1 de enero de 2026 y los autónomos el 1 de julio de 2026; existen herramientas gratuitas de la AEAT para escenarios sencillos; y el envío de registros en tiempo real es propio de la modalidad Verifactu, no una obligación universal.

Quienes ya usan software de facturación deben confirmar con su proveedor que la versión instalada cumple los requisitos (QR, inalterabilidad y trazabilidad). Para los que aún facturan manualmente, la adopción será un cambio cultural, pero también una oportunidad para profesionalizar procesos y reducir errores.

Todo apunta a que Verifactu será el eje de una facturación más transparente y trazable. Prepararse con antelación, elegir bien el software y practicar con casos reales permite llegar a las fechas señaladas sin sobresaltos y con la casa en orden.


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Bizum y Hacienda: así cambian los avisos, límites y sanciones

Pagos con Bizum

La popularidad de los pagos inmediatos ha llevado a Bizum a consolidarse como una de las herramientas más usadas en el día a día en España, con millones de operaciones cada mes y una implantación creciente en comercios y servicios públicos. En este contexto, Hacienda prepara un salto en la supervisión de los cobros digitales que afecta de lleno a la actividad de autónomos y empresas.

A partir del próximo año, se aplicará un nuevo marco de control con el que las entidades deberán remitir información periódica sobre cobros recibidos por canales como Bizum, tarjetas y terminales de punto de venta. El objetivo declarado por la Administración es reforzar la transparencia y prevenir el fraude fiscal, sin cambios para los usos estrictamente particulares.

Qué cambia en 2026 con Bizum y Hacienda

El cambio normativo pivota sobre el Real Decreto 253/2025 y su desarrollo posterior (Orden HAC/747/2025), que establecen que, desde el 1 de enero de 2026, bancos y plataformas deberán informar a la Agencia Tributaria de todos los cobros relacionados con actividad económica procesados vía Bizum y cobros con tarjeta, con periodicidad mensual.

La obligación de reporte afecta a empresarios y profesionales (incluidos los adscritos al RETA) y se realiza sin umbrales mínimos de importe. No se exige ninguna acción adicional al contribuyente: es la entidad financiera la que remite la información a la AEAT, que podrá cruzarla con IVA, IRPF o Sociedades para detectar discrepancias.

Para estructurar el suministro, se utilizarán varios formularios informativos. El Modelo 170 recogerá mensualmente los cobros procesados por Bizum y tarjeta, con detalle del canal y el TPV utilizado; por su parte, el Modelo 196 reunirá saldos y movimientos de cuentas, integrando obligaciones previas ya existentes.

Este nuevo esquema sustituye a un modelo más limitado –con reportes generalmente anuales y condicionados por umbrales– y refuerza la capacidad de la Administración para seguir la pista de cobros de naturaleza profesional independientemente del importe de cada operación.

Control fiscal de pagos Bizum

Límites y umbrales a tener en cuenta

Conviene diferenciar entre los topes del servicio y los umbrales de control fiscal. En el ámbito de uso personal, Bizum establece límites operativos: importe mínimo de 0,50€ por envío, máximo de 1.000€ por operación, hasta 2.000€ al día recibidos y 5.000€ al mes enviados por cliente.

En materia de prevención del blanqueo y control financiero, se mantienen referencias adicionales: los bancos deben comunicar movimientos de efectivo superiores a 3.000€ y transferencias que excedan los 10.000€. Estos umbrales conviven con el nuevo reporte mensual para actividad económica, que no aplica límites de cuantía.

Para los particulares, recibir o enviar Bizum por motivos no profesionales no altera el esquema. Ahora bien, si los ingresos proceden de alquileres, ventas o servicios, o alcanzan volúmenes anuales significativos, pueden desencadenar comprobaciones tributarias y la obligación de declarar esas rentas.

La AEAT recuerda que, si el uso de la herramienta se vincula de facto a una actividad, deben emitirse facturas y registrarse los cobros de manera adecuada, con la tributación correspondiente en IVA e IRPF cuando proceda.

Pagos con el móvil

Cuándo puede investigar Hacienda tus Bizum

La Administración puede abrir comprobaciones en tres escenarios frecuentes: cuando la suma anual de cobros vía Bizum sea elevada, cuando los ingresos tengan origen económico acreditable (venta de bienes, alquileres, servicios profesionales) y, específicamente, cuando autónomos y empresas lo utilicen como método habitual de cobro sin reflejarlo en sus obligaciones fiscales.

Además del nuevo envío mensual de información por parte de las entidades, cualquier incoherencia entre lo declarado y los datos recibidos por la AEAT puede originar requerimientos para justificar actividad, facturas y origen de fondos.

Sanciones por incumplir o no declarar

La falta de declaración de ingresos vinculados a actividad puede implicar distintas sanciones. Se contemplan infracciones leves (multas de hasta 3.000€ y recargos de hasta el 50% de lo no ingresado), graves (entre 3.001€ y 119.999€, con sanciones del 50% al 100%) y muy graves (a partir de 120.000€, con multas que pueden alcanzar el 150% e incluso responsabilidades penales en supuestos extremos).

Evitar penalizaciones pasa por contabilizar correctamente los cobros, conservar justificantes y mantener una facturación alineada con los ingresos comunicados por las entidades financieras.

Fechas clave y modelos informativos

El calendario de despliegue ya está fijado y conviene tenerlo presente para planificar la adaptación de procesos y sistemas contables, sobre todo en negocios con un volumen alto de cobros digitales.

  • 1 de enero de 2026: entra en vigor el nuevo régimen de información mensual para actividad económica.
  • Febrero de 2026: primeras remisiones de los Modelos 170 y 196 con datos de enero.
  • Enero de 2027: presentación de los modelos anuales 174 (operaciones con tarjeta que superen 25.000€) y 181 (préstamos, créditos y operaciones vinculadas a inmuebles) del ejercicio 2026.

Consejos prácticos para autónomos y negocios

Los profesionales recomiendan separar con claridad la esfera personal de la profesional: cuentas y números de teléfono exclusivos para la actividad, facturación rigurosa y registro de cada cobro recibido por Bizum, TPV o tarjeta.

También es prudente verificar que el alta de Bizum profesional y los datos de tu banco estén actualizados, activar avisos en la app de banca y revisar mensualmente los extractos para conciliar con tu contabilidad y declaraciones.

La fuerte adopción de pagos inmediatos refuerza estas buenas prácticas: Bizum supera los 29,5 millones de usuarios en España y más de 90.000 comercios online, y el pasado año se realizaron 58 millones de compras por un valor superior a 3.000 millones de euros. En entidades como CaixaBank, según datos compartidos por la propia entidad, el 92% de clientes activos ha usado Bizum en los últimos meses y casi 2 millones de usuarios de imagin lo emplean mensualmente; además, su red permite pagar en más de 32.000 comercios online.

Con el nuevo marco de información mensual y el auge de los pagos inmediatos, conviene asumir que los cobros digitales de la actividad quedan trazados casi en tiempo real: organización, separación de finanzas y facturación consistente serán claves para cumplir sin sobresaltos.


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Malestar en tiempos de crecimiento: la opinión pública sobre la economía en España

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A pesar del crecimiento del PIB, el debate sobre la salud de la economía española está lejos de estar cerrado. Es verdad que el PIB y el empleo crecen a buen ritmo, pero la valoración es menos positiva cuando se trata de la evolución del PIB per cápita, la de la productividad y la de la renta real de los hogares.  En este contexto, aunque es central la discusión de los indicadores oficiales habituales, también lo es conocer cómo percibe la sociedad la situación económica para aterrizar el debate y acercarlo a la experiencia de la gente. Con este propósito se ha llevado a cabo, en mayo de 2025, la Encuesta Funcas sobre Economía y Finanzas del Hogar. Sus datos aportan una radiografía muy valiosa de cómo percibe la ciudadanía la situación económica de España y de sus propios hogares, así como de los factores que moldean esa percepción. Realizada de forma online y telefónica a una muestra de 1.200 individuos representativa de la población adulta residente en España, la encuesta recoge opiniones sobre la evolución la situación económica del país y de los hogares, los salarios, los impuestos y el impacto de las políticas públicas, entre otras cuestiones clave (informe completo aquí).

El análisis de la encuesta evidencia que la mejora del PIB no ha calado en la opinión pública. El 55 % de los encuestados considera que la economía nacional está peor que antes de la pandemia, y solo el 20 % cree que ha mejorado (gráfico 1). Por su parte, aunque casi la mitad percibe la situación económica de su hogar como similar a la previa a la pandemia (44 %), quienes ven un empeoramiento (34 %) superan claramente a quienes creen que ha mejorado (22 %) (gráfico 2). Son menos, en todo caso, los que opinan que la economía de su hogar ha empeorado que los que opinan así de la del país. Por otra parte, cuatro de cada diez entrevistados (40 %) reconocen dificultades para llegar a fin de mes y casi un 75 % afirma ahorrar menos de lo que desearía o, directamente, no poder ahorrar. En definitiva, el crecimiento económico no se traduce en una percepción de mejora en la vida cotidiana de amplios sectores sociales, al menos tal como lo expresan en la encuesta.


La inflación se presenta como la principal causa de malestar a través de sus efectos en el poder adquisitivo. Al juicio negativo sobre el crecimiento de los salarios —un abrumador 90% cree que está por debajo del aumento de los precios—, se suma la percepción de una mayor presión fiscal que la de antes de la pandemia, opinión compartida por un 70%. 

La encuesta revela que la autoubicación ideológica de los encuestados es un factor principal en la interpretación de la situación económica. Las valoraciones más positivas se concentran en las posiciones más a la izquierda, mientras que en el centro y la derecha predominan las negativas. Esta polarización se traslada a la atribución de responsabilidades a las políticas públicas, bien como causa de la mejora de la economía, para unos, como de su deterioro, para otros. 

En todo caso, la influencia de la autoubicación ideológica en la interpretación de la situación económica no excluye la relevancia, bastante sistemática, de otros factores, como la edad, el nivel de ingresos o la composición del hogar. Esto sugiere que las condiciones, digamos, objetivas de la vida también modelan los juicios subjetivos. En cualquier caso, la preocupación por la pérdida o por la ausencia de mejora del bienestar es transversal y se refleja en un amplio consenso sobre el deterioro del poder adquisitivo, el encarecimiento del coste de la vida y el incierto futuro de las generaciones más jóvenes. Destacan por unos juicios medios especialmente negativos los jóvenes y la población cuyas edades están asociadas a la crianza de hijos, sobre todo quienes viven con niños pequeños.

Más allá del diagnóstico inmediato, los resultados invitan a reflexionar, una vez más, sobre la relación entre los indicadores económicos y la percepción social. La aparente desconexión entre los positivos datos macroeconómicos y la experiencia cotidiana de muchos hogares nos advierte de la necesidad de usar múltiples indicadores, además del crecimiento del PIB, para evaluar los resultados de la vida económica. Los datos aquí presentados apuntan a que la opinión pública evalúa la marcha de la economía desde el bolsillo, pero también desde sus marcos ideológicos, sus expectativas personales y su grado de confianza en las instituciones. 

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La senda de reducción del déficit da muestras de fatiga

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Tras la crisis financiera, el gasto público en España dio un salto de escalón, situándose por encima del 45%. Concretamente, tras el pico de la pandemia (49,6%), el gasto ha quedado situado, tanto en 2023 como en 2024, en el 45,4%. Las buenas cifras de déficit alcanzadas en esos dos años, por debajo del objetivo oficial, han sido posibles gracias a unas extraordinarias tasas de crecimiento en la recaudación. Esos ingresos extra deben ser manejados como lo que son, shocks positivos de tesorería que no deberían utilizarse para aumentos de gasto estructural como pensiones o salarios públicos. Y sí, como en parte ha sucedido, para mejorar los déficits públicos de 2023 y 2024, al menos en algunas décimas por debajo del objetivo oficial. Situaciones como ésta son la excepción en la reciente historia española. Su importancia en la actual coyuntura presupuestaria va más allá. Este escenario de elevados ingresos ha venido a compensar, por sí solo, las distorsiones que genera la falta de una precisa hoja de ruta dentro de los presupuestos anuales. Conviene recordar que las cuentas de 2023 llevan dos años prorrogadas y no hay señales de unas nuevas en 2026. 

En ausencia de reformas estructurales, la senda de reducción del déficit estimada por el gobierno se enfrenta a importantes incertidumbres. Las previsiones inerciales de AIReF prevén hasta 2029 un aumento de una décima en los ingresos junto a una caída de dos décimas en el gasto. Es decir, el déficit previsto se situaría en 2029 en el 2,9%. Lejos, por tanto, del 1,5% fijado en el Plan Fiscal y Estructural de medio plazo 2025-2028 enviado a Bruselas (Gobierno de España, 2024). Como muestra el gráfico 1, la senda a medio plazo, tanto de empleos como de recursos de las Administraciones Públicas, presenta para los años 2025 y siguientes un perfil prácticamente plano. Esa dinámica muestra señales de una importante fatiga en la reducción del déficit público en el medio plazo. 


La muy favorable evolución de los principales ingresos (gráfico 2), fuertemente impulsada por la inflación y por las elevadas tasas de crecimiento de la economía, han permitido mantener niveles de gasto público superiores al citado 45%. Esencialmente, por el crecimiento de los impuestos sobre la renta, que aumentarán su participación en el PIB desde el 10,3% de 2019 al 13,5% de 2029. Conviene recordar que tres cuartas partes de dicho incremento corresponden al IRPF, que se postula, por tanto, como el principal sostén del aumento del gasto. Será difícil mantener, sin costes económicos y sociales, tal ritmo de crecimiento en los ingresos, incluso en ausencia de corrección de la progresividad en frío, puesto que las tasas de inflación caminan a la baja. El incremento de los gastos por el envejecimiento, junto con otras partidas también en fuerte tendencia creciente, como el gasto en defensa, exige reformar y reordenar el sistema tributario español.

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Alemania, año 2025. Hacia una GroKo vigilada (I)

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Suena a banda de rock o a monstruo de cuento infantil, pero GroKo es el acrónimo de Grosse Koalition (“gran coalición”). Esta expresión, que forma parte del repertorio político coloquial de los ciudadanos alemanes, hace referencia a los gobiernos formados, conjuntamente, por la CDU/CSU y el SPD. La primera GroKo entre cristianodemócratas y socialdemócratas gobernó en los años sesenta del pasado siglo, en la antigua República Federal de Alemania; las tres siguientes, ya en la unificada, durante la “era Merkel”. 

Hacia una quinta GroKo –liderada por los cristianodemócratas, como las cuatro anteriores– se encaminan las negociaciones que mantienen los dirigentes de la CDU/CSU y el SPD desde las elecciones federales del pasado 23 de febrero y cuya primera fase se plasmó en el breve documento que trazó las líneas maestras del “giro económico” (Wirtschaftswende). Tras obtener el respaldo de las dos cámaras del Parlamento alemán a las reformas constitucionales que suspenden condicionadamente el “freno de la deuda”, se crearon 16 grupos de trabajo con miembros de ambas formaciones que elaboraron otros tantos documentos. Buena parte de estos recogen propuestas consensuadas, pero algunos han dejado asuntos abiertos para la siguiente fase de negociación, circunscrita a un grupo integrado por 10 representantes de alto nivel de la CDU/CSU y 9 del SPD.

La discreción impuesta a los negociadores no ha impedido que se filtren desacuerdos, bastante más amables que agrios. Al margen de algunos temas que suscitan particular interés mediático, como los posibles cambios respecto a la producción y el consumo de cannabis o a las generosas subvenciones de las “bombas de calor” eléctricas, las cuestiones más espinosas afectan a la política migratoria y la tributaria.

La disputa migratoria se concreta principalmente en los derechos de los solicitantes de asilo. La CDU/CSU defiende la expulsión, previo informe a los países vecinos, de aquellos refugiados a quienes se les denieguen las solicitudes de asilo, mientras que el SPD reivindica más garantías legales y sociales para quienes buscan protección internacional, coordinando las actuaciones en esta materia con los Estados miembros y la Comisión Europea. En todo caso, los negociadores se declaran “proinmigración regulada”, lo que necesariamente traerá consigo un aumento de la “población con antecedentes inmigrantes” (es decir, aquella nacida con nacionalidad distinta de la alemana o que cuenta con algún progenitor que carece de ella), situada hoy en 24,9 millones (30% de la población residente en Alemania). Esta posición también la defienden las organizaciones empresariales y sindicales para combatir la escasez de trabajadores (sobre todo, en los ámbitos de la ingeniería, la sanidad, la educación y los cuidados), que el Instituto de la Economía Alemana (IW) ha estimado en más de 728.000 hasta 2027. 

En cuestiones tributarias, tanto la CDU/CSU como el SPD se declaran contrarios a aumentar los impuestos, pero mientras los cristianodemócratas proponen descargar fiscalmente a las empresas, los socialdemócratas insisten en medidas selectivas contra los más ricos, como el aumento del tipo impositivo máximo y la reintroducción del impuesto sobre el patrimonio, suprimido en 1997. 

A medida que se acerca la Pascua, fecha inicialmente prevista para presentar el acuerdo de coalición, se intensifica la presión sobre los negociadores. “Minuciosidad antes que celeridad”, responden ellos, a menudo, recurriendo a una máxima idiosincrásicamente alemana. Sentar las bases de un gobierno de coalición estable, internamente cohesionado y externamente percibido como sólido y consistente lleva su tiempo. Pero la sociedad da signos de creciente impaciencia: la intención de voto a la CDU/CSU ha caído en casi cuatro puntos respecto a los resultados electorales, mientras que, a su derecha, Alternativa para Alemania (AfD) gana apoyos, hasta casi borrar la ventaja de los cristianodemócratas.

Con todo, la presión más organizada y articulada proviene del sector empresarial. El pasado 2 de abril, el mismo día en que Trump anunciaba la nueva política arancelaria de Estados Unidos, 100 asociaciones del mundo de la industria y el comercio firmaron la “Declaración de la economía alemana sobre las negociaciones de coalición”. En ella demandan a los negociadores más “ambición” reformista; en concreto, una reducción de la presión fiscal sobre las empresas (del actual 30% a un máximo de 25%), una reforma de la seguridad social y la simplificación de esos requisitos burocráticos de información y documentación que, según análisis recientes, ocasionan costes estimados en cerca de 150.000 millones de euros anuales, afectando particularmente a las pequeñas y medianas empresas, al Mittelstand (que estaría dedicando alrededor del 20% de su trabajo a satisfacer tales exigencias burocráticas)[1].

Hace algo más de medio siglo, el célebre economista alemán Albert O. Hirschmann distinguió dos tipos de respuestas al deterioro de las condiciones del entorno: la “voz” y la “salida”[2]. Los empresarios alemanes han optado por la primera, señalizando así que, aunque no vean alternativa razonable a la GroKo, también frente a ella van a ejercer su responsabilidad in vigilando.


[1] Informes elaborados por los think tank económicos Ifo e Institut für Mittelstandsforschunghttps://www.ifo.de/pressemitteilung/2024-11-14/buerokratie-deutschland-kostet-jaehrlich-146-milliarden-euro y https://www.ifm-bonn.org/presse/pressemitteilungen/meldung/buerokratiekosten-belasten-kleinere-unternehmen-im-industriellen-mittelstand-erheblich.

[2] Albert O. Hirschmann (1970). Exit, Voice and Loyalty. Responses to Decline in Firms, Organizations and States. Cambridge (MA): Harvard University Press.

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Seis documentos empresariales que es necesario tener en formato impreso (infografía)

La digitalización de los documentos empresariales y su ubicación en la nube es una realidad a la que algunos documentos se resisten. Aunque cada vez son menos, algunos documentos empresariales deben conservarse en formato impreso.

  • Repasamos cuáles son los documentos más habituales que deben guardarse en formato impreso en cualquier negocio.
  • Conoce cuáles de estos contenidos deberían coexistir con versiones digitalizadas.

A pesar de la creciente digitalización de los documentos empresariales, algunos de ellos deben mantenerse en formato impreso, por lo que el papel todavía tardará en desaparecer de las empresas.

Sin embargo, aunque los originales de determinados documentos se conserven en papel, sus copias digitalizadas se suelen enviar por email. Un ejemplo de ello serían las escrituras de constitución, los poderes de los administradores o el acta de declaración de titularidad real, que las entidades financieras suelen solicitar a sus clientes.

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¿Qué documentos se deben mantener en formato papel?

Digitalización documental versus impresión en formato papel. Cada formato tiene sus ventajas e inconvenientes, siendo habitual que muchos documentos coexistan en ambos formatos. Entre los documentos empresariales que conviene tener en formato papel destacan los siguientes:

1) Contratos

Las empresas están constantemente firmando todo tipo de contratos, con proveedores, entidades financieras, contratos de alquiler, etc. Estos se firman, preferiblemente en azul para dificultar falsificaciones, y se guardan, por si es necesario realizar alguna consulta o reclamación. Sin embargo, a pesar de que las copias impresas se conservan, cada vez es más habitual conservar copias digitalizadas de estos documentos. De esta manera, se tiene una mejor accesibilidad a ellos y se facilita que puedan ser compartidos por medios electrónicos.

2) Licencias y permisos de la empresa

Licencia de actividad, permisos medioambientales, alta en el registro industrial… Son muchos los documentos oficiales que las empresas tienen que tener a disposición de una posible inspección. Este tipo de documentos, también suelen coexistir en formato impreso y digital, ya que las Administraciones Publicas están más digitalizadas. Cada vez son más los permisos y licencias que se emiten en formato electrónico.

3) Documentos fiscales

La Agencia Tributaria puede requerir documentos que justifiquen los datos reflejados en las liquidaciones tributarias y de impuestos, tales como facturas, tickets de gastos y otros justificantes. Sin embargo, también aquí existe la posibilidad de digitalizar las facturas y tickets de gastos con valor probatorio frente a Hacienda, siempre y cuando las aplicaciones que se utilicen se encuentren homologadas por la Agencia Tributaria.

4) Escrituras

Las escrituras se realizan en un papel exclusivo para documentos notariales; son selladas en cada hoja por el notario; se ponen timbres del estado en cada folio; y se firman, rubrican y se pone el sello notarial al final del documento.

Además, las escrituras de empresas también se inscriben en el Registro Mercantil que acompaña la hoja de inscripción firmada y sellada. Todo ello se encuaderna y se guarda a buen recaudo en formato papel, aunque es habitual también guardar copias digitalizadas de las escrituras, que son enviadas en ocasiones por correo electrónico. Entre las escrituras que más se suelen digitalizar se encuentran la escritura de constitución y las que otorgan poderes, ya que suelen ser demandadas por entidades financieras.

5) Contraseñas de las cuentas

Tenemos tantas contraseñas que es casi imposible memorizarlas, por eso, para evitar que sean robadas en ciberataques, no es conveniente guardar contraseñas bancarias ni de ningún tipo en un equipo informático. Mejor impresas en papel o anotadas en una libreta.

6) Tarjetas de visita

A pesar de la existencia de redes sociales como LinkedIn, donde se pueden ver los perfiles profesionales de millones de personas, las tarjetas de visita en formato papel también se resisten a desaparecer. El intercambio de tarjetas suele acompañar a los apretones de manos al inicio de muchas reuniones, aunque la pandemia generada por la COVID-19 también está afectando notablemente al intercambio de tarjetas.

Además de tener claro cuáles son los documentos que merece la pena conservar en papel, es preciso tener un control sobre ellos, con especial atención a lo siguiente:

  • Fechas de vencimiento de los distintos contratos.
  • Mantener en orden los archivos documentales.
  • Asignar responsable de la guardia y custodia de documentos importantes para la empresa.
  • Fechas de prescripción de la documentación justificativa de determinadas operaciones, ya que a partir de esa fecha ya no se hace necesaria su conservación.

Las impresoras se resisten a desaparecer a pesar de la digitalización de las empresas

A pesar de que la digitalización de las empresas avanza de manera imparable, la impresora se resiste a desaparecer. Algunos de los cambios que se están produciendo en la utilización de la impresora son los siguientes:

  • Se producen un incremento notable del escaneado de documentos, de manera que en determinadas empresas se utiliza más para escanear que para imprimir.
  • El fax tradicional que venía incorporado a muchas impresoras está prácticamente obsoleto al ser sustituido por el correo electrónico y el fax por Internet.
  • Se imprimen determinados documentos directamente en formato PDF para guardarlos en este formato.
  • La conectividad de las impresoras con Internet facilita la extensión del pago por copia, ya que los proveedores de estos servicios pueden tener acceso al número de copias realizadas. Este servicio se ha extendido a usuarios particulares, que reciben sus cartuchos de tinta antes de que se acaben.

Por lo tanto, el presente y el futuro conviven en determinados documentos, que se guardan en papel, pero también en formato digital. Además, las impresoras están lejos de desaparecer y están evolucionando con nuevas funcionalidades.

Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2024 por su relevancia.

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Crecimiento de la presión fiscal de los cuatro principales impuestos: papel estelar para el IRPF

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A finales de marzo, la Agencia Tributaria publicó información, actualizada para 2023, de bases, tipos medios y recaudación de las cuatro principales figuras impositivas: IRPF, IS, IVA e Impuestos Especiales (IE)[1] . Estos impuestos, junto a las cotizaciones sociales, son la espina dorsal de los recursos no financieros del Estado. En 2022, el peso de esas cuatro grandes figuras impositivas en los citados ingresos no financieros fue del 49%, y del 31% en el caso de las cotizaciones sociales. La serie disponible desde 1995 para esos cuatro impuestos permite extraer tres conclusiones relevantes. Primera: el crecimiento en la presión fiscal en esos cuatro impuestos (en adelante PF4) no es un fenómeno reciente. Contrariamente, es un proceso en curso que arrancó en 2010, tras el desplome en la recaudación con el fin de la burbuja inmobiliaria. Segunda: este proceso se aceleró entre 2019 y 2022 hasta situarse en el 18,2%, superando el pico del 18% de 2007 (ver gráfico 1). Tercera: esta tendencia incremental en PF4 se explica esencialmente por la evolución del IRPF, debido a los incrementos constantes tanto en la amplitud de la base gravada como en los tipos medios aplicados. Una parte importante de este incremento en los años pospandemia se debe a la no corrección generalizada de la progresividad en frío. La evidencia disponible avala que este aumento en ingresos por IRPF puede favorecer una mejora en la redistribución de la renta; no obstante, también pueden generar costes sobre el crecimiento económico que deberían ser tenidos en cuenta tanto en el debate técnico como político.


¿Cómo ha evolucionado la presión fiscal de los principales impuestos?

PF4
alcanzó en 2007 un máximo del 18,0%, coincidente con el final del boom inmobiliario. En 2010 se inició una
nueva etapa de crecimiento en PF4 con implicaciones sobre la situación actual:

  • El citado índice muestra una tendencia creciente desde 2010 con un promedio de 0,36 puntos por año, elevándose a 0,61 puntos en los años 2020 a 2022. El crecimiento de PF4 en los años 2019 a 2023 ha sido de 1,4 puntos de PIB.
  • El IRPF ha sido el impuesto donde más ha crecido la presión fiscal desde 2010 con un incremento de 2 puntos de PIB hasta 2023; el aumento ha sido de 1,3 puntos entre 2019 y 2023. El viento de cola de la inflación y la ausencia de corrección de la progresividad en frío ayuda a explicar este crecimiento. AIReF ha estimado para el IRPF un aumento conjunto en la recaudación de 2021 y 2022 de 6.200 millones como consecuencia de la inflación. Debe recordarse que el fenómeno de la inflación en el impuesto no solo afecta a la tarifa, sino también a otros elementos del impuesto como mínimos o deducciones.
  • La presión fiscal del IS se ha reducido desde el pico del 4,2% de 2007 a niveles medios del 2% en la situación prepandemia. Con cierta frecuencia, en el debate público se toma la recaudación de 2007 como un objetivo de referencia. Se olvida, sin embargo, que ese nivel se alcanzó en las excepcionales circunstancias de una intensa burbuja inmobiliaria, en el contexto de un ciclo alcista muy prolongado. De hecho, la presión fiscal por IS ha rondado el 2% en el período 2012 a 2019. No obstante, la presión fiscal soportada por las sociedades en 2023 se elevaría hasta el 2,6% si se incluyesen en el cálculo los 2.900 millones recaudados por los impuestos temporales (prestaciones patrimoniales) a los sectores de energía y banca. La transformación de tales impuestos temporales en definitivos aumentará en el largo plazo la carga fiscal que soportan las sociedades[2].
  • La presión fiscal por IVA aumentó 1,2 puntos entre 2010 y 2023, siendo de 0,4 puntos entre 2019 y 2022. Según las estimaciones de AIReF, el acumulado de aumento de recaudación de 2021, 2022 y 2023 por efecto de la inflación fue del 23,5%, 60,6% y 71,7% respectivamente. La reducción en la presión fiscal de IVA en 2023 es coyuntural, consecuencia de las rebajas fiscales aplicadas como parte del escudo social. Es previsible que repunte una vez desaparezcan todas las reducciones que se han venido aplicando sobre los tipos de gravamen.
  • Por último, la presión fiscal de impuestos especiales muestra una trayectoria descendente. Debido, entre otras causas, a la falta de actualización de los tipos de gravamen, expresados en euros, a la inflación. Al margen de los argumentos a favor y en contra de la actualización, el impuesto especial sobre la cerveza no ha sido actualizado desde 2005, el de hidrocarburos aplicable a gasolina y gasóleo desde 2009, el que soportan las diferentes labores del tabaco desde 2013 y el de alcohol desde 2016, según datos de la AEAT.


¿Cómo ha evolucionado el tamaño de bases y de tipos medios?

Los
cambios en la recaudación impositiva se explican por la evolución en el tamaño
de las bases y de los tipos medios (ver gráficos 2 y 3). La amplitud de las
bases puede aumentar o disminuir por varios factores interrelacionados: ciclo
económico, inflación, cambios normativos, así como elusión-evasión fiscal. Ceteris paribus, estructuras impositivas
de base amplia y tipos reducidos están asociadas a impuestos menos
distorsionantes. La apuesta por este tipo de estructuras es ampliamente
aceptada entre los economistas, especialmente en lo que se refiere a IS, IVA o
IE:

  • IRPF. Las bases muestran una tendencia creciente con aumento
    de 5,4 puntos de PIB entre 2017 y 2023 (52,3% a 57,7%). En 2020, en plena
    pandemia, se alcanza un nivel del 60,3%. Este es un valor atípico, coincidente
    con la pandemia y en un contexto de ausencia de cambios normativos que lo
    justifiquen. El tipo medio aumentó 1,6 puntos entre 2019 y 2023.
  • IS. Las bases se situaron en promedio entre 2013 y 2019 alrededor
    del 8,6%. No obstante, experimentaron un aumento de 3,9 puntos entre 2020 y
    2023. A partir de 2021 se situaron por encima del 10% hasta alcanzar el 12,1%
    en 2023. El tipo medio se ha mantenido estable alrededor del 20,5% desde 2016.
  • IVA e IE.
    Las bases de impuestos indirectos crecen con claridad a partir de 2021, epecialmente
    en el caso del IVA: 4,8 puntos de PIB entre 2020 y 2023. No obstante, el tipo
    medio de IVA se ha mantenido estable en los últimos años.

[1]
La
recaudación por cotizaciones, así como del resto de recursos no financieros
referida a 2023 está pendiente de ser publicado por Seguridad Social e IGAE.

[2] Aparte de los problemas de diseño de tales impuestos sectoriales, su inclusión en el sistema tributario ha obviado los costes que, según las noticias disponibles, generará en términos de deslocalización de la inversión hacia países limítrofes.

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Recaudación tributaria de 2023: lecciones para la consolidación fiscal

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La recaudación tributaria alcanzó en 2023 un nuevo máximo histórico de 271.935 millones de euros. Esta cifra supone un incremento del 6,4% frente a 2022; es decir, alrededor de 16.500 millones de euros adicionales que, sumadas a las cifras de 2021 y 2022, suponen alrededor de 61.400 millones de euros más de recaudación en tan solo 3 años. Como en los dos años previos, el fuerte aumento de la recaudación de 2023 ha venido impulsado por el viento de cola de la inflación. Esta cuestión merece especial atención, tanto por sus implicaciones macro —en términos de recaudación agregada— como micro, debido a sus efectos diferenciales en hogares de distinta capacidad económica (para el IVA puede consultarse aquí).

A partir de los datos de AiREF, el cuadro 1 cuantifica las ganancias de recaudación de 2022 y 2023 debidas a las tensiones en precios. La inflación aportó un extra de recaudación de 13.500 millones en 2022 (1,0% del PIB) y de 8.800 millones en 2023 (0,6% del PIB). La caída del IPC desde el 8,4% de 2022 al 3,5% de 2023 ha reducido en alrededor de un tercio las ganancias recaudatorias (4.700 millones aproximadamente). Sin embargo, el viento de cola de la inflación sigue siendo verdaderamente importante: la inflación aportó el 42% de las ganancias de recaudación de 2022, elevándose al 56% en 2023. A ello ha contribuido, de manera significativa, la falta de corrección general de la progresividad en frio del IRPF, tanto en lo que respecta a tarifa como a mínimos y deducciones. En sentido contrario, no obstante, ha actuado la ausencia de indexación de impuestos especiales como labores del tabaco, hidrocarburos o alcohol.


El gráfico 1 compara las ganancias de recaudación en los años pospandemia con el promedio de los años 2017 a 2019. Como se puede ver, las ganancias a partir de 2021 superaron ampliamente el promedio de 8.853 millones de euros de los años 2017 a 2019. Naturalmente, la mayor ganancia recaudatoria se produjo en 2022, bajo un elevado crecimiento de los precios. Como resultado, el incremento recaudatorio de ese año superó los 32.000 millones de euros, 3,6 veces por encima del promedio prepandemia. La evolución mucho más favorable de los precios en 2023 redujo las ganancias a 1,9 veces por encima del período de referencia previo a la pandemia.


Esta situación se produce en un contexto donde el déficit público se ha reducido en el último año desde el 4,73% de 2022 al 3,66% de 2023, mejorando la previsión oficial del 3,9%. Es decir, se ha conseguido reducir el déficit de 2023 en alrededor de 3.500 millones por debajo de lo inicialmente previsto. En esta situación han jugado un papel central los fuertes aumentos de ingresos generados por la inflación. A efectos meramente ilustrativos, el colchón extra de recaudación aportado por la inflación en 2023 (8.800 millones) ha sido equivalente al 87% de la reducción del déficit (10.200 millones).  Sin embargo, estos recursos extra asociados al efecto precios se irán reduciendo en los próximos años, en la medida que la inflación continúe su línea descendente hacia el 2%. Por tanto, la progresiva mejora en los niveles de precios obligará a buscar fórmulas activas de consolidación fiscal más allá de las que, de forma silenciosa y sin necesidad alguna de reforma fiscal, proporciona la inflación. En ausencia de medidas específicas, existen serias dudas que se pueda reducir el déficit por debajo del 3% en los próximos años. En este sentido, las predicciones de la Comisión Europea (In-depth review 2024) publicadas a finales de marzo sitúan el déficit en una trayectoria ascendente del 3,2% en 2024 y del 3,4% en 2025. Con diferentes matices, estas predicciones coinciden con las realizadas por Banco de España, Airef o Funcas, que sitúan el déficit en esos años claramente por encima del 3%.

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Beneficios bancarios

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Las grandes entidades financieras españolas obtuvieron beneficios de más de 26.000 millones en 2023, un 27 % más que hace un año. Es buena noticia, pero han generado una polémica estéril. Que si son excesivos, que si justifican más impuestos. Se requiere una reflexión sosegada, más perspectiva. Las empresas deben tener una rentabilidad adecuada que nutrirá primeramente sus reservas para garantizar su solvencia y supervivencia y, si así lo desea, para invertir, crecer, y generar más actividad económica. Para bancos aún más, ya que se les exige desde la regulación financiera niveles de capitales propios reforzados, que hay que ir alimentando con reservas, para que no se vea afectado el crédito. Son actores principales en la canalización del ahorro al crédito en una economía, con la lógica asunción de riesgos, que deben venir respaldados por los recursos propios.

Tras la crisis financiera de 2008 y sus coletazos —como el grave contagio a la deuda soberana periférica en Europa— la estrategia monetaria fue muy laxa con tipos de interés ultrarreducidos y negativos. La presión sobre la rentabilidad bancaria fue notable. Repercutió en el precio de las acciones del sector. Nada boyante, por debajo del valor en libros. Y llegaron nuevas exigencias regulatorias, como el incremento del capital y otros requerimientos prudenciales. Más presión para los resultados de los bancos. Después, un marco de tipos de interés más elevados ha ayudado a impulsar los beneficios. No obstante, el que los bancos estén saneados y hayan aligerado su estructura y sus costes en la última década —otra exigencia regulatoria— ha ayudado a que sus resultados sean mejores de los inicialmente esperados en los dos últimos años. Dicho esto, no hay espacio para las autocomplacencias ya que los retos, como los tecnológicos, con la nueva inteligencia artificial requiriendo inversiones sustanciales, no se detienen y el entorno de tipos de interés está próximo a cambiar. Asimismo, los bancos —como empresas que son buque insignia— deben perseguir objetivos más allá de los beneficios. Por ello harán bien en compartir el momento saneado de sus cuentas con su entorno y cumplir así más objetivos sociales además de los financieros. Es este un excelente momento para reforzar su reputación y papel social. 

Sorprende que se haya fijado un impuesto en la banca en un momento tan puntual de los beneficios, sin garantías de continuidad. Sin duda no se ha considerado prioritario la permanente necesidad de reforzar capital de la banca española y el mantenimiento de su situación competitiva internacional. Las alertas del Banco Central Europeo cuando se le consultó el impuesto no jugaron un papel determinante, dando lugar a la inconsistencia entre los objetivos entre agencias gubernamentales. Mientras los supervisores bancarios requieren rentabilidad para, fundamentalmente, mejorar la solvencia y así evitar episodios como las tensiones del último ejercicio de la banca regional estadounidense, la autoridad fiscal detrae de ese proceso recursos significativos que además reducen la capacidad de conceder nuevo crédito a la economía, lo que habría tenido efectos positivos mayores que la recaudación de un impuesto.

Este artículo se publicó originalmente en el diario La Vanguardia.

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La reforma fiscal: por dónde empezar

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La semana pasada, Funcas organizó el seminario “La reforma fiscal: por dónde empezar”. El video de la jornada se encuentra disponible aquí. En esta entrada se sintetizan las ideas principales.

El punto de partida del debate fue la constatación de que la pandemia y la invasión de Ucrania han condicionado la puesta en marcha de una reforma tributaria en profundidad en el pasado reciente. El estreno de la nueva legislatura y la normalización del entorno en 2024 ofrecerían, de entrada, un marco más propicio, a pesar de que la mayor fragmentación parlamentaria complica la tramitación de leyes que den cobertura a las modificaciones de mayor calado.

En este contexto, el debate se centró en repasar las actuaciones más urgentes y en explorar las posibilidades reales de reforma tributaria, teniendo en cuenta las propuestas del libro blanco para la reforma tributaria publicado en 2022, las tendencias recientes en los Estados miembros de la Unión Europea y el escenario internacional, definido por directivas y acuerdos multilaterales de todo tipo.

En
lo que atañe al diagnóstico, se valora positivamente el contenido y alcance del
libro blanco, si bien se indican dos aspectos clave en los que se podría
complementar. Primero, la realización de cálculos y estimaciones en algunos impuestos.
Segundo, un mayor aprovechamiento del conocimiento práctico de los
profesionales del sector.

En el ámbito del IRPF, algunos cambios parecen especialmente urgentes. Entre ellos, destaca la eliminación del régimen de estimación objetiva; el mantenimiento del esquema de tributación dual, con la inclusión de los rendimientos de capital inmobiliario en la base ahorro y una posible aproximación de tipos a los de la base general; la reforma de la actual reducción variable por rendimientos de trabajo; la revisión de los gastos fiscales para ensanchar la base; la simplificación del impuesto; la actualización periódica para corregir los efectos acumulados de la inflación; y la extensión de la obligación de declarar para contar con una radiografía económica de todos los hogares, input fundamental para un despliegue focalizado de actuaciones en el frente redistributivo.

En el ámbito del impuesto sobre sociedades hay que ser conscientes de todos los acuerdos internacionales para evitar el problema de la doble imposición, pero también los avances más recientes todavía en fase de implementación. En general, el acento se pone en la necesaria revisión de los ajustes que se hacen para pasar del resultado contable a la base liquidable. El ensanchamiento de bases permitiría aumentos de recaudación incluso con una reducción de tipos, en línea con las tendencias internacionales.

En
el ámbito de la tributación de la riqueza se impone una simplificación y una
actualización normativa. Hoy contamos con tres figuras que gravan la riqueza
general (impuestos sobre el patrimonio, sobre sucesiones y donaciones y sobre
las grandes fortunas), con una normativa muy desfasada en el caso de los dos
primeros, unos tipos impositivos excesivamente altos en perspectiva comparada y
en términos económicos, una elevada elusión fiscal, y problemas de
externalidades fiscales negativas (competencia fiscal nociva) que requieren
atención. El libro blanco discute estas cuestiones en detalle.

Finalmente, la reforma fiscal verde es un frente en el que casi todo está por hacer. A pesar de que los españoles son conscientes de la necesidad de hacer frente al cambio climático y los problemas medioambientales, vamos por detrás de la mayoría en el frente tributario en este ámbito. La convergencia en la tributación del gasóleo y la gasolina a los parámetros comunitarios, así como la implementación de las actuaciones discutidas en el libro blanco exigirían, no obstante, la utilización de mecanismos de compensación para afrontar la regresividad tributaria de las actuaciones. Precisamente, la extensión de la obligación de declarar en el IRPF sería un input valioso para la concreción de esas compensaciones.

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