los-bancos-ya-no-podran-subir-el-limite-de-tus-tarjetas-sin-pedirte-permiso

Los bancos ya no podrán subir el límite de tus tarjetas sin pedirte permiso


Tarjetas de crédito y normativa de consentimiento

Durante años, muchos usuarios se han encontrado en el buzón tarjetas de crédito que nunca habían pedido, subidas de límite automáticas o líneas de financiación activadas casi sin darse cuenta. Esa forma de operar, muy extendida en el sector, ha impulsado el crédito fácil, pero también ha dejado a miles de hogares atrapados en deudas difíciles de manejar.

Con el nuevo anteproyecto de Ley de Contratos de Crédito al Consumo impulsado por el Gobierno de España, ese escenario da un giro importante: las entidades financieras ya no podrán emitir tarjetas de crédito ni aumentar el límite disponible si el cliente no lo solicita de forma clara y no presta su consentimiento expreso y previo. El objetivo es reforzar la protección de los consumidores y cortar de raíz prácticas que alimentaban el sobreendeudamiento.

Fin a las tarjetas y ampliaciones de límite no solicitadas

El texto legal establece de manera tajante que se prohíbe cualquier concesión de crédito al consumo que no haya sido pedida antes por el cliente y aceptada de forma explícita. Esto incluye tanto la emisión de nuevas tarjetas de crédito como cualquier incremento unilateral del límite en las tarjetas ya contratadas.

Hasta ahora, era habitual que los bancos incluyeran tarjetas en paquetes de cuentas o servicios, o que lanzaran campañas internas en las que se ampliaban los límites coincidiendo con épocas de mayor gasto, como verano o Navidad. En muchas ocasiones, el consumidor solo se enteraba del cambio cuando revisaba el extracto o intentaba hacer una compra de mayor importe.

Con la nueva norma, esa operativa queda vetada: ni tarjetas nuevas, ni líneas de crédito adicionales, ni subidas de límite podrán activarse si el titular no ha dado una autorización verificable. El consentimiento deberá quedar registrado —ya sea por escrito, mediante firma digital o a través de canales que permitan acreditar la aceptación— para que la entidad pueda demostrar que ha actuado conforme a la ley.

Conviene subrayar que la prohibición va más allá de lo que ya recogía la Ley de Servicios de Pago, que se centraba en no enviar instrumentos de pago no solicitados salvo en casos de renovación. Ahora el foco se sitúa en el propio crédito asociado a la tarjeta, cerrando cualquier margen a que se genere deuda sin una decisión consciente del usuario.

Ofertas comerciales sí, activaciones automáticas no


Cliente revisando oferta de tarjeta de créditoofertas de financiación. Las entidades podrán continuar enviando propuestas de tarjetas preautorizadas, simulaciones de préstamos o mensajes dentro de la app bancaria, pero esas ofertas no podrán convertirse en crédito real sin un paso adicional: la aceptación clara e inequívoca del cliente.

El Ministerio de Economía ha insistido en este matiz: la actividad comercial no se prohíbe, lo que se veta es la activación automática de productos que supongan endeudamiento. En la práctica, el banco podrá seguir diciendo “tienes hasta X euros preconcedidos”, pero no podrá poner ese dinero a disposición del consumidor hasta que este confirme que quiere contratarlo.

Para el usuario, esto supone recuperar el control sobre su nivel de exposición al crédito. Desaparecen las ampliaciones silenciosas de límite y las líneas que “aparecen” asociadas a una tarjeta o a una compra financiada sin que haya una solicitud expresa. Cualquier nuevo crédito deberá ser una decisión meditada y no el resultado de una casilla marcada sin leer o de una promoción agresiva.

En consecuencia, las entidades se ven obligadas a revisar sus procesos internos: tendrán que adaptar sus sistemas de contratación, reforzar los mecanismos de verificación del consentimiento y documentar de forma exhaustiva la aceptación del cliente, algo que también tiene implicaciones legales en caso de conflicto.

Nuevo marco para la financiación al consumo y el “buy now, pay later”

El anteproyecto no se limita a las tarjetas. La futura Ley de Contratos de Crédito al Consumo transpone dos directivas europeas y extiende el alcance de la regulación a un amplio abanico de productos: préstamos personales, microcréditos, créditos rápidos, pagos fraccionados e incluso las fórmulas de buy now, pay later (BNPL), cada vez más habituales en el comercio electrónico.

Esto significa que cualquier empresa que financie compras a plazos —ya sea un banco tradicional, una plataforma digital o un comercio que ofrece fraccionar el pago— deberá ajustarse a las nuevas obligaciones si quiere cobrar intereses. En muchos casos, las compañías que no sean entidades financieras reguladas tendrán que canalizar esa financiación a través de intermediarios supervisados por el Banco de España o renunciar a aplicar intereses.

La intención del Ejecutivo es evitar que se consolide un “submundo” del crédito al margen de los controles habituales. El auge de soluciones BNPL, que permiten pagar en varios plazos con apenas unos clics, ha despertado preocupación entre los reguladores europeos por el riesgo de endeudamiento silencioso, especialmente entre los consumidores más jóvenes.

Al incorporar estos productos al paraguas de la ley, se exige que el cliente reciba información clara sobre costes, plazos y consecuencias de impago antes de aceptar. También se refuerzan los criterios de concesión responsable, de modo que el prestamista tenga que valorar la capacidad real de pago del consumidor y no limitarse a aprobar crédito de forma casi automática.

Límites al coste del dinero y control de las tarjetas revolving

Uno de los bloques más sensibles de la reforma es el relativo al coste del dinero en el crédito al consumo. La ley introduce límites explícitos al tipo de interés y a determinados cargos asociados a este tipo de tarjetas. Además, se fijan topes al coste de los descubiertos bancarios y se refuerzan las obligaciones de transparencia: las entidades deberán proporcionar simulaciones realistas de cuánto tardará el consumidor en saldar la deuda y cuánto pagará en total si opta por distintas modalidades de pago.

Estas tarjetas funcionan como una línea de crédito que se renueva automáticamente y en la que el cliente suele pagar una cuota mensual fija. En la práctica, los intereses aplicados pueden ser tan elevados que la deuda se prolonga durante años y aumenta la morosidad, aunque el usuario lleve tiempo abonando recibos, lo que las convierte en un producto de alto riesgo para quienes tienen menos conocimientos financieros.

Con la nueva norma, se establecen límites explícitos al tipo de interés y a determinados cargos asociados a este tipo de tarjetas. Además, se fijan topes al coste de los descubiertos bancarios y se refuerzan las obligaciones de transparencia: las entidades deberán proporcionar simulaciones realistas de cuánto tardará el consumidor en saldar la deuda y cuánto pagará en total si opta por distintas modalidades de pago.

El objetivo es que el cliente pueda comparar, entender y valorar el impacto real del crédito antes de firmar. Para ello, la ley exige que la información sea presentada de forma sencilla y comprensible, alejándose de la letra pequeña que tradicionalmente ha acompañado a estos productos.

Este refuerzo de la transparencia se enmarca en un contexto en el que los tribunales ya han declarado nulos numerosos contratos de tarjetas revolving por considerar usurarios sus intereses. El nuevo marco pretende adelantarse a futuros conflictos y evitar que la vía judicial sea la única forma de corregir abusos.

Papel reforzado del Banco de España y supervisión de nuevas figuras

Otra novedad relevante es la ampliación del perímetro de supervisión del Banco de España. El organismo no solo vigilará la actuación de bancos y entidades financieras clásicas, sino también la de compañías y plataformas que concedan crédito al consumo, incluidas las digitales que operan exclusivamente en Internet.

De esta forma, se intenta reducir el espacio para modelos de negocio que ofrecían financiación sin un control exhaustivo. Los proveedores de crédito alternativos, como algunas fintech o comercios que financiaban compras directamente, deberán adaptarse a las exigencias en materia de información, evaluación de solvencia y gestión de riesgos.

La norma también obliga a que las empresas que quieran impulsar ventas mediante financiación al consumo recurran a intermediarios financieros regulados si desean aplicar intereses. Si no lo hacen, podrán seguir ofreciendo pagos aplazados, pero sin cobrar un precio por el crédito, lo que limita la rentabilidad de este tipo de servicios y reduce el incentivo a promover deuda de forma agresiva.

Además, se refuerzan los canales de reclamación del cliente: si se concede un crédito o se amplía un límite sin consentimiento, el usuario podrá acudir a los servicios de atención al cliente del banco y, en caso de no obtener respuesta satisfactoria, elevar la queja al Banco de España, que tendrá más herramientas para sancionar conductas irregulares.

Impacto para los consumidores: más control y menos sorpresas

Para el ciudadano de a pie, la principal consecuencia de esta reforma es sencilla de resumir: ningún banco podrá aumentar su capacidad de endeudamiento sin contar con él. Ni tarjetas que llegan a casa sin explicación, ni límites que se disparan a golpe de campaña comercial, ni créditos asociados a una compra sin que queden meridianamente claros.

A partir de la entrada en vigor de la ley, si una entidad quiere ofrecer una nueva tarjeta o una ampliación de límite, tendrá que solicitar una autorización expresa, ya sea mediante la app, por escrito, con firma digital o a través de una gestión telefónica cuya grabación quede guardada. Sin ese paso, la operación no podrá formalizarse.

Este cambio también otorga al consumidor más argumentos a la hora de reclamar. Si recibe una tarjeta no solicitada, puede exigir su cancelación inmediata sin coste y denunciar el envío ante los organismos competentes. Si detecta que su límite ha subido sin haberlo pedido, puede pedir que se restituya y que se revisen las condiciones del crédito asociado.

En paralelo, la reforma encaja con los esfuerzos por mejorar la educación financiera de la población. Al obligar a que el cliente tome una decisión consciente cuando contrata crédito, se fomenta una mayor reflexión sobre la conveniencia de endeudarse, el impacto de los intereses y la planificación de los pagos.

El resultado es un entorno en el que el crédito al consumo sigue siendo una herramienta disponible, pero en el que la iniciativa recae en el usuario y no en la estrategia comercial de la entidad. Para muchos hogares, esto puede marcar la diferencia entre utilizar la tarjeta como apoyo puntual o convertirla en la puerta de entrada a una deuda crónica.

Todo este paquete de medidas configura un nuevo escenario en el que la banca española y europea deberá adaptar sus prácticas a un estándar más exigente de transparencia y responsabilidad, mientras que los consumidores ganan margen para decidir qué nivel de crédito asumen y en qué condiciones. El crédito al consumo no desaparece, pero deja de ser algo que “aparece” casi sin avisar para convertirse en un producto que exige una decisión deliberada y bien informada por parte de cada cliente.


Etiquetas: ,

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies