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EU Inc: así será crear una empresa en 48 horas por 100 euros en la Unión Europea


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Crear una empresa en Europa está a punto de dejar de ser una carrera de obstáculos. La Comisión Europea quiere que cualquier emprendedor pueda levantar una sociedad en solo 48 horas, por un máximo de 100 euros y sin capital social mínimo, usando exclusivamente trámites digitales y con validez en todo el mercado único.

Este cambio llega de la mano de EU Inc., la nueva forma societaria europea que se integra en el denominado régimen 28, un paquete normativo pensado para que las empresas de la Unión puedan operar con un solo marco jurídico corporativo en lugar de tener que adaptarse a 27 sistemas nacionales distintos. El objetivo es claro: reducir burocracia, ganar tamaño y evitar que los proyectos más innovadores acaben mudándose a Estados Unidos u otros mercados más ágiles.

Qué es EU Inc y en qué consiste el “régimen 28”

El llamado régimen 28 toma su nombre de la idea de crear un marco societario número 28, adicional a los 27 ordenamientos nacionales, que cualquier empresa pueda elegir de forma voluntaria. La propuesta, inspirada en las recomendaciones del ex primer ministro italiano Enrico Letta y del informe de Mario Draghi sobre competitividad, busca profundizar de verdad en el mercado único europeo eliminando trabas legales innecesarias.

Bajo este sistema, las compañías que opten por EU Inc. pasarán a contar con una única forma jurídica armonizada para todo el espacio comunitario. Eso significa operar con las mismas reglas corporativas aunque la actividad se desarrolle en varios países, sin necesidad de crear filiales en cada Estado miembro ni nombrar representantes locales para poder acceder a ayudas públicas o abrir cuentas bancarias.

Las sociedades que nazcan bajo este formato llevarán un distintivo propio: incluirán el sufijo “EU Inc.” en su denominación, a modo de etiqueta común reconocible en todo el bloque. Según los cálculos que maneja Bruselas, en el horizonte de una década alrededor del 10% de las nuevas empresas podrían optar por este régimen, lo que supondría unas decenas de miles de constituciones anuales bajo esta vía.

La propuesta no sustituye a los ordenamientos mercantiles nacionales ni deroga las formas societarias existentes en cada país. Se trata de un marco adicional y opcional que se ofrece a los fundadores que quieran, desde el primer día, pensar su negocio a escala europea sin encadenarse a procedimientos diferentes en cada jurisdicción.


constitución digital de empresa por 100 eurosregistros mercantiles nacionales y demás administraciones competentes. El emprendedor solo tendrá que enviar su información una vez, y los distintos organismos (registro, Hacienda, seguridad social, etc.) la compartirán entre sí sin volver a reclamarle la misma documentación.

Este enfoque se basa en el principio de “solo una vez” que defiende Bruselas: los datos básicos de la empresa se introducen una sola vez en la plataforma, y a partir de ahí se reutilizan siempre que sea necesario. De este modo, la nueva sociedad podrá obtener prácticamente al mismo tiempo su inscripción en el registro, el NIF y el número de IVA, evitando repetir formularios o aportar copias de los mismos documentos en distintos organismos.

En países donde la intervención notarial sea obligatoria para la constitución, los notarios seguirán ejerciendo sus controles preventivos, pero con límites: su actuación tendrá que resolverse en un máximo de 48 horas y no podrá superar los 100 euros de coste. De esta manera se mantiene la función de supervisión jurídica, pero se impide que el proceso se alargue semanas o se encarezca innecesariamente.

Un mercado único menos fragmentado: operar en toda la UE con una sola sociedad

Uno de los grandes problemas que detecta la Comisión es que, hoy por hoy, una empresa que quiere crecer dentro de la UE se enfrenta a 27 ordenamientos jurídicos diferentes y más de 60 tipos societarios. Esa fragmentación genera costes adicionales, retrasos de semanas o meses y hace que muchos proyectos descarten dar el salto a otros países o directamente busquen expandirse fuera de Europa.

Con EU Inc., Bruselas plantea que una empresa pueda constituirse en cualquier Estado miembro y, desde ese punto, operar en el conjunto del mercado único bajo un mismo esquema de derecho societario. No será obligatorio crear filiales o sucursales sujetas a formas nacionales específicas para ofrecer servicios o vender productos en otros países.

Esto se traduce, por ejemplo, en la posibilidad de gestionar la actividad paneuropea desde una sola cuenta bancaria, sin requerir medios financieros separados en cada jurisdicción, y en consecuencia poder optimizar los fondos de maniobra de una empresa. También simplifica el acceso a ayudas públicas y programas de financiación europeos, al poder acreditarse con una figura jurídica homogénea y reconocible en todo el bloque.

La Comisión aspira a que este nuevo marco contribuya a que más empresas se queden y crezcan en Europa, en lugar de migrar a Estados Unidos en busca de un entorno regulatorio más unificado y un mercado de capitales más profundo. El contraste actual es evidente: mientras las compañías europeas acumulan alrededor del 30% de las patentes mundiales, la UE apenas cuenta con unos pocos centenares de unicornios frente a los miles existentes al otro lado del Atlántico.

Qué pasa con los impuestos, la legislación laboral y los derechos de los trabajadores

Uno de los puntos donde Bruselas ha querido ser más clara es en el alcance real de EU Inc. La nueva forma societaria no modifica el derecho fiscal ni la legislación laboral de los Estados miembros. Los tributos y la protección de los trabajadores seguirán rigiéndose por las leyes nacionales allí donde se realice efectivamente la actividad.

En materia fiscal, la empresa pagará el impuesto de sociedades de acuerdo con el lugar donde esté su dirección efectiva y donde ejerza su actividad económica, así como en los países en los que tenga un establecimiento permanente. A la vez, las personas físicas tributarán por el IRPF donde sean residentes fiscales, igual que hasta ahora. La propuesta insiste en que no se pretende mover la ubicación de la carga impositiva, sino armonizar solo las reglas corporativas básicas.

En el plano laboral, las normas aplicables vendrán determinadas por el país donde el trabajador preste sus servicios, con independencia de en qué Estado se haya constituido la empresa EU Inc. Si un empleado desarrolla su trabajo en España, seguirá protegido por la legislación española, sus convenios colectivos y sus derechos de participación en órganos de empresa cuando existan. La Comisión subraya que no se podrá usar esta figura para saltarse derechos laborales reconocidos a nivel nacional.

Algunos sindicatos y organizaciones laborales han alertado del riesgo de que determinados instrumentos mal diseñados acaben sirviendo de atajo para abaratar costes laborales o rebajar estándares sociales. La Comisión responde que la propuesta incorpora salvaguardas y una lista de prácticas prohibidas para garantizar que las empresas EU Inc. reciban el mismo trato y cumplan las mismas obligaciones que una sociedad nacional en cada país donde operan.

Digitalización total: desde la gestión diaria hasta la liquidación

La iniciativa no se limita al momento de la constitución. El planteamiento de Bruselas es que todo el ciclo de vida de la empresa sea digital por defecto, desde su funcionamiento ordinario hasta los procesos de financiación, ampliaciones de capital, transmisión de acciones o, en su caso, liquidación e insolvencia. Esto incluirá herramientas como software ERP para gestionar operaciones y contabilidad de forma eficiente.

En la práctica, esto supondrá que no será obligatoria la intervención de intermediarios —como notarios— en operaciones de capital y transferencias de participaciones. Los fundadores o socios podrán recurrir a ellos si lo consideran conveniente, pero se elimina la exigencia legal de su presencia en muchos actos que hoy siguen canalizándose en papel y con citas presenciales, lo que a su vez puede facilitar el acceso a préstamos sin papeleo para financiar el arranque.

Bruselas también quiere que, llegado el caso, cerrar una empresa deje de ser un proceso largo, caro y opaco. Para EU Inc. se prevé un procedimiento de insolvencia simplificado, basado en criterios claros —como la incapacidad de pagar deudas— y tramitado a partir de formularios estandarizados. La representación por abogado será opcional, y las comunicaciones entre la autoridad competente, el administrador concursal y las partes deberán realizarse íntegramente por vía electrónica.

Además, se propone que los Estados miembros pongan en marcha plataformas de subastas digitales para vender los activos de las empresas, al menos en el caso de startups innovadoras, de manera que la conversión en liquidez sea más rápida y transparente. La lista de créditos que presente el administrador concursal o el deudor se considerará aceptada por defecto, salvo oposición expresa de algún acreedor, con la idea de evitar demoras innecesarias en el cierre de los procedimientos.

Empresas innovadoras, startups y scaleups: quién se beneficia más

Aunque EU Inc. estará abierto a todo tipo de sociedades, la propuesta está especialmente orientada a empresas innovadoras y de alto crecimiento. La Comisión ha tratado de fijar una serie de definiciones comunes para reducir la actual dispersión de criterios entre países y facilitar la identificación de estos proyectos a la hora de conceder apoyos y financiación.

Se considera empresa innovadora a aquella cuyos gastos en investigación y desarrollo hayan supuesto al menos el 10% de sus costes operativos en los últimos tres años, o el 5% de su facturación total. También encajarán en esta categoría las compañías que estén desarrollando una innovación relevante que implique un riesgo significativo de fracaso tecnológico o comercial, aunque todavía no acumulen ese histórico de inversión.

Dentro de este grupo se distinguen dos subtipos clave. Por un lado, la startup innovadora, definida como una empresa innovadora con menos de 100 empleados, una facturación o balance anual inferior a 10 millones de euros y menos de 10 años de actividad. Por otro, la scaleup innovadora, que mantiene el carácter innovador pero ya ha superado ese tamaño: factura o presenta un balance superior a 10 millones, ha crecido en ingresos o plantilla al menos un 20% en los dos últimos años y emplea menos de 750 personas sin cotizar en bolsa.

Para estas empresas, el nuevo marco prevé procedimientos de liquidación más ágiles, la posibilidad de beneficiarse antes de los procesos digitales simplificados y una etiqueta reconocible que la propia Comisión quiere que adopten también bancos públicos como el Banco Europeo de Inversiones y otras instituciones comunitarias. La idea es que la condición de “empresa innovadora” se convierta en un estándar operativo común en toda Europa.

Acceso a financiación, acciones y planes de incentivos para empleados

Otro pilar de EU Inc. es el impulso a la financiación empresarial y al atractivo del ecosistema europeo para inversores y talento. La propuesta contempla que las operaciones de financiación se tramiten por defecto de forma digital y que la transferencia de acciones se simplifique, reduciendo burocracia y tiempos de espera. En este contexto, se incluyen medidas para facilitar créditos para crear la primera empresa y otras vías de apoyo financiero.

Los Estados miembros tendrán margen para abrir la puerta a que las empresas EU Inc. puedan cotizar en bolsa o acceder a mercados de capitales específicos, apoyándose en esta figura armonizada como carta de presentación. Bruselas espera que la marca EU Inc. sirva, en paralelo al avance del mercado único de capitales, para facilitar el acceso a recursos financieros que hoy se concentran sobre todo en otros centros globales.

Además, se introducen facilidades en los planes de opciones sobre acciones para empleados. La idea es que quienes reciban parte de su retribución en forma de participaciones no tengan que tributar de inmediato, sino solo cuando vendan esas acciones y materialicen la ganancia. Con ello se pretende que las empresas europeas puedan competir mejor por el talento, ofreciendo esquemas de incentivos más cercanos a los que ya son habituales en el ecosistema tecnológico estadounidense.

En paralelo, EU Inc. permite a los fundadores emitir diferentes clases de acciones con derechos económicos o de voto distintos. Entre otras herramientas, se contempla la posibilidad de establecer acciones con derechos de voto múltiples o condicionar la transmisión de títulos al consentimiento de la propia sociedad. Estás fórmulas buscan proteger a los creadores de la empresa frente a eventuales adquisiciones hostiles, permitiendo la entrada de nuevos inversores sin perder el control.

Notarios, tribunales especializados y el papel de los Estados miembros

El nuevo modelo tiene implicaciones directas para profesiones y estructuras existentes, especialmente en países como España, donde los notarios y registradores han tenido históricamente un papel central en la creación y modificación de sociedades. La Comisión reconoce este papel, pero lo encuadra en un contexto distinto: controles que seguirán existiendo, pero limitados en coste y plazos, y acompañados de canales telemáticos obligatorios.

Para garantizar una aplicación homogénea de las normas, Bruselas recomienda que los Estados miembros designen tribunales especializados en empresas EU Inc.. Estos órganos se encargarían de conocer los litigios más complejos relacionados con este tipo de sociedades, con la intención de evitar cuellos de botella, mejorar la coherencia de las resoluciones y acumular experiencia específica que facilite una interpretación estable de la nueva figura.

La Comisión es consciente de que no es la primera vez que se intenta algo similar. En 2004 se lanzó una forma de sociedad europea que apenas consiguió implantarse y que hoy suma solo unos pocos miles de casos. En aquella ocasión se exigía un capital mínimo muy elevado —del orden de los 120.000 euros— y la infraestructura digital no estaba tan desarrollada como ahora. Esta vez se ha optado por eliminar el mínimo de capital y apoyar la iniciativa sobre sistemas electrónicos ya en funcionamiento.

Pese a las reticencias iniciales de algunos actores —como parte del notariado o ciertos sindicatos preocupados por posibles efectos colaterales—, la Comisión insiste en que se trata de “regulación inteligente, no desregulación”. Los Estados conservarán plena competencia en fiscalidad, relaciones laborales o protección social, pero se les pide colaborar en la puesta en marcha de este régimen adicional, incluyendo la inversión en plataformas digitales y, donde sea posible, en órganos judiciales específicos.

Impacto esperado en el emprendimiento europeo y plazos de aplicación

La propuesta de EU Inc. encaja en una estrategia más amplia para reforzar la competitividad europea y reducir la brecha frente a otras economías avanzadas. Hoy, cada año se crean en torno a 600.000 empresas en la Unión Europea, pero muchas tardan semanas o meses en completar los trámites y muy pocas consiguen crecer con rapidez más allá de las fronteras nacionales.

Según las estimaciones presentadas por la Comisión, en el horizonte de diez años el nuevo régimen podría dar lugar a hasta 300.000 empresas EU Inc. adicionales, capaces de generar alrededor de 1,6 millones de puestos de trabajo. En paralelo, se espera que una parte significativa de las firmas innovadoras que hoy se plantean escalar en Estados Unidos encuentren más incentivos para mantenerse y crecer dentro del mercado europeo.

La iniciativa responde directamente a las advertencias del llamado Informe Draghi, que ponía el acento en la urgente necesidad de facilitar que las empresas innovadoras logren tamaño y acceso a capital en Europa. Para ello, se reclamaban menos trabas nacionales, más integración financiera y un entorno más claro para los inversores. EU Inc. pretende aportar una pieza importante de ese puzle, reduciendo la fragmentación normativa y enviando una señal de estabilidad regulatoria a largo plazo.

En términos de calendario, la propuesta de reglamento deberá ser ahora debatida y negociada por el Parlamento Europeo y el Consejo, donde están representados los gobiernos de los Estados miembros. La Comisión se ha marcado como objetivo cerrar un acuerdo antes de finales de 2026, de modo que el sistema pueda empezar a funcionar poco después. La propia presidenta Ursula von der Leyen se ha implicado personalmente en su defensa, subrayando que se trata de un paso clave hacia un auténtico mercado único de aquí a finales de la década.

Si finalmente se aprueba en los términos planteados, EU Inc. puede transformar de forma profunda la forma de emprender en Europa: crear una empresa en 48 horas, por 100 euros y sin capital mínimo dejaría de ser un eslogan para convertirse en una opción real para cualquier fundador, con una única puerta de entrada digital, normas corporativas comunes para los 27 y procedimientos simplificados tanto para crecer como para cerrar y volver a empezar, todo ello sin alterar los pilares fiscales y laborales que cada país mantiene en su propio territorio.


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