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Renta 2022: estas son las fechas y cifras de la campaña que está a punto de comenzar

Quedan escasos días. El próximo mes de abril dará comienzo la campaña de la Renta y Patrimonio referente al año 2022, por lo que debes estar muy atento a las fechas y plazos que se abren por la Agencia Tributaria para hacer frente a su declaración. A continuación te detallamos y explicamos cuales son las fechas claves, el modo de presentarla, así como algunos de sus datos más relevantes.

Este es el calendario establecido para la Renta 2022

La campaña de Renta 2022 que se presente en el 2023, pero que hace referencia al ejercicio fiscal del pasado año, dará el pistoletazo de salida el próximo día 11 de abril, y desde ese día se ponen a disposición de los ciudadanos una serie de fechas remarcadas en el calendario para facilitar su ejecución. La fecha límite para presentarla será el 30 de junio.

¿Cómo puedo presentar mi declaración de la Renta?

A partir de la fecha de inicio de la campaña, los contribuyentes podrán realizar su declaración de tres maneras diferentes en función de su capacidad o entendimiento. Te enseñamos cuales son las opciones:

§ Vía online. Una de las maneras en la que podremos presentar el borrador, y quizás la más cómoda para los más avanzados en las tecnologías es, haciendo uso de la propia página web de la Agencia Tributaria, en su portal de Renta Web. A través de este sistema podremos confirmar, o no, el borrador que se nos ofrece o modificar datos si fueran necesarios.

§ Vía telefónica. Si no nos manejamos lo suficiente con el internet o el proceso nos resulta demasiado complejo, podremos hacerla también por vía telefónica con cita previa, desde la cual un agente de la propia Agencia nos facilitará todo el proceso de una forma guiada.

§ Presencial. Esta es la tercera forma de realizar nuestra declaración pero también la que quizás conlleva más tiempo ya que requiere desplazamiento. De manera presencial y siempre con cita previa, podremos acudir a alguna de las oficinas que la Agencia Tributaria tiene repartida por toda la geografía española.

¿Cuáles son los plazos para presentarla?

Para que no se te pase por alto y lo planifiques con la suficiente antelación, te ofrecemos las fechas más destacadas que debes tener en cuenta para solicitar cita previa en el caso de la presentación telefónica o presencial:

§ El periodo de la Renta 2022 abarca desde el 11 de abril al 30 de junio, ambos inclusive.

§ La consulta y rectificación de datos fiscales estará disponible a partir del 15 de marzo.

§ Declaración de la Renta por Internet: desde el 11 de abril hasta el 30 de junio.

§ Declaración de la Renta por vía telefónica: desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio.

§ Declaración de la Renta de forma presencial: desde el 1 de junio hasta el 30 de junio.

§ La fecha límite para pedir cita previa es el 29 de junio.

§ La fecha límite para aquellos con resultado a ingresar con domiciliación bancaria es el 27 de junio.

¿Cuáles son los plazos para coger cita previa?

Ahora que sabes cuando tienes que presentarla en función del método escogido, debes tener en cuenta como te venimos recalcando, que en el caso de hacerla por la vía telefónica o de manera presencial, necesitarás tener cita previa que podrás solicitar en los números 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

§ Declaración de la Renta por vía telefónica. Podrás solicitar cita previa para ello desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio.

§ Declaración de la Renta presencial. La cita previa para acudir a una Agencia Tributaria será la establecida entre el 25 de mayo y el 29 de junio.

Las cifras a tener en cuenta para la Renta 2022

Como ocurre en todas las campañas, no todos los contribuyentes están llamados a presentar su declaración de la renta, y es que a aquellos que no perciban más de 14.000 € e independientemente del número de pagadores que tengan o 22.000 € con un solo pagador y el segundo no supere un importe a 1.500 €, estarán exentos. Si deberás tener en cuenta que para el ejercicio fiscal relativo a la Renta 2023, es decir aquel que se presenta en el año 2024, el límite de 14.000 € se ha incrementado a 15.000 €.

Del mismo modo, en este ejercicio ya se aplica el Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, por lo el que las personas con un patrimonio superior a los tres millones de euros deberán pagar un mayor porcentaje de impuestos.

Por otro lado, algunas de las deducciones a aplicar serán:

§ Deducción por maternidad. Este tipo de deducción era de hasta 1.200 € para todas las madres con niños menores de 3 años que estuvieran trabajando, ahora este año también tendrán derecho a esta deducción aquellas madres sin empleo pero que reciban alguna prestación.

§ Deducción por plan de pensiones. Los contribuyentes solo podrán deducir de la base imponible 1.500 € frente a los 2.500 € del pasado año. Quedan excluidos aquellos que su incremento provenga de contribuciones empresariales o un límite de 4.250 € si son aportaciones a planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores autónomos o de aportaciones a un plan de empleo del que sea promotor.

§ Deducciones por mejoras de eficiencia energética. Destinado a las familias que han hecho reformas y que no han sido abonadas en efectivo, para poder abaratar las facturas de electricidad y gas.

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Como cada año por estas fechas, toca lo que toca: hacer la Declaración de la Renta. Sí, esa obligación que a los ciudadanos nos provoca cierto malestar, pues nunca se sabe si te va a tocar pagar o vas a tener la suerte de ser bendecido con una devolución.

A partir del 6 de abril y hasta el 30 de junio, los españoles tenemos plazo para presentar este trámite, por lo que hay tiempo de sobra para hacerlo y prepararlo bien. Pero que haya plazo suficiente no debe relajarnos y dejarlo todo para última hora, porque luego pasa lo que pasa, que se hace con prisas y con errores.

Por ello, teniendo en cuenta que es el trámite tributario más importante del año, vamos a dar unas claves para optimizarlo y, si es posible, lograr una devolución que entre en regla con la ley fiscal.

Lo que tienes que hacer y lo que no

En primer lugar, dejemos claro que no todos los españoles están obligados a presentar la declaración de la renta. Además esto es novedad, porque Hacienda ha subido el umbral exento de tener que hacerla a 22.000 euros. Es decir, quienes hayan tenido unos ingresos en 2021 inferiores a 22.000 euros, no tendrán que presentarla si no quieren.

Si bien es bueno que hagan el borrador porque si les sale a devolver, les conviene hacerla.

Quienes tengan unas rentas superiores a esa cantidad, pues ya saben lo que hay, toca declarar. Y lo mejor que podemos hacer para no cometer errores que conlleven sanciones es ir con calma.

Muchas veces nos pueden las prisas y queremos enviar el borrador cuanto antes, sin mirarlo bien ni repasarlo todo, lo que puede hacer que 'caigamos en la trampa', lo enviemos incompleto y nos caiga una sanción.

Porque Hacienda no te da el borrador ya super completo y bien hecho para que tu solo lo confirmes. No. La Agencia Tributaria te pone lo básico y de ti depende que incluyas todas tus rentas y demás. Por lo tanto, no tengas prisa, tienes casi tres meses para hacerla, repasa todo bien y no olvides incluir nada.

Porque hay cosas que tienes que meter tu a mano, como son alquileres, ayudas públicas y las deducciones y reducciones fiscales a las que te puedas acoger. Por eso conviene dedicarle el tiempo suficiente. Porque quizá de eso dependa que nos salga a pagar o a devolver. De hecho, muchas deducciones son autonómicas, por lo que te conviene enterarte de cuáles hay en tu comunidad y si puedes beneficiarte.

La familia tributa

Otro punto importante: tu estructura familiar. Porque si eres padre o madre y recibes ayudas tienes que saber que estos ingresos están exentos. Además, este año ha aumentado la cuantía de deducción por maternidad 1.000 euros, hasta un máximo de 2.200 euros si se sufragan gastos de guardería o de educación infantil para menores de hasta 3 años.

Igualmente, hay deducciones para familias numerosas, por hijos que presenten algún tipo de discapacidad o para familias monoparentales con dos hijos. Y lo bueno es que este año han aumentado también.

Otra cuestión espinosa para los casados:** ¿hacemos la declaración conjunta o individual?** Pues hay que intentar que sea lo mejor para ambos. Es decir, probad ambas fórmulas antes de enviar el borrador y lo que mejor salga a cada cónyuge será lo que hay que hacer. Además, si uno vive en otro país de la UE, que le impida presentarla de forma conjunta, tiene deducción.

También está el tema de los planes de pensiones, cuya tributación cambió el año pasado, pues el límite bajó a 2.000 euros de aportaciones para planes individuales y subió a 8.000 euros adicionales por contribuciones empresariales. Por lo que para este año el limite anual de desgravación queda fijado en la menor de la siguientes cantidades:2.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

Y si eres autónomo...

Para finalizar, si eres autónomo que sepas que tienes cambios importantes. En primer lugar tendrás que hacer un mayor desglose de tus gastos y podrás deducirte los gastos en energía (importantísimo esto) si trabajas en casa. También las dietas pero con ciertos límites y con facturas.

Si empezaste tu actividad por cuenta propia en 2021, pueden deducirse un 20% de hasta 100.000 euros pero deben determinar su rendimiento neto con el método de estimación directa.

Por lo tanto, en estos casos, es mejor contar con un gestor porque se trata de un trámite más complejo que para los trabajadores por cuenta ajena.

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Este es el tramo de renta y el nivel de ahorro necesarios para lograr la independencia financiera en 20 años

¿Es posible lograr la independencia financiera en España con un salario normal en un periodo corto de tiempo? Digamos que es complicado. En cambio si estamos dispuestos a aceptar periodos de tiempo más largos, como de veinte años, ya estamos hablando de algo más factible.

Empecemos por el concepto de independencia financiera. La independencia financiera es un punto en el que los ingresos de nuestras rentas del capital son iguales a nuestros gastos, es decir podemos conseguir nuestro nivel de vida y mantenerlo sin necesidad de trabajar.

¿Cómo se alcanza? Pues principalmente influyen tres factores, el primero es nuestro nivel de gasto, cuanto mayor sea el nivel de gasto que tenemos, más dinero necesitaremos para poder “vivir de las rentas”, el segundo son nuestros ingresos, cuanto más altos sean, menos nos costará alcanzar la independencia financiera, el tercero es el tiempo que necesitamos para alcanzar ese punto.

Plazo de veinte años para la Independencia Financiera

¿Por qué un plazo de veinte años? Uno de los “gurús” de la independencia financiera es Pete Adeney, conocido por su blog Mr Money Moustache en el que con un estilo muy particular habla de la independencia financiera. En una de sus entrwadas se titulaba “Las sorprendente matemáticas detrás de la jubilación anticipada”. En este cuenta como con una rentabilidad de los ahorros del 5% por encima de la inflación y asumiendo la regla del 4% (en la que podríamos retirar un 4% de nuestras inversiones permanentemente sin perder poder adquisitivo), ¿cuánto tiempo necesitaríamos para alcanzar la independencia financiera? Pues depende del porcentaje de ahorros.

Si ahorramos el 10% de nuestro sueldo neto, tardaríamos 51 años, si ahorrásemos el 90%, menos de tres años. Pensemos en algo más intermedio que no suponga jubilarnos a los 75 habiendo empezado a los 24 y tampoco vivir debajo de un puente.. Si ahorrásemos el 25% del sueldo neto, alcanzaríamos ese punto en 32 años, si ahorrásemos el 75%, tardaríamos siete años. ¿Y si ahorramos un 50%? En ese caso ya estamos en 17 años. Supongamos 20, para redondear un poco y dejar margen de seguridad. Si empezáramos a los 25, a los 45 podríamos dejar de trabajar, si así queremos.

¿Quién se puede permitir en España ahorrar el 50% de su salario neto?

Porcentaje Poblacion Tramo Ingresos

Bien, supongamos que estamos hablando de ahorrar el 50% de nuestro salario neto ¿quién es capaz de vivir con la mitad? Obviamente en un país con salarios bastante bajos, poca gente. Pero sorprende que más personas de lo que de primeras pudiera parecer. Aproximadamente uno de cada cinco contribuyentes al IRPF en 2018 estaba en esta posición. En este año un 17,95% de los contribuyentes declaró unos ingresos brutos de entre 30.000 y 60.000 euros. En el segmento por encima, un total de 3.699.249 personas. En el segmento superior, de entre 60.000 y 150.000 euros brutos, estaban el 3,61% (743.265 contribuyentes) entre 150.000 y 601.000 ya estaban sólo el 0,49% de los contribuyentes, 100.561. Por encima de 601.000 sólo hay 11.367 contribuyentes, el 0,06%. A partir de estos tramos de renta (30.000 euros) es en los que se va a empezar a alcanzar la libertad financiera ahorrando e invirtiendo durante 20 años.

Personas Por Tramo De Renta

Desplazarse a la derecha de la campana de Gauss de la renta supone más dificultad. Un ejemplo sería una nave espacial, a medida que queremos que aumente su velocidad aumenta la energía necesaria para que alcance el límite teórico, la velocidad de la luz. Algo que sabemos desde que Albert Eintein desarrollara la teoría de la relatividad. Pero incluso en temas más prácticos como el Bugatti Veyron, en su momento era el vehículo más rápido de producción, superando los 400km/h. Fue necesario desarrollar unos neumáticos especiales porque los que había no aguantaban a esa velocidad, y aun así los que equipa duran veinte minutos a esa velocidad, lo cual no es un problema porque el depósito no aguanta más de quince minutos. Con los ingresos sucede algo parecido, a medida que aumentamos, se hace más y más difícil conseguirlos.

Personas y sueldo neto

Aumentan los ingresos y aumenta la dificultad de conseguirlos, se hace más y más difícil acceder a dichos ingresos. Hay muchísima más competencia y muchos más requerimientos. Tal vez sea necesario un master por el que estaremos varios años endeudados, y el pago no disminuye nuestros ingresos de cara a Hacienda, tal vez requiera unas habilidades físicas entrenadas de pequeño casi sobrehumanas, como es el caso de Rafa Nadal o Messi. Tal vez haga falta unas conexiones que hemos heredado de nuestros padres, como sucede con algunas profesionales de los medios de comunicación, o tal vez requiera una cantidad de trabajo brutal, como sucede llegando a la cumbre de ciertas firmas de servicios profesionales.

Sueldo bruto ysueldo neto

Algo que sucede en España es que el tramo del impuesto sobre la renta aumenta a medida que aumenta la renta, intentándose que el pago sea progresivo, de modo que la cantidad que iremos pagando aumentará conforme al aumento de la renta. Esto añade una dificultad a lo mencionado antes, por tanto a medida que aumentemos ingresos brutos, los netos dejan de aumentar en esa proporción.

Por tanto el tramos de ingresos en el que me parece más factible que alguien alcance la independencia financiera en España está entre 30.000 y 60.000 euros brutos anuales, donde en 2018 estaba aproximadamente el 18% de los contribuyentes, más de tres millones y medio.

¿Por qué este tramo? Porque los ingresos netos mensuales en doce pagas (para contribuyentes sin cargas familiares) suponen entre 1.929,8 y 3507,8 euros/mes según esta calculadora de IRPF. Si personas que ganan esto ahorraran el 50%, se quedarían con sueldo de entre 964,9 y 1.753,9 euros/mes. Puede parecernos poco, pero es que estamos hablando de que el tramo de renta entre 12.000 y 21.0000 euros brutos supone el 22,52% de los contribuyentes al IRPF (4.641.263 personas) y proporciona un salario entre 933,1 y 1425,4 euros/mes. Y el tramo de entre 21.000 y 30.000 euros brutos anuales, alberga al 16,46% de los contribuyentes (3.392.427 personas) y proporciona un salario de entre 1425,4 y 1929,8 euros/mes. Es decir, estaríamos viviendo aproximadamente como viven el 38,98% de los contribuyentes, 8.033.690 contribuyentes, en un país desarrollado como es el caso de España, no creo que implique un nivel de vida tan bajo.

¿Quieres la independencia financiera? Probablemente este sea el tramo de ingresos y nivel de ahorro y tiempo más factible en el que lo vayas a conseguir. Un salario bruto de entre 30.000 y 60.000 euros y ahorrar e invertir la mitad de los ingresos netos durante veinte años.

Pregunta a los lectores, ¿ahorrarían e invertirían el 50% de su salario neto con el objetivo de ser financieramente independientes durante veinte años?

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Renta Básica Universal e Ingreso Mínimo Vital, parecidos solo en el nombre

La paralización de gran parte de la actividad económica por causa del actual estado de alarma está provocando mermas notables en los ingresos de muchas familias y empresas. Ello ha llevado a nuestras autoridades a anunciar todo tipo de ayudas, las cuales deberán llegar tanto del Gobierno Central como de gobiernos autonómicos y entidades locales.

Así el Gobierno de España aprobó el pasado 31 de marzo 50 medidas de apoyo a “los trabajadores, las familias, los consumidores, los autónomos y los colectivos más vulnerables”. Estas medidas, en lo referente a las familias, consisten entre otras en moratorias para alquileres e hipotecas, ampliación del bono social eléctrico, subsidio temporal para empleadas del hogar, subsidio extraordinario para determinados contratos temporales o congelación de tarifas de determinados suministros.

Para las empresas, las ayudas van desde moratorias excepcionales para el pago de cotizaciones sociales y prestación extraordinaria por cese de actividades con alto grado de estacionalidad hasta supresión de los pagos por créditos concedidos por la Secretaría de Estado de turismo.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá ha anunciado la próxima implantación de un Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Sin embargo, la situación es tan grave que ni siquiera la avalancha de medidas impide que muchos sectores económicos sigan reclamando ayudas, unos por considerarse excluidos, otros por la incertidumbre en su percepción y otros por sentirse especialmente perjudicados por la crisis: es el caso de sectores como la restauración, artes escénicas, comercio no alimentario, cadenas de televisión, talleres mecánicos, marisqueo, fisioterapeutas y un largo etcétera. Lo mismo sucede con colectivos de consumidores como arrendatarios o usuarios de servicios financieros.
En medio de todas estas medidas surge la inevitable confusión entre los posibles beneficiarios en lo relacionado con requisitos, formalidades, plazos e incompatibilidades; por este motivo las solicitudes requieren no solo mucho tiempo y esfuerzo sino además, en muchas ocasiones asesoramiento profesional.

Así pues, como complemento a las 50 medidas, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá ha anunciado la próxima implantación de un Ingreso Mínimo Vital (IMV) para personas y colectivos considerados especialmente vulnerables; con ello se pretende completar las ya conocidas 50 medidas sociales.

Aunque los conceptos se parecen, Ingreso Mínimo Vital no es lo mismo que Renta Básica Universal (RBU): el primero es un complemento en forma de subsidio para aquellas personas que previamente justifiquen que no alcanzan determinado nivel de ingresos o que pertenecen a un determinado colectivo, mientras que el segundo consiste en una suma de dinero que todo residente de un país recibe regularmente del gobierno sin condiciones, independientemente de que perciba cualquier otro ingreso, de su situación económica o de con quién conviva. Así pues, para recibir el primero hay que justificar “a priori” y para el segundo “a posteriori”, es decir se cobra y si no se cumplen los requisitos, se devuelve todo o la parte que corresponda. Las diferencias son por tanto notables.

Quienes defienden la opción de la RBU argumentan la simplicidad de la medida y la facilidad para su puesta en marcha inmediata: parece lógico pensar que muchas de las ayudas mencionadas más arriba y otras que pudieran implantar serían sustituidas por la RBU, con el consiguiente ahorro en tiempo y costes. Técnicamente no parece una medida complicada: una vez realizadas las transferencias, en la próxima declaración de la renta se incorporaría el dato en los borradores y en función de los ingresos totales de este año, en 2021 habría que devolver en todo o en parte esa ayuda, o no devolver nada.

Viabilidad de la RBU

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Para implantar la RBU es necesario contar con recursos suficientes para su pago: partiendo de los cálculos de Toni Roldán con la referencia del profesor de Harvard Gregory Mankiw, el coste inmediato, si se transfiere a los 39,5 millones de personas en edad de trabajar que hay en España una renta de 1.000 euros durante 3 meses esto supondría el 9,5% del PIB; pero si ajustamos con las devoluciones, suponiendo que el 50% lo devuelven todo, el 25% nada y el otro 25% la mitad, el coste final quedaría en el 3,5% del PIB de 2019.

La RBU no solo es posible desde el punto de vista técnico sino que también es viable desde el punto de vista financiero

Sin embargo ese 9,5% del PIB en forma de crédito, menos de 120.000 millones de euros, podría ser menor si se excluye de las ayudas a quienes ya tienen garantizado por el Estado unos ingresos superiores a los 1.000 euros mensuales. Este sería el caso de los casi 2 millones empleados públicos con plaza fija y los más de 3 millones de beneficiarios de pensiones de jubilación superiores a 1.000 euros. Es decir, los perceptores de la RBU en España podrían quedarse en 34,5 millones de personas. El coste de la medida aún podría reducirse si la ayuda se transfiriese previa solicitud; muchos no la pedirían sabiendo que después tendrán que devolverla. Si, por simplificar, los que lo tienen que devolver todo, es decir la mitad no solicitan la RBU, el coste inmediato se reduciría a menos de 60.000 millones.

Con estos números su puesta en marcha sería factible si España contase para ello con 60.000 de los 540.000 millones de euros en forma de préstamos aprobados por la Unión Europea el pasado 9 de abril para apoyar a estados, empresas y trabajadores frente a la pandemia.

Por tanto la RBU no solo es posible desde el punto de vista técnico sino que también es viable desde el punto de vista financiero. La dificultad para su implantación dependería entonces de las condiciones impuestas por Bruselas para la aplicación de las ayudas.

Ventajas de la RBU

Las ventajas de esta medida alcanzarían en primer lugar a las familias, que dispondrían así de forma inmediata de los recursos mínimos para garantizar su subsistencia en los meses que se prevé dure la alarma; esto se conseguiría de un modo directo, inmediato y sin dejar a nadie fuera, como sin duda requiere la actual situación, pero también evitando duplicidades en la percepción de ayudas.

Al final del proceso tan solo recibirían la renta quienes realmente no alcancen un mínimo, el resto tendrían que devolverla

En segundo lugar, emprendedores y empresas serían receptores de una demanda, ahora escasa, que estaría basada en las necesidades de las familias, y por tanto sostenible en el tiempo. Es decir, se conseguiría reactivar la economía dotando de liquidez a los consumidores. La alternativa a la RBU para reactivar la economía son modelos de inversión pública como el plan E de Zapatero en los años posteriores a la crisis de 2007; este plan supuso un gasto total de 50.000 millones de euros y fue calificado por el profesor de IESE Xavier Vives como “insostenible e improductivo”.

La RBU presenta además la ventaja de su neutralidad desde el punto de vista de la actividad económica puesto que al llegar directamente a los consumidores son éstos quienes con sus decisiones indican a los productores sus necesidades y como atenderlas, al margen de preferencias de otra índole; ningún sector económico podría argumentar agravios en relación a otros.

Por último debemos mencionar la equidad de la medida desde el punto de vista de las familias: al final del proceso tan solo recibirían la renta quienes realmente no alcancen un mínimo, el resto tendrían que devolverla.

Dificultades para su implantación

Una medida de reactivación económica y de subsistencia para las familias que además es viable, transparente, equitativa y neutral desde el punto de vista de la economía ¿tendría dificultades para su puesta en marcha? Lamentablemente la respuesta es sí.

Implantar una RBU implicará numerosas resistencias

Las dificultades para su implantación pueden tener diversos orígenes debido a la previsible resistencia de muchas partes interesadas como entidades públicas de todo tipo, asociaciones sectoriales y asociaciones de ayuda a colectivos vulnerables.

La RBU, al llegar de modo uniforme para todos, es de gestión única y no necesita justificación previa, por ello muchas de las actuales ayudas ya existentes deberían desaparecer sustituidas por la RBU. Esto no parece que sería fácilmente aceptable por los responsables políticos que preferirán contar con un cierto grado de discrecionalidad que les permita rentabilizar electoralmente las ayudas, aunque ello suponga costes y esperas. Desde este punto de vista interesa que los perceptores sepan quién da las ayudas e interesa controlar directamente su gestión; en definitiva, es preferible que la ayuda se pida y se justifique antes que implantarla de modo universal.

Ayudas para alimentación, vivienda, suministros o tributos, incluso rentas mínimas como la ya existente en el País Vasco, podrían perfectamente ser sustituidas por la RBU pero ello afectaría a determinadas entidades públicas y privadas que las gestionan, y sin duda implicará numerosas resistencias.

Por último asociaciones sectoriales tendrían que renunciar, al menos en parte, a determinadas subvenciones públicas. Como partes interesadas es probable que también se muestren reticentes a ello. La buena noticia es que con una RBU se facilita también que los consumidores adquieran bienes y servicios con los que reactivar los diferentes sectores económicos.

Antonino Martín Palacios es Profesor asociado del departamento de Análisis Económico Aplicado de la Universidad de Alicante y Dr. en Marketing y Dirección Estratégica de Empresas. Su Twitter es @AntoninoMartinP

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