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Los reguladores están consiguiendo domar la gig economy de Uber y Glovo pero… tiene sus riesgos

La gig economy, o la economía de esos “bolos” que solían ser los trabajos temporales del mundo de la música, nació al calor de la economía digital, creció con la falta de una regulación específica, y… ahora debe asistir a su metamorfosis para reinventarse empresarialmente, y dar a luz a una nueva crisálida readaptada a las nuevas “condiciones ambientales”.

Y es que una vez que diversos estados se han lanzado con determinación a regularla, a la gig economy no le queda otro remedio más que cumplir con esa legislación de cuyos agujeros se venía aprovechando, y que ahora han tapado con pintura gruesa.

La gig economy nunca debió llegar a ser una economía laboralmente basada en recuelos legales

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Hay que empezar exponiendo cómo, a pesar de ser un error muy común, gig economy y economía colaborativa no son lo mismo. Como bien se expone en este post, economía colaborativa es aquella que se enfoca en la compartición vía las nuevas tecnologías de bienes infrautilizados, bien sea para monetizarlos, o incluso aunque esto último no se haga. Un ejemplo de ello sería Blablacar, un servicio en el cual alguien que quiera viajar en coche se apunta por un reducido precio a un viaje que algún conductor ya tiene planificado realizar con ese mismo trayecto, y para el que rellena plazas vacías a cambio de compartir gastos. Y luego está la gig economy, que sí que está merecidamente en el centro de la polémica laboral, y en la que una serie de empresas de nuevo cuño, y también con la tecnología más moderna por plataforma, articulan su base de trabajadores y los ingresos que producen en base a gigs (recuerden: “bolos”); es decir, en base a encargos muy concretos y acotados para los que se subcontrata al trabajador, habitualmente como autónomo. Uber, Cabify, Glovo o Deliveroo son sólo algunos de los mejores exponentes de esta nueva forma de actividad empresarial.

Tras los matices anteriores, ya en concreto sobre esa gig economy de la cual Uber&cía son el mayor estandarte, pues hay que decir que, independientemente de capas de barniz, del estético lacado, o de pinturas que recubren, si una cosa es cierta es que la gig economy no debería haber llegado hasta el callejón sin salida en el que ella sola se ha metido. Y es que estas empresas como Uber, Glovo y compañía han llegado al punto no retorno, al menos no sin su punto de doloroso, por el cual buena parte de su estructura y de su rentabilidad pivotan ya sobre un modelo de contratación que puede ser “alternativo”, pero que en el fondo ha acabado explotando lo obsoleto de la legislación laboral, al menos en lo que a la nueva economía se refiere.

Y es que estas empresas podían contar con miles de “colaboradores” que se encargaban de realizar la producción de la empresa, pero que ninguno de ellos pertenecía realmente a la plantilla. No era el caso de tipos de trabajos que justificasen tener que recurrir a formas laborales pensadas para otras casuísticas (y para otros tiempos), pues el hecho es que la propia estructura de las empresas de la gig economy estaba compuesta por una minoría de trabajadores en servicios centrales, y la práctica totalidad de los trabajadores que producen contratados como autónomos.

Este abuso de la figura legislativa y laboral del autónomo retorcía y explotaba la legislación país a país, y deformaba el concepto que la legislación laboral definió para otras necesidades y usos más acotados y menos masivos. Desde luego, innovadora o explotadora, lo innegable es que de alguna manera la gig economy “desnaturalizaba” la legislación laboral. Pero éste no es un carro al que desde estas líneas nos subamos ahora de forma oportunista al calor de los recientes movimientos legislativos en diversos países. De hecho, fuimos en este medio de los primeros en traerles un análisis de cómo esos abusos legislativo-laborales podían estar tocando a su fin, como de hecho finalmente ya ha acabado por ocurrir. Ahora bien, independientemente de que pueda ser merecido a ojos de algunos, ¿Ese punto y aparte de la gig economy es el que debería ser, o debería haber sobrevenido con otra forma corpórea, y sobre todo con otro espíritu de contrarreforma?

De California a España, el batacazo legal de las empresas de autónomos está acabado por llegar

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Hay que reconocer que España se ha lanzado hace tan sólo unos días a tratar de ser pionera en lo que a la regulación de la gig economy se refiere, y hemos visto cómo hemos sido uno de los primeros países en el mundo en poner coto a ciertas prácticas. Pero aquí hay que introducir dos matices muy importantes. El primero es que nuestros dirigentes cortoplacista y efectistamente se han limitado precisamente a “poner coto”, que no a regular verdaderamente. Y en segundo lugar, pioneros realmente sólo lo han sido por la noticia y por ser los primeros en darla anunciándola a bombo y platillo, pero la realidad es que apostaban sobre seguro.

En España han podido simplemente acelerar el paso para poder presumir de titular, pero haberlo hecho sólo ante la certeza de que otros ya iban por ese camino, y que estaban además muy cerca de llegar a la misma meta. Han podido ver la oportunidad de una medalla que ya venía deambulando por el mundo desde hace trimestres, y que les venía muy bien para su marketing nacional, y lo que hay que reconocerles sí que es que han sabido reaccionar rápido y ser los primeros en ponerse esa medalla que andaba circulando por el mundo sin nombre todavía. Por una vez, nuestros dirigentes han conseguido ser legislativamente ágiles, así que, si no lo conseguimos casi nunca en otros casos, pues debe de haber sido por una mera cuestión de prioridades (o de interés).

Porque lo cierto es que ese apostar sobre seguro no lo estamos diciendo por decir. La gig economy llevaba tiempo en el centro de la diana de legisladores de todo el mundo, y en especial de los países más desarrollados que eran sus mayores mercados, pero donde explotaban sin pudor sus legislaciones laborales más obsoletas. Y esto era así incluso en la meca del capitalismo que vio nacer a la mayoría de estas empresas gig. En los últimos trimestres había iniciativas legislativas para “acomodar” la economía gig en el tejido empresario-laboral por todo Estados Unidos, con acalorados debates dispersos por todo el país. En ciudades de referencia como la misma Nueva York llevan tiempo dándole vueltas al tema por diversos motivos, pero era California el estado punta de lanza que más claro lo tenía desde hace tiempo, y que más y más decididamente había venido avanzando en este sentido), a pesar de lo lento de su ritmo. Puede ser que sea precisamente en California donde dirigentes de terceros países hayan podido ver que la apuesta socioeconómica estadounidense para con la gig economy era una apuesta segura, puesto que hace unas semanas ya se podía tener claramente la certeza de lo que en California iba a ser una realidad en muy poco tiempo para estas empresas.

Como les decía, esta regulación de la gig economy estaba en marcha desde hace tiempo incluso en EEUU, pero era así incluso a pesar de que este nuevo sector había conseguido hacer un trasvase de ingresos masivo de economías dispersas por todos los países del mundo, como el sector del taxi u otros, hacia empresas y consejos de administración estadounidenses. Y eso es también una clara transferencia de poder económico, además de beneficios. Y a pesar de que obviamente EEUU era en este sentido un gran beneficiario de la gig economy, incluso allí ya estaban en la senda de ponerles coto en sus “estiramientos” de la legislación laboral, lo cual allí habrá supuesto una lucha mucho más encarnizada que aquí contra intereses creados y geoestrategias nacionales. Muy probablemente de ahí que en EEUU hayan tardado lo suyo en lograr “meter en vereda” a la gig economy, y de que nosotros hayamos podido adelantarles tan fácilmente (por la izquierda, me temo).

Por tanto, el movimiento legislativo español, más que una apuesta de futuro, ha sido una mera apuesta sobre seguro tras la estela de los pasos de otros, que ya venían dando desde hace tiempo, pero que han sido más lentos en lograr aprobar. A uno le hubiera gustado que las cosas hubiesen sido de otra manera, y que España hubiese sido líder de verdad, aportando innovación laboral por sí misma, y no meros “encorsetados” laborales a la estela de que otros ya estaban cosiendo, que de innovadores más bien tienen muy poco (por no decir nada). Simplemente porque se imaginen hasta qué punto la generalización de un nuevo paradigma gig estaba cantada, en Wall Street las empresas más emblemáticas de este tipo de nueva economía ya han empezado acusar la nuevo escenario, y éste se está ya descontando dándolo por (casi) supuesto.

Porque no cometan el error de pensar que esta evolución bursátil sería sólo uno de esos pánicos viscerales e infundados de los corrillos de inversores: la reacción está muy fundada, y de hecho hasta la propia Uber está provisionando reservas para hacer frente de alguna manera a nuevos costes relacionados con el tema. Y es que el “mordisco” a sus beneficios puede acabar siendo muy relevante, independientemente de que éste pueda ser distinto en cada país que les regule de una manera u otra. Pero sea como fuere, en cualquier país tener empleados como tales en plantilla es infinitamente más caro, mucho más que subcontratar trabajos al por mayor y simplemente pagar por un servicio: la bolsa también lo sabe y, como (casi) siempre, se limita a cotizar la nueva realidad de estas empresas.

Pero haber regulado más bien “por las bravas” también tiene sus riesgos

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Pero haber regulado más bien “por las bravas” también tiene sus riesgos, y uno de los principales es que el mercado tenga que “comerse con patatas” una regulación laboral que no le sirve, porque no se adapta a la nueva realidad que ha traído el surgimiento sector. Y eso es un riesgo, pero ya saben que hay una amenaza inherente a todo riesgo que es la que puede materializarse, y que en este caso no sería sino un descenso de actividad, una pérdida de pujanza económica, y un peor servicio a los ciudadanos. ¿Lograremos que todo esto sea compensado por los beneficios (y la justicia) de “meter en vereda” a la economía gig? Sólo el tiempo lo dirá, pero el hecho es que si hubiese sido hecho de otra forma, lo que ahora ya tendríamos sería la certeza de unos beneficios que pesarían más en la balanza, y que además serían tangibles desde casi el primer día de vigencia de la ley.

Otro de los riesgos ciertos viene precisamente por el supuesto afán de protagonismo del que podrían estar pecando nuestros políticos en España. Y es que ser los primeros en lanzarnos a regular algo tan disruptivo, por mucho que pueda ser una apuesta segura, también tiene los riesgos de poder equivocarnos al optar por ser nosotros los que inventemos el futuro por delante de otros con infinitamente más capacidad de tracción que España en solitario (no ha sido en este caso ni siquiera de la mano de Bruselas, al menos no en su forma final).

Que una superpotencia se lance a ser la primera en regular todo un nuevo sector de la nueva economía, si bien sigue teniendo sus riesgos, tiene una sensiblemente menor probabilidad de error, y parte de ello es porque puede que otros le sigan y que sea la generalización lo que no les ponga en clara desventaja competitiva, en especial cuando la mayor parte de estas empresas son estadounidenses, como les decía. Pero que un país como España, con sólo 47 millones de habitantes, se lance en solitario a legislar un sector de dimensión internacional, sin siquiera esperar a que haya un marco más definido al menos por parte de la justicia europea, pues no acaba de tener mucho sentido. En nuestro caso, lo riesgos son mayúsculos, y no parecen lograr compensar a los posibles beneficios socieoconómicos, a no ser que éstos hayan podido ser meramente políticos y a golpe de titular.

Porque otros de los riesgos no son ya de carácter socioeconómico, ni geoestratégico, ni tan siquiera empresarial. Otro de los riesgos más relevantes de este tipo de regulaciones alumbradas es que de dimensión casi hasta personal, lejos de solucionar el problema de la falta de una regulación específica adaptada a las necesidades y la casuística del sector, pueden agravarlo con la imposición de lo que ya podría ser una mala regulación. Y es que por ejemplo muchos de los propios autónomos se quejan agriamente de esta nueva legislación, y dicen que les perjudica gravemente porque les reduce ostensiblemente los ingresos que venían percibiendo hasta el momento por parte de las empresas de la gig economy. Si los propios supuestos beneficiarios son algunos de los que más se quejan del nuevo marco regulatorio, pues mal vamos. Va a ser que a este tema hacía falta darle alguna que otra vuelta más antes de lanzarse al ruedo.

No obstante, como en todo, también hay cosas evidentemente buenas en esta regulación “a la española” que se ha hecho de la gig economy en nuestro país. Desde que la nueva economía es economía, los lectores habituales de estas líneas ya saben como un servidor siempre ha abogado por que no se podía dejar que el mundo de la tecnología, por ser un mundo de evidente futuro, fuese dejado de la mano para que acabase imperando la ley de la jungla. Al final ha acabado siendo así, y donde hace ya unos cuántos años que les anticipamos en un análisis lo que estaba por venir con las grandes tecnológicas omnipotentes y sus intereses.

Ahora ya vemos como aquel debate que anticipamos, y en el que los dirigentes europeos han sido visionariamente pioneros a pesar de las graves acusaciones iniciales por parte de Trump que sólo ahondaron en que EEUU nos fuese a la zaga, ha acabado por llegar, y que incluso en EEUU ya están viendo cómo se pueden trocear gigantes como Google, Amazon u otros para proteger la libre competencia, la salud de los mercados, y a los propios consumidores. Y en todo esto, la valkiria europea danesa, Magrethe Vestager, merece una mención especial por méritos propios: ella es la mejor garante de ciertos derechos socioeconómicos de los consumidores y de los ciudadanos europeos, a pesar de las agrias críticas que se vertieron contra ella por lo que ha sido una de sus luchas más vocacional y convencidas.

Y es que ese punto bueno que les citaba de la legislación laboral gig alumbrada primero en España es que obliga a añadir transparencia al sector, y a restarle parte de esa opacidad y de esa concentración de poder en la que tan bien se mueven prácticamente todos los gigantes de la nueva economía. Porque en España se obliga a estas empresas a que compartan sus todopoderosos algoritmos de distribución de trabajo entre los riders. Éste es un punto clave, de justicia laboral, de igualdad de oportunidades, y de justa competencia, puesto que de ello dependen los ingresos de miles de trabajadores. Y lógicamente, en ello estaban de acuerdo gobierno, sindicatos y patronal, como no podía ser de otra forma ante la oscuridad en la que repartían su carga de trabajo las plataformas del sector.

También deben compartir la empresas gig con actividad en España cómo se gestiona el reparto de las primas entre sus trabajadores. Es de justicia que, independientemente de que haya reglas para que la empresa pueda maximizar sus beneficios y su producción, que éstas sean claras e iguales para todos los que producen para ella, puesto que esto supone todo un mercado dentro del mercado gig, y como tal le aplican las mismas reglas de igualdad de oportunidades, justa competencia, y transparencia donde sea necesario para que ese submercado funcione lo mejor posible para todas las partes (que no sólo para la empresa gig). Este último punto era una de las reivindicaciones más recurrentes de los propios riders, que no solían saber ni a qué atenerse con certeza, y a veces se sentían víctimas de la arbitrariedad.

El «feliz» cambio tenía que llegar sí o sí, pero… ¿Ha llegado en la forma correcta, o tal vez sólo en el momento “oportuno”?

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Porque, independientemente de la buena o mala implementación, lo que está meridianamente claro es que la economía gig no podía seguir campando a sus anchas, haciendo y deshaciendo a voluntad, y además produciendo un agravio comparativo para con otros sectores en los que las empresas hacen frente a la carga de tener trabajadores en plantilla y con otras cotizaciones sociales infinitamente más gravosas. ¡Cuántas otras empresas soñarían con conseguir una estructura laboral de este estilo, con pocos gastos fijos y sin vinculaciones contractuales laborales! ¿Por qué los demás no y las gig sí? La legislación laboral, como la fiscal, puede gustar más o menos, pero la realidad es que debe ser justa y tratar a todos por igual dentro de lo posible. Todos debemos ser iguales ante la ley, también las empresa, y si la ley no gusta, lo que hay que hacer pues es votar para cambiarla. Y es que las asimetrías (especialmente las más “rompedoras”) nunca producen un conjunto equilibrado ni armónico, ni en las artes plásticas, ni en las legislaciones, ni tampoco en la socioeconomía como conjunto.

Ahora bien, tampoco se puede negar la necesidad de evolución de la propia legislación, algo inevitable para adaptarse a un mundo siempre cambiante (también en lo laboral). Y es que lo verdaderamente malo de la situación a la que ha llegado ahora la gig economy es que nuestros dirigentes hayan desaprovechado la ocasión de oro que se nos ha presentado para modernizar el mercado laboral y adaptarlo a los nuevos tiempos. Eso sí que habría puesto a España a la cabeza mundial en cuanto a innovadora y disruptiva legislación, porque lo que hemos visto no ha sido sino simplemente forzar a que la gig economy se mida por la misma vara de medir legislativa que ya fuera diseñada para el mundo laboral de los años 70 del siglo XX. Involución frente a evolución, ésa ha sido la ecuación en la que ha acabando pesando más para nuestros dirigentes el primer operando de la marcha atrás del cangrejo, frente a la posibilidad del salto hacia delante de la rana.

Pero hemos acabado teniendo lo que hemos tenido, y desde aquí simplemente hay que acabar advirtiendo que hay que tener en cuenta que la pintura gruesa bien puede tapar las grietas de la pared, pero lo hace sólo durante un tiempo: el tiempo justo que la pintura tarda en secarse, las inclemencias del tiempo hacen que se vaya pelando, y que de nuevo acaben aflorando todavía con peor aspecto las mismas grietas que se trataban de tapar. Una pared con grietas no hay que simplemente limitarse a parchearla, ni tampoco prohibir por decreto las inclemencias del tiempo pretendiendo ilusamente que así que ninguna pared llegue a agrietarse.

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Lo que hay que hacer en estos casos es repararlas de forma profesional y competente para que puedan durar otras tantas décadas del paso del tiempo. Y que además lo hagan cumpliendo su función: ser muros de carga que den estructura y sustenten todo el edificio socioeconómico. De todas maneras, tampoco sé a qué viene tanto revuelo, si en un poco más de tiempo serán drones sin derechos laborales los que nos traigan nuestro pedido hasta la puerta de casa, o coches autónomos los que nos lleven a la otra punta de la ciudad. Ésta es sin duda una polémica y una legislación de mucho titular, pero de muy poco recorrido.

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