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Concurso de acreedores: las empresas deudoras crecen el 1,7 %

El concurso de acreedores han tenido un repunte en la primera mitad de este año después de que en los últimos cinco ejercicios se produjese una sensible bajada en el proceso concursal. Como consecuencia del empeoramiento en algunos de los datos macro económicos de la economía española. Aunque la buena noticia procede del hecho de que esta clase de procesos judiciales se están resolviendo con éxito para los intereses de las empresas. A pesar de que los número parecen indicar de que se está produciendo un cambio de tendencia.

En este contexto general, el número de deudores concursados alcanza la cifra de 1.648 en el primer trimestre de 2019, lo que supone un aumento del 1,7 % respecto al mismo periodo del año anterior, según los últimos datos recogidos en el Instituto Nacional de Estadística (INE) a través de la Estadística del Procedimiento Concursal (EPC) del primer trimestre de este año. Por tipo de concurso, 1.558 son voluntarios (un 2,1 % más que en el primer trimestre de 2018) y 90 necesarios (un 5,3 % menos). Atendiendo a la clase de procedimiento, los ordinarios disminuyen un 33,0 %, mientras que los abreviados aumentan un 6,2 %.

De los 1.648 deudores concursados en el primer trimestre, 1.147 son empresas (personas físicas con actividad empresarial y personas jurídicas) y 501 personas físicas sin actividad empresarial, lo que supone el 69,6 % y el 30,4 %, respectivamente, del total de deudores. El número de empresas concursadas aumenta un 4,0 % en el primer trimestre de 2019 respecto al mismo periodo del año pasado. Según la forma jurídica, el 81,0 % de las empresas concursadas son Sociedades de Responsabilidad Limitada. El 32,9 % de las empresas concursadas se encuentra en el tramo más bajo de volumen de negocio (hasta 250.000 euros) y son, principalmente, Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Las empresas deudoras con menos asalariados

El 26,1 % de las empresas concursadas tienen como actividad económica principal el comercio y el 14,1 % el resto de servicios, según apuntas los datos oficiales realizados por el INE. En cuanto al número de asalariados, el 53,2 % del total de empresas concursadas tiene menos de seis. Y, entre éstas, el 29,2 % no tiene asalariados. El 22,2 % del total de empresas concursadas en el primer trimestre tiene una antigüedad de 20 o más años. Por su parte, el 22,8 % tiene cuatro o menos años de antigüedad. El 28,4 % de las empresas concursadas con cuatro o menos años de antigüedad figuran en el sector del comercio. Por su parte, el 55,3 % de las concursadas con 20 o más años de antigüedad se dedican al comercio y a la industria y energía, según indica el informe oficial.

Cataluña y Comunidad de Madrid concentran el 47,1 % del total de deudores concursados en el primer trimestre de 2019. Mientras que por el contrario, Extremadura presenta la mayor bajada anual en el primer trimestre (–42,1 %) e Illes Balears el mayor aumento (92,6 %), según los últimos datos recogidos en el Instituto Nacional de Estadística (INE). Otro de los datos más relevantes que se ponen de manifiesto en este informe oficial reside en el hecho de que en 2019 la tasa trimestral es del 10,7 %, es la más alta del periodo considerado.

Empresas de la bolsa afectadas

Otro de los datos apunta a que según el Registro de Auditores Judiciales y Forenses (RAJ) del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, el 90 % de los concursos de acreedores en España acaba en liquidación. Mientras que por el contrario, cerca de un 70 % concluye porque no hay suficientes activos en las empresas que se puedan liquidar. Con la finalidad de afrontar los pagos a los acreedores. En un proceso que puede llegar a ser muy complejo y que requiere de la contratación de profesional que sepan canalizar las actuaciones para llevar a buen término las derivaciones de este proceso judicial regulado.

En cualquier caso, es conveniente se conozca que debe hacerse en estos casos debido a que cualquier error puede costar muy caro a las empresas que están afectadas por el concurso de acreedores. En donde no puede olvidarse que ha pasado por esta situación algunas empresas que han cotizado o siguen cotizando en los principales índices de la renta variable española. Uno de los casos más conocidos ha sido la de Sniace que dejó de cotizar hace ya muchos años para luego retomar su camino en los mercados financieros. Para que en estos momentos esté cotizando por debajo de 0,20 euros la acción y en donde los pequeños y medianos inversores se han dejado muchos euros por el camino.

¿Cómo se desarrolla el proceso concursal?

Uno de los primeros pasos que se tienen que dar es la presentación de un auto de declaración y que se formaliza ante el Juzgado de lo Mercantil de la provincia donde el deudor tenga la sede social del negocio. Este es uno de los motivos principales por lo que los afectados deben  contar con la presencia de un abogado y procurador. Debido a que se puede canalizar el proceso concursal en uno u otro sentido y del que depende lo que pueda pasar a la empresa. Por una parte, que se inicie el concurso para presentar un convenio. ¿Esto qué quiere decir? Pues que la empresa sigue en actividad, como lo hacía hasta estos momentos. Hasta el punto de que mantiene sus órganos de dirección o gestión.

Mientras que por otra parte, se puede abrir el concurso, pero en este caso para liquidar la empresa. En cuyo caso, cesarían sus actividades. En donde la figura del administrador concursal se encargaría de liquidar el negocio con la finalidad de abonar las deudas a los acreedores. Al igual que los órganos de administración social serían sustituidos por el administrador. Es decir, unas diferencias muy importante el hecho de optar por uno u otro modelo en la gestión del concurso procesal. Y que es el que determinará el éxito de esta operación a través de esta figura jurídica.

Uno de los primeros pasos que se tienen que dar es la presentación de un auto de declaración y que se formaliza ante el Juzgado de lo Mercantil de la provincia donde el deudor tenga la sede social del negocio. Este es uno de los motivos principales por lo que los afectados deben  contar con la presencia de un abogado y procurador.


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